Inicio
Últimas normas legales
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 320-2017-MINEDU Modifican Reglamento de Rotaciones,
10/24/2017
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 320-2017-MINEDU Modifican Reglamento de Rotaciones,
Modifican Reglamento de Rotaciones, Reasignaciones y Permutas para el Personal Administrativo del Sector Educación RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 320-2017-MINEDU Lima, 23 de octubre de 2017 VISTOS; el Expediente Nº 0195741-2017 y el Informe Nº 1044-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 2055-2017-MINEDU/ SG-OGRH de fecha 17 de octubre de 2017, la Oficina General de Recursos Humanos, adjunta el Informe Nº 704-2017-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER,
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 320-2017-MINEDU
Lima, 23 de octubre de 2017
VISTOS; el Expediente Nº 0195741-2017 y el Informe Nº 1044-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio Nº 2055-2017-MINEDU/ SG-OGRH de fecha 17 de octubre de 2017, la Oficina General de Recursos Humanos, adjunta el Informe Nº 704-2017-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER, a través del cual se sustenta la modificación del artículo 4 del Reglamento de Rotaciones, Reasignaciones y Permutas para el Personal Administrativo del Sector Educación, aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 639-2004-ED publicada el 16 de diciembre de 2004, a fin de proseguir con el trámite administrativo correspondiente;
Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;
Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del artículo 82 del Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, la Oficina General de Recursos Humanos, tiene la función de proponer y evaluar la política y acciones relacionadas con la gestión del recursos humanos en el Ministerio, en observancia de la normativa aplicable, con excepción del personal que se encuentra comprendido en la carrera magisterial;
Que, en dicho contexto, la Oficina General de Recursos Humanos, señala que el texto actual del artículo 4 del Reglamento de Rotaciones, Reasignaciones y Permutas del personal administrativo del Sector Educación aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 639-2004-ED, no prevé los supuestos de: i) Existir cargo y plaza vacante consignados en el CAP y PAP, del mismo grupo ocupacional y nivel remunerativo y ii) Cumplir con los requisitos del cargo materia de rotación, establecidos en el Manual de Clasificador de cargos, lo cual, manifiesta, origina diversas interpretaciones en su aplicación, por lo que considera conveniente su modificatoria con una redacción más precisa;
Que, en ese sentido, la precitada Oficina propone que el artículo 4 del Reglamento de Rotaciones, Reasignaciones y Permutas para el Personal Administrativo del Sector Educación, quede redactado de la forma siguiente: "Articulo 4.- La rotación consiste en la reubicación del servidor al interior de la entidad para asignarle funciones según el nivel de carrera y grupo ocupacional alcanzados, siempre que exista el cargo y plaza y además cumpla con los requisitos establecidos en el Manual de Clasificador de Cargos del cargo materia de la rotación.";
Que, el referido Reglamento de Rotaciones, Reasignaciones y Permutas para el Personal Administrativo del Sector Educación, tiene por finalidad establecer las normas y procedimientos sobre las rotaciones, reasignaciones y permutas del personal administrativo del Sector Educación, comprendido bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM;
Que, dicho Reglamento, actualmente, establece en su artículo 4, que "La rotación es la acción de administración de personal que consiste en la reubicación del servidor dentro del ámbito de la entidad, de un cargo a otro igual o similar, conservando el mismo nivel y grupo ocupacional de carrera alcanzados.";
Que, al respecto, cabe indicar que el artículo 78 del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, dispone que "La rotación consiste en la reubicación del servidor al interior de la entidad para asignarle funciones según el nivel de carrera y grupo ocupacional alcanzados. Se efectúa por decisión de la autoridad administrativa cuando es dentro del lugar habitual de trabajo o con el consentimiento del interesado en caso contrario.";
Que, asimismo, mediante el Informe Técnico Nº 1467-2016-SERVIR/GPGSC de fecha 27 de julio de 2016, la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, señala, entre otros, lo siguiente: "2.7. En tal sentido, cabe subrayar que la rotación es una de las modalidades de desplazamiento, que consisten en el traslado del servidor para desempeñar iguales o diferentes funciones en la misma entidad, teniendo en cuenta su formación, capacitación y experiencia, según su grupo ocupacional y nivel de carrera";
Que, en consecuencia, la propuesta ha sido remitida por la Oficina General de Recursos Humanos, conforme a sus competencias y facultades, la cual habiendo evaluado la normativa aplicable sobre el particular, propone la modificación del artículo 4 de la Norma Técnica denominada Reglamento de Rotaciones, Reasignaciones y Permutas para el Personal Administrativo del Sector Educación;
Que, en ese sentido, se verifica que la propuesta se encuentra en el marco de lo opinado por SERVIR y de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, por lo que resulta viable la propuesta de modificación remitida por la Oficina General de Recursos Humanos, correspondiendo a esta Secretaría General expedir la presente resolución, al amparo de la facultad delegada, prevista en el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINEDU modificada por la Resolución Ministerial Nº 568-2017-MINEDU;
Con el visto de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINEDU modificada por la Resolución Ministerial Nº 568-2017-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Modificar el artículo 4 del Reglamento de Rotaciones, Reasignaciones y Permutas para el Personal Administrativo del Sector Educación aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 639-2004-ED, de acuerdo al texto siguiente:
"Articulo 4.- La rotación consiste en la reubicación del servidor al interior de la entidad para asignarle funciones según el nivel de carrera y grupo ocupacional alcanzados, siempre que exista el cargo y plaza y además cumpla con los requisitos establecidos en el Manual de Clasificador de Cargos del cargo materia de la rotación."
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA G. REATEGUI NAPURI
Secretaria General
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)