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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 504-2017-PRODUCE Disponen la publicación en el portal institucional del

Disponen la publicación en el portal institucional del Ministerio, del proyecto de "Lineamientos para calificar los proyectos correspondientes al Sector Producción para los que se solicita declaración de Interés Nacional, presentados ante el Ministerio de la Producción", el Decreto Supremo que lo aprueba y su Exposición de Motivos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 504-2017-PRODUCE 20 de octubre de 2017 VISTO: El Informe Nº 006-2017/PRODUCE/ DVMYPE-I/DGPAR/smanayay de la Dirección de Políticas de la Dirección General de Políticas
Disponen la publicación en el portal institucional del Ministerio, del proyecto de "Lineamientos para calificar los proyectos correspondientes al Sector Producción para los que se solicita declaración de Interés Nacional, presentados ante el Ministerio de la Producción", el Decreto Supremo que lo aprueba y su Exposición de Motivos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 504-2017-PRODUCE
20 de octubre de 2017
VISTO: El Informe Nº 006-2017/PRODUCE/ DVMYPE-I/DGPAR/smanayay de la Dirección de Políticas de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; el Memorando Nº 1227-2017-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Memorando Nº 1235-2017-PRODUCE/DVPA del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura y el Informe Nº 1485-2017-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 7 de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales se establece que una de las garantías que rigen el Sistema Nacional de Bienes Estatales es la venta por subasta pública de los bienes de dominio privado estatal; no obstante, dicha norma dispone que de manera excepcional puede realizarse la venta en forma directa;

Que, mediante el literal b) del artículo 77 del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, se establece que por excepción, podrá procederse a la compraventa directa de bienes estatales de dominio privado a favor de particulares, cuando tengan por finalidad la ejecución de un proyecto de interés nacional o regional, cuya viabilidad es calificada y aprobada por el sector o la entidad competente, acorde con la normatividad y políticas de Estado;

Que, el Ministerio de la Producción, conforme al artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1047, es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas. Asimismo, es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, acuicultura de mediana y gran empresa (AMYGE), normalización industrial y ordenamiento de productos fiscalizados;

Que, de acuerdo con el Informe de vistos, de la Dirección de Políticas de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, a efectos de la correcta aplicación del artículo 7 de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, y el literal b) del artículo 77 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, propone el Decreto Supremo que aprueba los "Lineamientos para calificar los proyectos correspondientes al Sector Producción para los que se solicita declaración de Interés Nacional, presentados ante el Ministerio de la Producción", para efectos de la compraventa directa de bienes estatales de dominio privado, que brinde transparencia, debida cautela de los bienes del Estado y seguridad jurídica a los Administrados, en el marco de las competencias asignadas al Ministerio de la Producción;

Que, atendiendo a la naturaleza del proyecto normativo corresponde disponer su publicación en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, en el que se mantendrá por un plazo de treinta (30) días hábiles, a fin que las entidades públicas, privadas y la ciudadanía en general alcancen sus opiniones, comentarios y/o sugerencias por vía electrónica o en la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Viceministerio de MYPE e Industria, así como también en la Dirección General de Acuicultura, según lo establecido en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;

Con el visado del Viceministro de MYPE e Industria, del Viceministro de Pesca y Acuicultura, de la Directora General de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, del Director General de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;
el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y su modificatoria; y, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Publicación del Proyecto Dispóngase la publicación del proyecto de "Lineamientos para calificar los proyectos correspondientes al Sector Producción para los que se solicita declaración de Interés Nacional, presentados ante el Ministerio de la Producción", el Decreto Supremo que lo aprueba y su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob. pe), a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, por el plazo de treinta (30)
días hábiles, contado desde la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Mecanismo de Participación Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto normativo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidas a la sede del Ministerio de la Producción con atención a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Viceministerio de MYPE e Industria y/o a la Dirección General de Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, ubicadas en Calle Uno Oeste Nº 060-Urbanización Córpac, San Isidro, o a la dirección electrónica lineamientos_din@produce.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese
PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN
Ministro de la Producción

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