9/30/2017

DECRETO SUPREMO N° 283-2017-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de los Pliegos Ministerio de Defensa, Ministerio de Cultura, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y el Gobierno Regional del departamento de Loreto, para financiar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad, la cual incluye la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS DECRETO SUPREMO Nº 283-2017-EF EL PRESIDENTE
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de los Pliegos Ministerio de Defensa, Ministerio de Cultura, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y el Gobierno Regional del departamento de Loreto, para financiar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad, la cual incluye la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS
DECRETO SUPREMO Nº 283-2017-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, como entidad competente para formular, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial;

Que, en el marco de lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley Nº 29792, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social articula y coordina entre niveles de gobierno y con otros organismos del Poder Ejecutivo para la implementación de las políticas nacionales y sectoriales objeto de su rectoría, así como para la evaluación de su cumplimiento;

Que, la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, declaró de interés público nacional, las intervenciones en el marco de la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad, dirigida al desarrollo y protección de los derechos de los pueblos indígenas con énfasis en la Amazonía;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1197, que aprueba la Transferencia para la operación, mantenimiento y ejecución de los Proyectos de Inversión Pública - Plataformas Itinerantes de Acción Social (PIAS), encarga al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social la coordinación de las intervenciones, en el marco de la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad - EASS, dirigida al desarrollo y protección de los pueblos indígenas con énfasis en la Amazonía;

Que, la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2016, establece, que a partir de la vigencia de la citada Ley, la coordinación de las acciones de la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad, dirigida al desarrollo y protección de los pueblos indígenas con énfasis en la Amazonía, estará a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS);

Que, conforme a la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, en el marco de lo dispuesto en el primer párrafo de la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, durante el año fiscal 2017, se autoriza al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de VEINTICINCO MILLONES Y 00/100
SOLES (S/ 25 000 000,00), a favor de las entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para financiar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad, la cual incluye la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS; las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social, a propuesta de este último;

Que, asimismo, la citada disposición complementaria final señala que mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social, se aprueban las disposiciones complementarias para la aplicación de dicha disposición, las que incluyen las acciones que deberán realizar las entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales y el monto correspondiente a ser transferido;

Que, en relación a lo señalado, mediante Decreto Supremo Nº 041-2017-EF, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de ONCE
MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO
MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100
SOLES (S/ 11 684 973,00) del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a favor del Ministerio de Defensa, Ministerio de Cultura, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y los Gobiernos Regionales de los departamentos de Loreto y Puno, para las acciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 001-2017-MIDIS;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2017-MIDIS, se aprobaron las acciones que el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Cultura, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y el Gobierno Regional del Departamento de Loreto, deben cumplir para hacer efectiva la segunda transferencia de los recursos a que se refiere la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, para financiar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad, la cual incluye la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS;

Que, a través del Informe Nº 199-2017-MIDIS/ VMPES/DGPE/DDAP, la Dirección General de Políticas y Estrategias del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social propone una Transferencia de Partidas a favor de los pliegos Ministerio de Defensa, Ministerio de Cultura, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y el Gobierno Regional del Departamento de Loreto, hasta por el monto total de DIEZ MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA
Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 10 000 555,00) al haber verificado el cumplimiento de las condiciones establecidas para dichos pliegos en el Decreto Supremo
Nº 011-2017-MIDIS;

Que, con Informe Nº 294-2017-MIDIS/SG/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, emite opinión favorable respecto de la Transferencia de Partidas hasta por la suma de DIEZ MILLONES
QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 10 000 555,00) con cargo a los recursos del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a favor de los pliegos Ministerio de Defensa, Ministerio de Cultura, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y el Gobierno Regional del Departamento de Loreto; para financiar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad, la cual incluye la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS; en el marco de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en mérito de lo cual, a través del Oficio Nº 788-2017-MIDIS/SG el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de
DIEZ MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y
00/100 SOLES (S/ 10 000 555,00) a favor de los pliegos Ministerio de Defensa, Ministerio de Cultura, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y Gobierno Regional del Departamento de Loreto, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de DIEZ MILLONES QUINIENTOS
CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 10 000
555,00) del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a favor de los pliegos Ministerio de Defensa, Ministerio de Cultura, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y el Gobierno Regional del Departamento de Loreto, para financiar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad, la cual incluye la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social UNIDAD EJECUTORA 001 : Sede Central - MIDIS
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5002357 : Gestión del Desarrollo Social FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 9 978 555,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 22 000,00
------------------- TOTAL EGRESOS 10 000 555,00
============
A LA:

SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 003 : Ministerio de Cultura UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Cultura -
Administración General En Soles
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5001905 : Construcción de una Ciudadanía Intercultural FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 968 460,00
------------------- SUBTOTAL PLIEGO 003 968 460,00
===========
PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa UNIDAD EJECUTORA 004 : Marina de Guerra del Perú PROGRAMA PRESUPUESTAL 0135 : Mejora de las Capacidades Militares para la Defensa y el Desarrollo Nacional PRODUCTO 3000722 : Servicios de Apoyo al Estado ACTIVIDAD 5005262 : Servicios de Apoyo Cívico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 6 197 997,00
------------------- SUBTOTAL PLIEGO 026 6 197 997,00
===========
PLIEGO 033 : Registro Nacional de Identificación y Estado Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : Registro Nacional de Identificación y Estado Civil PROGRAMA PRESUPUESTAL 0079 : Acceso de la Población a la Identidad PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5000276 : Gestión del Programa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 299 896,00
----------------- SUBTOTAL PLIEGO 033 299 896,00
==========
En Soles PLIEGO 039 : Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables UNIDAD EJECUTORA 009 : Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual -
PNCVFS
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0080 : Lucha Contra la Violencia Familiar PRODUCTO 3000223 : Personas Afectadas por hechos de Violencia Familiar con Servicios de Atención ACTIVIDAD 5003452 : Implementación de la Estrategia de Prevención y Atención en Zonas Rurales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 408 530,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 22 000,00
----------------- SUBTOTAL UE 009 430 530,00
==========
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Nivel Central PROGRAMA PRESUPUESTAL 0117 : Atención Oportuna de Niñas, Niños y Adolescentes en Presunto Estado de Abandono PRODUCTO 3000636 : Niñas, Niños y Adolescentes Acceden a Servicios de Fortaleci-miento de Capacidades como Factor Protector ACTIVIDAD 5005920 : Intervención Lúdica para el Fortalecimiento de Habilidades de Niñas, Niños y Adolescentes en Riesgo de Desprotección En Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 100 000,00
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000624 : Coordinación de la Política Nacional de Defensa de los Derechos del Niño y el Adolescente FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 92 500,00
------------------- SUBTOTAL UE 001 192 500,00
------------------- SUBTOTAL PLIEGO 039 623 030,00
===========
SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 453 : Gobierno Regional del Departamento de Loreto UNIDAD EJECUTORA 400 : Región Loreto - Salud Loreto
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000515 : Atención Integral de salud de las poblaciones excluidas y dispersas a nivel nacional FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 1 911 172,00
------------------ SUB TOTAL PLIEGO 453 1 911 172,00
===========
TOTAL EGRESOS 10 000 555,00
===========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran, como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que se hace referencia en el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social y por la Ministra de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de setiembre del año dos mil diecisiete.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FIORELLA GIANNINA MOLINELLI ARISTONDO
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
CLAUDIA MARÍA COOPER FORT
Ministra de Economía y Finanzas

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