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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 371-2017-VIVIENDA Disponen incluir en la lista de Proyectos priorizados a
10/03/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 371-2017-VIVIENDA Disponen incluir en la lista de Proyectos priorizados a
Disponen incluir en la lista de Proyectos priorizados a proyecto "Ampliación, mejoramiento de la planta de tratamiento de agua potable EPSEL PTAP N 2 distrito de Chiclayo, provincia de Chiclayo - Lambayeque" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 371-2017-VIVIENDA Lima, 2 de octubre de 2017 VISTOS: El Oficio Nº 0539-2017-EF/50.06 de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; los Memoranda Nº 1600 y Nº 1738-2017-VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 371-2017-VIVIENDA
Lima, 2 de octubre de 2017
VISTOS:
El Oficio Nº 0539-2017-EF/50.06 de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; los Memoranda Nº 1600 y Nº 1738-2017-VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 232-2017-VIVIENDA-VMCS/DGPPCS de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento; el Informe Nº 1495-2017-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, se establece el marco normativo para que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales impulsen la ejecución de proyectos de inversión de impacto regional y local con la participación del sector privado mediante la suscripción de convenios para el financiamiento y ejecución de Proyectos de Inversión Pública en armonía con las políticas y planes de desarrollo nacional, regional o local;
Que, el artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, en el marco de sus competencias, a ejecutar Proyectos de Inversión Pública en el marco del Sistema de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, cultura, saneamiento, electrificación rural, pesca, deporte, ambiente, habilitación urbana, protección social, desarrollo social, transportes, comunicaciones y justicia, incluyendo su mantenimiento, mediante los procedimientos establecidos en la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2017-EF, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y del artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico;
Que, el artículo 10 del citado Reglamento, precisa que corresponde a la Entidad Pública aprobar la lista de Proyectos priorizados, los cuales deben estar en armonía con las políticas y los planes de desarrollo nacional, regional o local, y contar con la declaración de viabilidad en el marco de Invierte.pe; dicha priorización en el caso del Gobierno Nacional se aprueba mediante resolución del Titular de la Entidad, siendo esta facultad indelegable;
Que, el numeral 14.1 del artículo 14 del precitado Reglamento precisa que tratándose de proyectos a ejecutarse en el marco de la Ley Nº 30264, de manera previa a la emisión de la resolución que aprueba la lista de Proyectos priorizados, la Oficina de Presupuesto de la Entidad Pública, o la que haga sus veces, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, la opinión favorable respecto a la Capacidad Presupuestal con la que se cuenta para el financiamiento de los Proyectos, y su operación y/o mantenimiento de ser el caso;
Que, mediante Oficio Nº 0539-2017-EF/50.06, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión favorable respecto a la capacidad presupuestal con que contaría
el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el financiamiento del Proyecto de Inversión Pública "AMPLIACIÓN, MEJORAMIENTO DE LA PLANTA DE
TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE EPSEL PTAP N 2
DISTRITO DE CHICLAYO, PROVINCIA DE CHICLAYO
- LAMBAYEQUE", con código de proyecto Nº 379819, declarado viable el 20 de febrero de 2017 en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (ahora Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones), a ejecutarse durante el Año Fiscal 2018, bajo el mecanismo previsto en el artículo 17 de la Ley Nº 30264 y su Reglamento;
Que, mediante los Memorandas Nº 1600 y Nº 1738-2017/VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable respecto a la capacidad presupuestal para el financiamiento del Proyecto de Inversión Pública "AMPLIACIÓN, MEJORAMIENTO DE LA PLANTA DE
TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE EPSEL PTAP N 2
DISTRITO DE CHICLAYO, PROVINCIA DE CHICLAYO
