10/22/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 507-2017-PRODUCE Conforman Comité Directivo del Centro de Innovación

Conforman Comité Directivo del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Chavimochic - CITEagroindustrial Chavimochic RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 507-2017-PRODUCE Lima, 20 de octubre de 2017 CONSIDERANDO: Que, el artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE, señala que los CITE Públicos deben contar entre otros, con un Comité Directivo; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo
Conforman Comité Directivo del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Chavimochic - CITEagroindustrial Chavimochic
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 507-2017-PRODUCE
Lima, 20 de octubre de 2017
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE, señala que los
CITE Públicos deben contar entre otros, con un Comité Directivo;

Que, el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, establece en su artículo 19 que el Comité Directivo de los CITE Públicos es designado por Resolución Ministerial del sector, y está conformado por un máximo de siete (07) miembros, un (01) representante del Ministerio de la Producción, un (01) representante del ITP y representantes del sector privado vinculado a la cadena productiva; asimismo, dispone que el Ministerio de la Producción designa al presidente del Comité Directivo de los CITE Públicos, con excepción de lo dispuesto en el Título III del Decreto Legislativo Nº 1228;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 038-2016-PRODUCE, se crea el "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Chavimochic-CITEagroindustrial Chavimochic", de naturaleza pública, en el ámbito del ITP;

Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 073-2016-PRODUCE, se conforma el Comité Directivo del CITEagroindustrial Chavimochic;

Que, mediante el Oficio Nº 419-2017-ITP/DE, el Director Ejecutivo (e) del ITP remite la propuesta de conformación del nuevo Comité Directivo del CITEagroindustrial Chavimochic;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE
y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias;
el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; y el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones de los miembros del Comité Directivo del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Chavimochic-CITEagroindustrial Chavimochic, efectuadas mediante la Resolución Ministerial Nº 073-2016-PRODUCE, dándoseles las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Conformar el Comité Directivo del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Chavimochic-CITEagroindustrial Chavimochic, el cual está integrado de la siguiente manera:
a) José Luis Naranjo Correa, representante del Ministerio de la Producción, quien lo preside.
b) Víctor Manuel Pat Ramos, representante del sector privado vinculado a la cadena productiva.
c) Federico Bernardo Tenorio Calderón, representante del sector privado vinculado a la cadena productiva.
d) Javier Antonio Gilardi Arbulú, representante del sector privado vinculado a la cadena productiva.
e) Rafael Quevedo Flores, representante del sector privado vinculado a la cadena productiva.
f) Manuel Fernando Morón Guillén, representante del Instituto Tecnológico de la Producción.

Artículo 3.- El Comité Directivo conformado en el artículo precedente se instala dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 4.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese
PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN
Ministro de la Producción

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