8/31/2017

DECRETO SUPREMO N° 006-2017 DE Aprueban los Cuadros de Efectivos de Personal Militar Año Fiscal 2018

Aprueban los Cuadros de Efectivos de Personal Militar Año Fiscal 2018 DECRETO SUPREMO Nº 006-2017 DE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 172 establece que el número de efectivos de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, se fija anualmente por el Poder Ejecutivo; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, establece que el Ministerio de Defensa ejerce la rectoría
Aprueban los Cuadros de Efectivos de Personal Militar Año Fiscal 2018
DECRETO SUPREMO Nº 006-2017 DE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 172 establece que el número de efectivos de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, se fija anualmente por el Poder Ejecutivo;

Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, establece que el Ministerio de Defensa ejerce la rectoría del Sector Defensa en todo el territorio nacional y realiza sus funciones coordinando con los respectivos niveles de gobierno;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 574-2016
DE/SG del 27 de mayo del 2016, se aprobaron los Planes Estratégicos Institucionales en el Área de Personal de las Instituciones Armadas para el periodo 2017-2021, que contienen los efectivos de personal militar propuestos técnicamente por el Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea del Perú;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 599-2017 DE/ SG del 11 de mayo del 2017, se aprobó la rectificación del Plan Estratégico Institucional en el Área de Personal del Ejército del Perú, para ser aplicado hasta el año 2021, la cual se sustentó técnicamente en base a los efectivos de personal militar propuestos por el Ejército;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1155-2017 DE/ SG del 21 de agosto del 2017, se aprobó la modificación del Plan Estratégico Institucional en el Área de Personal de la Marina de Guerra del Perú, para ser aplicado hasta el año 2021, la cual se sustentó técnicamente en base a los efectivos de personal militar propuestos por la Marina de Guerra;

Que, con Oficio Nº 085 A-1.a/02.00 del 20 de enero del 2017 del Ejército del Perú, las Cartas G.500 -0488 del 31 de enero del 2017 y G.500-3064 del 21 junio del 2017 de la Marina de Guerra del Perú y el Oficio S-35-SGFA-DGPE Nº 0077 del 03 de febrero del 2017 de la Fuerza Aérea del Perú, las Instituciones Armadas han cumplido con formular los respectivos Cuadros de Efectivos de personal militar para el Año Fiscal 2018, con las cantidades y especificaciones correspondientes, habiendo para tal efecto tomado como referencia los Planes Estratégicos Institucionales; por lo que, resulta necesario aprobar los mencionados Cuadros;

Que el numeral 3 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde al Presidente de la República dictar, entre otros dispositivos, Decretos Supremos, los cuales son normas de carácter general que reglamentan normas con rango de ley o regulan la actividad sectorial funcional o multisectorial funcional a nivel nacional;

De conformidad con el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el Decreto Legislativo Nº 1134 - "Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa", y el Reglamento de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2016-DE;

DECRETA:

Artículo 1.- Aprobación de los Cuadros de Efectivos de Personal Militar Año Fiscal 2018.

Aprobar los Cuadros de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2018, cuyas cantidades y especificaciones se detallan en el Anexo "A" - Cuadro Resumen de Efectivos de las Fuerzas Armadas para el Año Fiscal 2018, en el Anexo "B" - Cuadro de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2018 del Ejército del Perú, en el Anexo "C" - Cuadro de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2018 de la Marina de Guerra del Perú y en el Anexo "D" - Cuadro de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2018 de la Fuerza Aérea del Perú, los mismos que forman parte del presente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Clasificación de los Anexos El Anexo "A" - Cuadro Resumen de Efectivos de las Fuerzas Armadas para el Año Fiscal 2018, el Anexo "B" - Cuadro de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2018 del Ejército del Perú, el Anexo "C" - Cuadro de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2018 de la Marina de Guerra del Perú y el Anexo "D" - Cuadro de
Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2018 de la Fuerza Aérea del Perú, tienen la clasificación de "Secreto", por comprender información directamente relacionada con la Seguridad Nacional, por lo que de conformidad con el literal g) del numeral 1 y literal d) del numeral 2 del artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM del 22 de abril del 2003, no son objeto de publicación ni acceso público.

Artículo 3.- Financiamiento Los gastos que irrogue la aplicación del presente Decreto Supremo, serán asumidos con cargo al presupuesto de las Unidades Ejecutoras Nº 003: Ejército del Perú, Nº 004
Marina de Guerra del Perú y Nº 005: Fuerza Aérea del Perú, del pliego Nº 026 Ministerio de Defensa, para el Año Fiscal 2018
Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el señor Ministro de Defensa.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de agosto del año dos mil diecisiete.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
JORGE NIETO MONTESINOS
Ministro de Defensa

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