7/07/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 294-2017-MEM/DM Años/Meses Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio

Años/Meses Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Setiembre Octubre Noviembre Diciembre 1976 -- 211,659,970.21 208,666,278.24 204,453,119.17 204,340,596.81 202,134,215.27 199,295,149.98 170,824,414.27 159,191,166.67 156,661,124.22 152,427,039.78 150,045,206.87 1977 149,101,210.52 142,346,401.69 137,871,097.07 133,014,162.08 131,880,250.20 129,903,853.66 122,766,515.29 118,508,415.07 115,056,357.11 112,289,993.77 110,507,524.50 107,859,067.81 1978 104,065,080.88 95,426,052.11 89,939,892.06 87,395,888.05 84,424,951.17 74,805,949.85
Años/Meses Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Setiembre Octubre Noviembre Diciembre 1976 -- 211,659,970.21 208,666,278.24 204,453,119.17 204,340,596.81 202,134,215.27 199,295,149.98 170,824,414.27 159,191,166.67 156,661,124.22 152,427,039.78 150,045,206.87 1977 149,101,210.52 142,346,401.69 137,871,097.07 133,014,162.08 131,880,250.20 129,903,853.66 122,766,515.29 118,508,415.07 115,056,357.11 112,289,993.77 110,507,524.50 107,859,067.81 1978 104,065,080.88 95,426,052.11 89,939,892.06 87,395,888.05 84,424,951.17 74,805,949.85 68,980,374.25 66,055,483.66 63,754,827.61 60,818,509.55 57,650,255.85 54,451,534.67 1979 53,180,262.27 50,565,670.66 48,446,625.63 46,298,968.88 44,797,224.69 43,416,054.77 42,326,363.93 39,835,509.30 38,101,545.91 36,576,983.60 35,563,308.16 34,086,990.64 1980 33,044,888.92 31,816,861.43 30,670,923.50 29,746,577.47 28,969,819.58 28,125,306.94 27,432,625.10 26,857,164.05 25,648,147.95 24,431,053.54 23,248,050.45 22,412,132.90 1981 21,594,815.69 19,618,511.22 18,532,529.05 17,846,326.04 17,143,833.73 16,353,367.88 16,004,548.98 15,621,291.84 14,957,473.20 14,610,307.11 13,944,697.39 13,425,102.22 1982 13,001,833.71 12,579,243.83 12,152,952.08 11,639,208.28 11,297,906.41 10,840,334.14 10,414,048.51 10,009,530.85 9,627,726.77 9,270,274.76 8,707,444.02 8,402,373.12 1983 7,916,226.69 7,339,981.83 6,851,828.16 6,413,920.02 5,879,272.93 5,491,759.32 5,076,455.30 4,637,540.02 4,232,234.33 3,898,550.09 3,675,385.83 3,533,535.81 1984 3,346,962.02 3,142,557.34 2,929,677.86 2,755,426.74 2,592,076.41 2,430,463.13 2,234,115.22 2,067,162.60 1,938,227.52 1,859,279.02 1,772,937.82 1,670,376.64 1985 1,552,235.06 1,361,933.35 1,240,847.71 1,112,120.13 1,020,067.90 892,686.03 798,157.98 715,512.11 640,815.63 624,131.12 613,706.76 597,705.30 1986 582,730.85 568,499.11 544,589.36 528,607.63 520,155.80 510,472.57 500,234.13 481,783.82 475,886.07 461,777.47 441,028.28 433,436.37 1987 424,481.95 408,566.89 392,132.98 378,732.11 360,833.46 345,896.72 338,202.39 323,450.15 310,625.14 297,314.56 283,224.78 263,124.81 1988 246,235.04 225,149.13 199,805.55 162,085.67 135,662.47 128,363.97 123,462.73 101,498.23 82,298.44 29,349.95 22,905.45 18,952.15
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 294-2017-MEM/DM
Lima, 6 de julio de 2017
VISTO: El Informe Nº 006-2017-MEM-VMM, del 4 de julio de 2017, del Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:

Que, mediante correo electrónico del 13 de abril de 2017, la señora Jelizaveta Matvejeva, Conference Producer del Mining Indaba, invita al Ministerio de Energía y Minas a participar en el evento denominado "2017
Investing in Latin American Mining Cumbre", a realizarse del 11 al 12 de julio de 2017, en la ciudad de Santiago, República de Chile;

Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe del Visto, el citado evento tiene por objeto conectar a la minería latinoamericana con la comunidad inversora del mundo y promover el desarrollo del sector minero en la región, contando con la participación de inversionistas internacionales, representantes de gobiernos y compañías mineras con inversiones en la región;

Que, el referido Informe también indica que como parte del programa del mencionado evento se va a instalar un Panel sobre Perú, el cual tiene como fin coadyuvar en la promoción de la inversión de la región y responder las dudas de los principales inversionistas del sector; y, en el cual se van a discutir temas referidos al aseguramiento de mecanismos de soluciones seguras y fl exibles de financiamiento para mineros medianos, a fin de permitir proyectos mineros que puedan generar beneficios a sus propietarios, inversionistas y comunidades locales, así como al incremento de la confianza en la minería para asegurar el apoyo continuo del Estado en los procesos de inversión para garantizar que el desarrollo sostenible sea una prioridad; y, a la visión general de los avances recientes en la legislación minera y tributaria del Perú;

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 y en los literales e) y g) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, el Ministerio de Energía y Minas tiene por finalidad promover el desarrollo integral y sostenible de las actividades minero-energéticas; y, el Viceministro de Minas tiene entre sus funciones y atribuciones fomentar la competitividad en el desarrollo de las actividades del sector minería, así como promover la inversión privada en dicho sector;

Que, de acuerdo al Informe del Visto, resulta de interés nacional e institucional la participación del señor Ricardo Labó Fossa, Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas en el citado evento, teniendo en cuenta que dicho evento constituye una oportunidad para intercambiar conocimientos con otros gobiernos;

Que, resulta necesario autorizar el viaje del señor Ricardo Labó Fossa, Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 10 al 12 de julio de 2017, a fin que participe en el referido evento;

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos son cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal Nº 016: Ministerio de Energía y Minas - Unidad Ejecutora 001;

Que, por convenir al servicio y con la finalidad de no interrumpir la gestión administrativa del Ministerio de Energía y Minas, es necesario encargar las funciones del Viceministerio de Minas del Ministerio de Energía y Minas;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; y, en la Resolución Secretarial Nº 012-2016-MEM/SEG, que aprueba la Directiva Nº 004-2016-MEM/SEG;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior del señor Ricardo Labó Fossa, Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 10 al 12 de julio de 2017, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución son cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal Nº 016: Ministerio de Energía y Minas - Unidad Ejecutora 001, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes aéreos (incluido FEE) : US $ 1,779.22
Viáticos (US$ 370.00 por 3 días) : US $ 1,110.00
Total : US $ 2,889.22
Artículo 3.- Encargar al Viceministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas las funciones del Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas, a partir del 10 de julio de 2017 y en tanto dure la ausencia del titular.

Artículo 4.- Disponer que el funcionario cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 5.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GONZALO TAMAYO FLORES
Ministro de Energía y Minas

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.