11/21/2017

DECRETO SUPREMO N° 340-2017-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, para financiar proyectos de inversión de infraestructura vial DECRETO SUPREMO Nº 340-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, aprueba, entre otros, los créditos presupuestarios correspondientes a los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; Que, mediante Decreto Supremo
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, para financiar proyectos de inversión de infraestructura vial
DECRETO SUPREMO Nº 340-2017-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, aprueba, entre otros, los créditos presupuestarios correspondientes a los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 059-2010-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 009-2013-MTC, se aprueba la Red Básica del Metro de Lima - Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, la misma que estará conformada sobre la base de seis (06) líneas, entre las cuales se encuentra la Línea 2;

Que, con fecha 28 de abril de 2014 se suscribe el Contrato de Concesión del Proyecto "Línea 2 y Ramal Av.

Faucett - Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao", el cual requiere para su implementación generar planes de desvíos en las vías urbanas de la Municipalidad Distrital de Ate, conforme a lo establecido en el numeral 6.74 de la Sección VI Inversiones Obligatorias y Pruebas de Puesta en Marcha del citado Contrato de Concesión;

Que, la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, autoriza, excepcionalmente, al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el año fiscal 2017, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Locales para financiar actividades y proyectos de inversión pública de infraestructura vial urbana, a fin de facilitar la ejecución del Proyecto Construcción de la Línea 2 y Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao;
estableciendo que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de este último;
exceptuando al Ministerio de Transportes y Comunicaciones de lo dispuesto en el literal c) del numeral 41.1 del artículo 41, el artículo 76 y el artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

Que, con Memorándum Nº 826-2017-MTC/33.1 el Director Ejecutivo de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, remite el Informe Nº 171-2017-MTC/33.4 del Jefe (e) de la Oficina de Programación, Evaluación e Información de la AATE, en el cual recomienda gestionar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de VEINTE
MILLONES DOSCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS
VEINTE Y 00/100 SOLES (S/ 20 209 620,00), a favor de la Municipalidad Distrital de Ate, para financiar seis (06) proyectos de inversión de infraestructura vial, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 30518;

Que, con Memorando Nº 1807-2017-MTC/09, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones hace suyo el Informe Nº 263-2017-MTC/09.03 de su Oficina de Presupuesto, por el cual se emite opinión favorable en materia presupuestal al proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de VEINTE
MILLONES DOSCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS
VEINTE Y 00/100 SOLES (S/ 20 209 620,00) con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 012: Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo Lima y Callao - AATE, a favor de la Municipalidad Distrital de Ate, destinada al financiamiento de los proyectos de inversión a que se refiere el considerando precedente; en mérito de lo cual, a través del Oficio Nº 3050-2017-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de VEINTE MILLONES DOSCIENTOS NUEVE
MIL SEISCIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES (S/ 20
209 620,00), del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 012: Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo Lima y Callao - AATE, a favor del pliego Municipalidad Distrital de Ate, para financiar la ejecución de seis (06)
proyectos de inversión de infraestructura vial;

De conformidad con lo establecido en la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de VEINTE MILLONES DOSCIENTOS
NUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES (S/ 20 209 620,00) del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 012: Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo
Lima y Callao - AATE, a favor del pliego Municipalidad Distrital de Ate, para financiar la ejecución de seis (06)
proyectos de inversión de infraestructura vial, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones
UNIDAD
EJECUTORA 012 : Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo Lima y Callao - AATE
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0138 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad en el Sistema de Transporte PROYECTO 2233850 : Construcción de la Línea 2 y Ramal Av. Faucett - Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao Provincias de Lima y Callao, Departamento de Lima
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 20 209 620,00
------------------- TOTAL EGRESOS 20 209 620,00
===========
A LA: En Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 150103 : Municipalidad Distrital de Ate - Vitarte
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO
RESULTAN EN PRODUCTOS
PROYECTO 2282952 : Mejoramiento de la Av. Pedro Ruiz Gallo entre la Calle Augusto Salaverry y Av. Las Torres, Zona 4, Subzona 1, Distrito de Ate - Lima - Lima
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 2 055 563,00
PROYECTO 2342910 : Mejoramiento de la Av. Alfonso Ugarte, Calle 24 de Octubre y Calle Alcanfores, Entre la Av. Jose Carlos Mariátegui y Av. Nicolas de Piérola, Zona 04 Sub Zona 02, Distrito de Ate - Lima - Lima
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 3 964 178,00
PROYECTO 2342918 : Mejoramiento de la Av. Monteverde entre la Av. Javier Prado Este y Jr. La Florida, Zona 03, Sub Zona 03, Distrito de Ate - Lima - Lima
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 484 546,00
PROYECTO 2342933 : Mejoramiento de la Av. Ferrocarril y la Av. San Juan, Tramo Urbanización Santa Elvira (Limite Rio Surco) y Urbanización Santa Rosita (Límite con el Barrio Rosa Mauel), Sub Zona 01, Zona 03, Distrito de Ate - Lima - Lima
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 6 198 848,00
PROYECTO 2343040 : Mejoramiento de la Av. Urubamba entre la Av. La Mar y la Av. Los Ingenieros, Sub Zona 1, Zona 2, Distrito de Ate - Lima - Lima
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 4 444 987,00
PROYECTO 2343085 : Mejoramiento de la Av. Aragón entre la Av. Huarochirí y la Av. Asturias, Zona 2, Distrito de Ate - Lima - Lima
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 2 061 498,00
------------------- TOTAL EGRESOS 20 209 620,00
===========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Información El pliego habilitado en el presente Decreto Supremo, informará al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, los avances físicos y financieros de la ejecución de los proyectos a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas suscritas, para efectos de las acciones de verificación y seguimiento.

Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
CLAUDIA MARÍA COOPER FORT
Ministra de Economía y Finanzas
BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE
Ministro de Transportes y Comunicaciones

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