9/17/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 250-2017-PCM Modifican el TUPA de la Presidencia del Consejo de Ministros

Modifican el TUPA de la Presidencia del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 250-2017-PCM Lima, 15 de Setiembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, las disposiciones que regulan los procedimientos administrativos deben ser evaluados en el marco de principios como el costo, necesidad, efectividad y proporcionalidad; asimismo, dichas disposiciones deben estar
Modifican el TUPA de la Presidencia del Consejo de Ministros
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 250-2017-PCM
Lima, 15 de Setiembre de 2017
CONSIDERANDO:

Que, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, las disposiciones que regulan los procedimientos administrativos deben ser evaluados en el marco de principios como el costo, necesidad, efectividad y proporcionalidad; asimismo, dichas disposiciones deben estar adecuadas a la Ley del Procedimiento Administrativo General o a las normas con rango de ley que les sirven de sustento;

Que, el numeral 1.13 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, reconoce como uno de los principios del procedimiento administrativo al de simplicidad, en virtud del cual los trámites establecidos por la autoridad administrativa deberán ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria; es decir, los requisitos exigidos deberán ser racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2009-PCM, modificado mediante los Decretos Supremos Nº 067-2009-PCM y Nº 065-2013-PCM, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Presidencia del Consejo de Ministros, contemplándose actualmente ocho (8) procedimientos administrativos;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM
se aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, precisándose en el literal i) de su artículo 36 que es una función de la Oficina de Prensa e Imagen Institucional la de dar cumplimiento a las normas de transparencia y acceso a la información pública;

Que, mediante Informe Nº 006-2017-PCM/OGPP/ GRS, la Oficina General de Planificación y Presupuesto propone la modificatoria del Procedimiento Nº 1 "Acceso a la información pública" contenido en el TUPA de la Presidencia del Consejo de Ministros, a fin de, entre otros, reducir el costo de sus derechos de tramitación, así como precisar la autoridad competente para resolver de acuerdo a la nueva estructura de la Presidencia de Consejo de Ministros;

Que, mediante el precitado informe también se propone la eliminación de siete (07) procedimientos administrativos del TUPA de la Presidencia del Consejo de Ministros, principalmente, por tratarse de procedimientos internos que deben ser atendidos de oficio por la entidad;

Que, el numeral 39.3 del artículo 39 del TUO de la Ley Nº 27444 indica que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos, podrán aprobarse mediante Resolución Ministerial;

Que, el numeral 43.5 del artículo 43 del TUO de la Ley Nº 27444 establece que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector;

Que, en ese sentido, resulta pertinente aprobar la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Presidencia del Consejo de Ministros mediante Resolución Ministerial;

De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificación del TUPA de la Presidencia del Consejo de Ministros Modifíquese el Procedimiento Nº 1 "Acceso a la información pública" contenido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Presidencia del Consejo de Ministros-PCM, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2009-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 067-2009-PCM y Decreto Supremo Nº 065-2013-PCM, conforme lo establecido en el anexo adjunto
que forma parte integrante de la presente resolución ministerial.

Artículo 2.- Eliminación de procedimientos del TUPA de la Presidencia del Consejo de Ministros Elimínese los procedimientos Nºs 2, 3, 4, 5, 6, 7
y 8 contenido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Artículo 3.- Publicación Publíquese la presente Resolución Ministerial y el anexo a que hace referencia el artículo 1, en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe)
y en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros

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