8/09/2017

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 069-2017-PERU COMPRAS Aprueban Directiva "Lineamientos para la

Aprueban Directiva "Lineamientos para la Incorporación de Fichas - Producto para los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco" RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 069-2017-PERU COMPRAS Lima, 8 de agosto de 2017 VISTOS: El Informe Nº 124-2017-PERU COMPRAS/DAM de la Dirección de Acuerdos Marco, el Informe Nº 132-2017-PERU COMPRAS/SG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 178-2017-PERU COMPRAS/SG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS;
Aprueban Directiva "Lineamientos para la Incorporación de Fichas - Producto para los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco"
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 069-2017-PERU COMPRAS
Lima, 8 de agosto de 2017
VISTOS:

El Informe Nº 124-2017-PERU COMPRAS/DAM de la Dirección de Acuerdos Marco, el Informe Nº 132-2017-PERU COMPRAS/SG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 178-2017-PERU
COMPRAS/SG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1018 se crea el Organismo Público Ejecutor denominado Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; y tiene como funciones, entre otras, la de realizar las Compras Corporativas obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente, realizar las Compras Corporativas facultativas que le encarguen otras Entidades del Estado, realizar las adquisiciones que le encarguen otras Entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente, promover y conducir los procesos de selección para la generación de Convenios Marco para la adquisición de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes, y promover la Subasta Inversa;

Que, el artículo 31 de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1341, en adelante la "Ley", establece que las Entidades contratan, sin realizar procedimiento de selección, los bienes y servicios que se incorporen en los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco como producto de la formalización de Acuerdos Marco;

Que, en el mismo sentido, el artículo 81 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, modificado mediante el Decreto Supremo Nº 056-2017-EF, en adelante el "Reglamento", establece que la contratación a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco se realiza sin mediar procedimiento de selección siempre y cuando los bienes y/o servicios formen parte de dichos catálogos;

Que, el numeral 83.1 del artículo 83 del Reglamento establece que la implementación o extensión de la vigencia de los Catálogos Electrónicos se encuentra a cargo de PERU COMPRAS; precisándose en el numeral 83.2 del mismo artículo, que PERU COMPRAS aprueba los lineamientos complementarios para la implementación o extensión de la vigencia de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco;

Que, el sub numeral 8.2.2.2 de la Directiva Nº 013-2016-PERU COMPRAS, denominada "Directiva de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco", aprobada por la Resolución Jefatural Nº 096-2016-PERU
COMPRAS, señala respecto de las "Reglas del método especial de contratación a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco", que es el documento que contendrá las reglas especiales del procedimiento asociadas a las contrataciones a ser realizadas a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco;
asimismo, señala que dicho documento podrá incluir aspectos que propicien la optimización de la operación general de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco, tales como mecanismos de incorporación de nuevos productos, mejoras de las ofertas, así como cualquier otro mecanismo que permita la optimización de la herramienta;

Que, mediante el Informe Nº 124-2017-PERU
COMPRAS/DAM, la Dirección de Acuerdos Marco sustenta y propone el proyecto de Directiva denominada "Lineamientos para la incorporación de Fichas-Producto para los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco", con el objeto de establecer los lineamientos para la incorporación de Fichas-Producto, en los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco, implementados y gestionados por PERU COMPRAS, a solicitud de los fabricantes, dueños de marca, representantes exclusivos de marca o distribuidores autorizados;

Que, por medio del Informe Nº 132-2017-PERU
COMPRAS/SG-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable para la aprobación de la Directiva propuesta por la Dirección de Acuerdos Marco; precisando que la misma ha sido formulada considerando los aspectos establecidos en la Directiva Nº 002-2016-PERU COMPRAS, denominada "Normas para la formulación, modificación y aprobación de las directivas que se emitan en la Central de Compras Públicas - PERU
COMPRAS", aprobada por la Resolución de Secretaría General Nº 003-2016-PERU COMPRAS/SG, modificada por la Resolución de Secretaría General Nº 009-2016-PERU COMPRAS/SG, así como en la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobada por el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM;

Que, a través del Informe Nº 178-2017-PERU
COMPRAS/SG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que la Directiva denominada "Lineamientos para la incorporación de Fichas-Producto en los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco", propuesta para su aprobación, se encuentra conforme al marco legal vigente;

Que, la Central de Compras Públicas - PERU
COMPRAS, tiene como función la de emitir directivas y lineamientos dentro de su ámbito de competencia, conforme a lo establecido en el literal k) del artículo 4 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 364-2015-EF;

Que, en atención a las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar el proyecto de Directiva denominada "Lineamientos para la Incorporación de Fichas-Producto para los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco", con la finalidad de dinamizar la incorporación de las Fichas-Producto en los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco implementados y gestionados por PERU COMPRAS, y que se encuentren en operación, así como garantizar la sostenibilidad de los mismos, con la incorporación de productos acordes con los principios de libertad de concurrencia y vigencia tecnológica, en el marco de un mecanismo eficaz, eficiente, transparente, transversal y de trato justo e igualitario;

Con el visto bueno de la Secretaría General, la Dirección de Acuerdos Marco, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1018; la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1341, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2017-EF; la Directiva Nº 013-2016-PERU COMPRAS, aprobada por la Resolución Jefatural Nº 096-2016-PERU
COMPRAS; la Directiva Nº 002-2016-PERU COMPRAS, aprobada por la Resolución de Secretaría General Nº 003-2016-PERU COMPRAS/SG, modificada por la Resolución de Secretaría General Nº 009-2016-PERU COMPRAS/ SG; y en el uso de la facultad conferida en el artículo 7 y el literal d) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERU
COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo Nº 364-2015-EF;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 018-2017-PERU COMPRAS, denominada "Lineamientos para la Incorporación de Fichas-Producto para los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco", conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- La Directiva Nº 018-2017-PERU COMPRAS, denominada "Lineamientos para la Incorporación de Fichas-Producto para los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco", entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información realice la publicación de la Directiva Nº 018-2017-PERU COMPRAS y la presente Resolución en el Portal Institucional (www.perucompras. gob.pe) y en la intranet institucional, en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles desde su aprobación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE
Jefa (e) de la Central de Compras Públicas - PERU
COMPRAS

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