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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 347-2017-VIVIENDA Autorizan Transferencia Financiera a favor del SENCICO,
9/17/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 347-2017-VIVIENDA Autorizan Transferencia Financiera a favor del SENCICO,
Autorizan Transferencia Financiera a favor del SENCICO, destinada a financiar acciones vinculadas a la instalación de Módulos Temporales de Vivienda - MTV, a ser entregados a la población damnificada por el Fenómeno "El Niño Costero" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 347-2017-VIVIENDA Lima, 15 de setiembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 347-2017-VIVIENDA
Lima, 15 de setiembre de 2017
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional;
asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana;
ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias;
Que, en el marco de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante la Resolución Ministerial Nº 426-2016-VIVIENDA
se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 037:
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA
Y TRES MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL
CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 6 233 715 495,00), incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto; y el detalle de los recursos que lo financian, salvo los de Recursos Ordinarios, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica de Ingreso;
Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley Nº 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el Año Fiscal 2017, autoriza excepcionalmente al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar transferencias financieras a favor de las entidades de Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, previa suscripción de convenio, en el marco de sus respectivas competencias, para financiar las acciones de apoyo vinculadas a la instalación de Módulos Temporales de Vivienda - MTV, que se entregarán a la población damnificada por los daños ocasionados por el Fenómeno denominado "El Niño Costero", en las diferentes regiones del país; la misma que, según el numeral 5.2 de dicho artículo se aprueban mediante Resolución del Titular del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y publicada en el diario oficial El Peruano;
Que, mediante Memorándum Nº 1060-2017-VIVIENDA/ VMVU-DGPPVU, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, comunica la suscripción del Convenio Nº 720-2017-VIVIENDA, Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento-MVCS, y el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción -
SENCICO; que tiene por objeto la verificación en campo de la información del catastro de daños; y, el seguimiento y control de los servicios contratados de limpieza de lotes, traslado e instalación de Módulos Temporales de Vivienda a la población damnificada por los daños ocasionados por el Fenómeno denominado "El Niño Costero" en las diferentes regiones del país; en cuyo marco propone la transferencia financiera a favor de SENCICO, por el importe de UN MILLÓN OCHOCIENTOS DIECISIETE
MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES (S/ 1 817 950,00), de conformidad a lo establecido en el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley Nº 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el Año Fiscal 2017;
Que, con Memorando Nº 1673-2017/VIVIENDA-OGPP , la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe Nº 271-2017/VIVIENDA-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, a través del cual considera procedente autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, Programa Presupuestal 0068:
Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres, Genérica del Gasto 4. Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de S/ 1 817 950,00 en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO; para lo cual, se ha suscrito el Convenio Nº 720-2017-VIVIENDA; precisando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva;
Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley Nº 30624. Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el Año Fiscal 2017, resulta necesario aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento -
Administración General, hasta por la suma de UN MILLÓN
OCHOCIENTOS DIECISIETE MIL NOVECIENTOS
CINCUENTA Y 00/100 SOLES (S/ 1 817 950,00), en la Fuente de Financiamiento 1:Recursos Ordinarios, a favor de SENCICO, destinada a financiar las acciones coordinadas, conjuntas y complementarias que permitan el desarrollo de la verificación en campo de la información del catastro de daños; y, el seguimiento y control de los servicios contratados de limpieza de lotes, traslado e instalación de Módulos Temporales de Vivienda - MTV
a la población damnificada por los daños ocasionados por el Fenómeno denominado "El Niño Costero" en las diferentes regiones del país;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30624.
Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el Año Fiscal 2017, Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de
SENCICO
Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037:
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de UN MILLÓN OCHOCIENTOS DIECISIETE
MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES (S/ 1 817 950,00), en la Fuente de Financiamiento 1:
Recursos Ordinarios, a favor del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción -
SENCICO, destinada a financiar las acciones coordinadas, conjuntas y complementarias que permitan el desarrollo de la verificación en campo de la información del catastro de daños; y , el seguimiento y control de los servicios contratados de limpieza de lotes, traslado e instalación de Módulos Temporales de Vivienda - MTV a la población damnificada por los daños ocasionados por el Fenómeno denominado "El Niño Costero" en las diferentes regiones del país.
Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, Programa Presupuestal 0068: Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres, Producto 3000734:
Capacidad Instalada para la Preparación y Respuesta Frente a Emergencias y Desastres, Actividad 5005610: Administración y Almacenamiento de Infraestructura Móvil para la Asistencia Frente a Emergencias y Desastres, Genérica del Gasto 4.
Donaciones y Transferencias, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser
destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Monitoreo La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras, de las actividades, objeto de la presente transferencia.
Artículo 5.- Información El Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento los avances físicos y financieros de las actividades, a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese
EDMER TRUJILLO MORI
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
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