- LAMBAYEQUE", bajo la modalidad de Obras por Impuestos; asimismo, que el proyecto en mención cumple con los requisitos establecidos en el artículo 10 del referido Reglamento para ser incorporado en la lista de Proyectos priorizados, a ser promovida con la participación del sector privado;
Que, mediante Informe Nº 232-2017-VIVIENDA-VMCS/DGPPCS, la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento sustenta y propone la inclusión del Proyecto de Inversión Pública "AMPLIACIÓN, MEJORAMIENTO DE LA PLANTA DE
TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE EPSEL PTAP N 2
DISTRITO DE CHICLAYO, PROVINCIA DE CHICLAYO -
LAMBAYEQUE", en la lista de Proyectos priorizados por Resoluciones Ministeriales Nº 022-2016-VIVIENDA y Nº 153-2017-VIVIENDA;
Que, el artículo 12 del Reglamento en mención, dispone que la lista de Proyectos priorizados es remitida a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -
PROINVERSIÓN, a efectos que la publique en su portal institucional dentro de los tres (3) días de recibida;
Que, de acuerdo con la Décimo Séptima Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 29230, modificada por Decretos Legislativos Nº 1238 y Nº 1250, las entidades del Gobierno Nacional bajo los alcances del artículo 17 de la Ley Nº 30264 conjuntamente con Gobiernos Regionales o Locales, podrán suscribir convenios de inversión para ejecutar proyectos bajo las disposiciones de la Ley Nº 29230, en el marco de sus competencias y de la normatividad vigente;
Que, el numeral 6.1 del artículo 6 del referido Reglamento dispone que las entidades públicas pueden solicitar asistencia técnica a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN bajo la modalidad de asesoría o encargo, aprobada en el caso del Gobierno Nacional, mediante resolución del Titular de la Entidad;
asistencia que podrá solicitarse para el proceso de selección y para la ejecución del Convenio de Inversión que celebre la Entidad Pública con la(s) empresa(s)
privada(s) seleccionada(s), requiriendo del acuerdo previo respectivo;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado; la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico; el Decreto Supremo Nº 036-2017-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y del artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- INCLUIR en la lista de Proyectos priorizados a través de las Resoluciones Ministeriales Nº 022-2016-VIVIENDA y Nº 153-2017-VIVIENDA, para ser financiados y ejecutados en el marco del artículo 17 de la Ley Nº 30264 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 036-2017-EF; el proyecto indicado a continuación, según el siguiente detalle:
Nº NOMBRE DEL PROYECTO
CÓDIGO DE
{G}PROYECTO
MONTO
ESTIMADO DE
INVERSIÓN (S/)
4
"AMPLIACIÓN, MEJORAMIENTO DE
LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE
AGUA POTABLE EPSEL PTAP N 2
DISTRITO DE CHICLAYO, PROVINCIA
DE CHICLAYO - LAMBAYEQUE"
379819 6 898 594, 00
TOTAL 52 468 484,02
Artículo 2.- REMITIR copia de la presente Resolución a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -
PROINVERSIÓN, a efectos que publique la lista de Proyectos priorizados, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y del artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico; aprobado por Decreto Supremo
Nº 036-2017-EF.
Artículo 3.- SOLICITAR Asistencia Técnica a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -
PROINVERSIÓN, bajo la modalidad de asesoría, para el desarrollo de los procesos de selección de las empresas privadas que financiarán la ejecución de los Proyectos priorizados y de las entidades privadas que supervisarán su ejecución; así como, para la ejecución de los convenios de inversión y/o contratos que celebre la Entidad Pública con las empresas privadas y entidad privada supervisora seleccionadas.
Artículo 4.- FACULTAR al Viceministro de Construcción y Saneamiento a suscribir el respectivo Convenio de Asistencia Técnica y la(s) adenda(s) que se requieran en las distintas fases del mecanismo de Obras por Impuestos; a que hace referencia el artículo 3 de la presente Resolución.
Artículo 5.- DISPONER que la Oficina General de Estadística e Informática publique la presente Resolución, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS BRUCE
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
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