9/14/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 908-2017 MTC/01 Aprueban la Ficha Técnica Simplificada - Versión 1.0 para

Aprueban la Ficha Técnica Simplificada - Versión 1.0 para el Sector Transportes y Comunicaciones y su correspondiente Instructivo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 908-2017 MTC/01 Lima, 12 de setiembre de 2017 VISTOS: El Memorándum Nº 1394-2017-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 100-2017-MTC/09.02 de la Oficina de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que
Aprueban la Ficha Técnica Simplificada - Versión 1.0 para el Sector Transportes y Comunicaciones y su correspondiente Instructivo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 908-2017 MTC/01
Lima, 12 de setiembre de 2017
VISTOS: El Memorándum Nº 1394-2017-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 100-2017-MTC/09.02 de la Oficina de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, en adelante el Decreto Legislativo Nº 1252, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país;

Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1252, establece que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, entre otros, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, como ente rector, así como los Órganos Resolutivos y las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones del Sector;

Que, el literal a) del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, en adelante el Reglamento, señala que el Órgano Resolutivo (OR) es el Ministro del Sector, al cual corresponde, aprobar las metodologías específicas para la formulación y evaluación de los proyectos de inversión que se enmarquen en su responsabilidad funcional, aplicables a los tres niveles de gobierno;

Que, el literal k) del numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento, dispone que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) de un Sector del Gobierno Nacional, es la unidad orgánica con la responsabilidad de realizar, entre otras, la función de elaborar y proponer las metodologías específicas para la formulación de los proyectos de inversión que se enmarquen en la responsabilidad funcional del Sector, en coordinación con las Unidades Formuladoras del Sector, cuando corresponda;

Que, el numeral 11.4 del artículo 11 del Reglamento, establece que en el marco de las metodologías específicas, los Órganos Resolutivos de los Sectores del Gobierno Nacional definirán progresivamente las Fichas Técnicas aplicables a los proyectos de inversión, las cuales pueden ser para proyectos estándar, o simplificadas, y deben incluir el contenido mínimo que dicha norma establece; asimismo, indica que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de cada Sector del Gobierno Nacional propone a su Órgano Resolutivo, la estandarización de proyectos y las Fichas Técnicas respectivas;

Que, el literal b) del numeral 5.2 del artículo 5 de la Directiva Nº 002-2017-EF-63.01 "Directiva para la Formulación y Evaluación en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones", aprobada por Resolución Directoral Nº 002-2017-EF-63.01, señala que el Órgano Resolutivo es el Ministro, Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector; quien en la fase de Formulación y Evaluación tiene como función, definir y aprobar progresivamente las Fichas Técnicas aplicables a los proyectos de inversión;

Que, mediante Memorándum Nº 1394-2017-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la Ficha Técnica Simplificada-Versión 1.0
para el Sector Transportes y Comunicaciones y su respectivo Instructivo, para su aprobación por el Ministro de Transportes y Comunicaciones, en calidad de OR; adjuntando el Informe Nº 100-2017-MTC/09.02
emitido por la Oficina de Inversiones, como OPMI, que sustenta dicha propuesta;

Que, en el Informe Nº 100-2017-MTC/09.02, la Oficina de Inversiones señala, entre otros, que en el marco de las metodologías que viene aplicando el Sector, previstas en la Directiva Nº 002-2017-EF-63.01, propone la Ficha Técnica Simplificada-Versión 1.0 y su respectivo Instructivo, que hace referencia a los proyectos de inversión simplificados, cuyos montos de inversión a precios de mercado son iguales o menores a 750 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), propuesta que se encuentra en concordancia con lo dispuesto por el numeral 7.1 del artículo 7, el numeral 12.2 del artículo 12 y el Formato Nº 05: Modelo de Ficha Técnica General Simplificada de la Directiva Nº 002-2017-EF-63.01, así como también, con el numeral 11.4 del artículo 11 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252;

Que, atendiendo a los fundamentos anteriormente señalados, es necesario aprobar la Ficha Técnica Simplificada-Versión 1.0 y su correspondiente Instructivo, conforme a la propuesta formulada por la OPMI del Sector;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1252 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2017-EF; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; la Directiva Nº 002-2017-EF-63.01, aprobada por Resolución Directoral Nº 002-2017-EF-63.01; y la Resolución Ministerial Nº 295-2017 MTC/01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Ficha Técnica Simplificada - Versión 1.0 para el Sector Transportes y Comunicaciones y su correspondiente Instructivo, que como Anexo forman parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Artículo 3.- La Ficha Técnica Simplificada - Versión 1.0 para el Sector Transportes y Comunicaciones y su correspondiente Instructivo, aprobados mediante el artículo 1 de la presente Resolución, se publican en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc. gob.pe) el mismo día de la publicación de esta Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE
Ministro de Transportes y Comunicaciones

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