8/26/2017

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 168-2017-SUNAFIL Aprueban reordenamiento de cargos del Cuadro

Aprueban reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional, de la SUNAFIL RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 168-2017-SUNAFIL Lima, 25 de agosto de 2017 VISTOS: El Informe Nº 304-2017-SUNAFIL/SG-OGPP, de fecha 23 de agosto de 2017, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 472-2017-SUNAFIL/OGA-ORH, de fecha 22 de agosto de 2017, de la Oficina de Recursos Humanos, el Informe Nº 171-2017-SUNAFIL/INII, de fecha 18 de agosto de 2017,
Aprueban reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional, de la SUNAFIL
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 168-2017-SUNAFIL
Lima, 25 de agosto de 2017
VISTOS:

El Informe Nº 304-2017-SUNAFIL/SG-OGPP, de fecha 23 de agosto de 2017, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 472-2017-SUNAFIL/OGA-ORH, de fecha 22 de agosto de 2017, de la Oficina de Recursos Humanos, el Informe Nº 171-2017-SUNAFIL/INII, de fecha 18 de agosto de 2017, de la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva, y demás antecedentes, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 29981, se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asistencia técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, el mismo que contiene la estructura orgánica y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas de la entidad;

Que, el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, establece que el Superintendente es la máxima autoridad ejecutiva de la SUNAFIL y titular del Pliego Presupuestal;

Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, se aprueba la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE", modificada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE (en adelante la Directiva);

Que, el acápite 1.3 del numeral 1 del Anexo 4 de la mencionada Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, establece que las entidades que cuenten con un Cuadro para Asignación de Personal (CAP) vigente pueden elaborar una propuesta de CAP Provisional en el que se considere un ajuste hasta por un máximo del 5% del total de cargos aprobados por la entidad para el inicio del año fiscal. En caso la entidad cuente con un CAP Provisional, podrá ajustar el documento también hasta por un máximo del 5% del total de cargos allí contenidos, pero en ese caso se deben seguir los lineamientos establecidos en el numeral 5 del Anexo. En ningún caso las acciones señaladas habilitan a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto;

Que, el numeral 5 del Anexo 4 de la acotada Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, señala que el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: "nº de orden", "cargo estructural", "código", "clasificación", "situación del cargo" y "cargo de confianza", y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad, incluyendo el supuesto señalado en el numeral 1.3 del citado Anexo;

Que, asimismo, el segundo párrafo del numeral 5 del Anexo 4 de la citada Directiva Nº 002-2015-SERVIR/ GDSRH, establece que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional. El reordenamiento de cargos podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la oficina de recursos humanos o la que haga sus veces, con el visto bueno de la oficina de racionalización, o quien haga sus veces;

Que, mediante el Informe Nº 472-2017-SUNAFIL/ OGA-ORH, de fecha 22 de agosto de 2017, la Oficina de Recursos Humanos señala que en atención al Informe Nº 171-2017-SUNAFIL/INII, de fecha 18 de agosto de 2017, de la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva, así como estando a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 211-2017-EF, que autoriza la transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, entre otras entidades, a favor de la SUNAFIL, resulta necesario el reordenamiento de cargos o puestos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la SUNAFIL, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 120-2017-TR, pues se evidencia que la cantidad de personal inspectivo, distribuido en las sedes descentralizadas de la SUNAFIL
a nivel nacional, no se ajusta a la necesidad para el óptimo funcionamiento del Sistema Inspectivo, por lo que resulta necesario efectuar una nueva distribución de cargos a ser asignada a cada región;

Que, a través del Informe Nº 304-2017-SUNAFIL/ SG-OGPP, de fecha 23 de agosto de 2017, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que el reordenamiento de cargos propuesto por la Oficina de Recursos Humanos cumple con los lineamientos contenidos la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH
"Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE;
asimismo, que dicha acción de personal cuenta con el presupuesto necesario, lo que permitirá tener un número adecuado de personal inspectivo para las funciones de fiscalización laboral, dotando de la capacidad operativa acorde con la complejidad y magnitud de la función inspectiva; por lo que, corresponde emitir la presente resolución aprobando el reordenamiento de cargos propuesto;

Con el visado del Secretario General, de la Jefa de la Oficina General de Administración, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en Ley Nº 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-TR
y modificado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR, la Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE", modificada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva
Nº 057-2016-SERVIR-PE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional -
CAP Provisional, de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración adopte las acciones de personal necesarias a fin de implementar lo dispuesto por la presente resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como la publicación de la resolución y su Anexo en el Portal de Transparencia de la SUNAFIL (www.sunafil.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese
SYLVIA ELIZABETH CÁCERES PIZARRO
Superintendente Nacional de Fiscalización Laboral

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