9/30/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1374-2017-DE/MGP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1374-2017-DE/MGP Lima, 29 de setiembre de 2017 Vista, la Carta G.500-4564 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 14 de setiembre de 2017; CONSIDERANDO: Que, con Oficio V.100-104 de Lima, 3 de Setiembre de 2017 18 de julio de 2017, el Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay; ha informado al Secretario del Comandante General de la Marina, que mediante Nota Nº AA 7-8000/198,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1374-2017-DE/MGP
Lima, 29 de setiembre de 2017
Vista, la Carta G.500-4564 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 14 de setiembre de 2017;
CONSIDERANDO:
Que, con Oficio V.100-104 de Lima, 3 de Setiembre de 2017 18 de julio de 2017, el Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay; ha informado al Secretario del Comandante General de la Marina, que mediante Nota Nº AA 7-8000/198, de fecha 11 de julio de 2017, el Director General de la Gendarmería Nacional de la República Argentina, ha cursado invitación para que UN (1) miembro del Batallón de Infantería de la Fuerza de Infantería de la Marina de Guerra del Perú, participe en el Curso Avanzado de Fuerzas Especiales a realizarse en la Unidad de Fuerzas Especiales, "Alacrán", en la ciudad de Zárate, provincia de Buenos Aires, República Argentina, del 2 de octubre al 3 de diciembre de 2017;
Que, con Oficio N.1000-5021 de fecha 11 de setiembre de 2017, el Director General de Educación de la Marina propone al Teniente Segundo Luis Alonso SERRA
Sánchez, para que participe en el mencionado curso, lo que permitirá contar con personal con entrenamiento especial para planificar y ejecutar misiones encuadradas en el mando de guerra naval especial, capacidad para operar en mar, aire y tierra, despliegue en una amplia variedad de misiones, incluyendo operaciones de acción directa y de reconocimiento especial, guerra no convencional, defensa interna en el extranjero, rescate de rehenes, contraterrorismo y otras misiones;
Que, conforme a lo indicado en el párrafo 6 Observaciones de las Etapas del Curso Avanzado de Fuerzas Especiales adjunto a la Nota mencionada en el primer considerando, los gastos por concepto de costos educativos, hospedaje, alimentación y transporte interno, serán proporcionados por la Gendarmería Nacional de la República Argentina, debiendo la Marina de Guerra del Perú asumir los gastos de transporte aéreo internacional del personal participante;
Que, de acuerdo con el documento Nº 188-2017 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el inciso a) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del curso, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG y sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE y Nº 009-2013-DE;
Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; concordado con la Resolución Ministerial Nº 1500-2016-DE/SG, que prorroga la vigencia de la Resolución Ministerial Nº 1017-2015-DE/SG, referente al reajuste del monto de la Unidad de Compensación Extraordinaria para el Año Fiscal 2017;
Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Segundo Luis Alonso SERRA
Sánchez, CIP. 00022846, DNI. 70767284, para que participe en el Curso Avanzado de Fuerzas Especiales, a realizarse en la Unidad de Fuerzas Especiales "Alacrán", en la ciudad de Zárate, provincia de Buenos Aires, República Argentina, del 2 de octubre al 3 de diciembre de 2017; así como, autorizar su salida del país el 1 de octubre y su retorno el 4 de diciembre de 2017.
Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima - Buenos Aires (República Argentina) - Lima
US$. 2,236.94 US$. 2.236.94
---------------------- TOTAL A PAGAR: US$. 2,236.94
Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante.
Artículo 4.- El Oficial Subalterno designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 5.- El mencionado Oficial Subalterno, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios.
Artículo 6.- El citado Oficial Subalterno, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.
Artículo 7.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE NIETO MONTESINOS
Ministro de Defensa
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