11/24/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 335-2017-MIMP Aprueban índices de distribución de los recursos del

Aprueban índices de distribución de los recursos del Programa Vaso de Leche para el Año Fiscal 2018 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 335-2017-MIMP Lima, 22 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 27470 - Ley que establece normas complementarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche, modificado por la Segunda Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30114, señala que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) aprueba, mediante
Aprueban índices de distribución de los recursos del Programa Vaso de Leche para el Año Fiscal 2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 335-2017-MIMP
Lima, 22 de noviembre de 2017
CONSIDERANDO:

Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 27470
- Ley que establece normas complementarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche, modificado por la Segunda Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30114, señala que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) aprueba, mediante resolución ministerial, los índices de distribución de los recursos aplicables a partir del año 2015, que se destinan a financiar el Programa del Vaso de Leche de las municipalidades distritales en el ámbito nacional, debiendo considerar entre los criterios de distribución, principalmente, el índice de pobreza conjuntamente con
el demográfico y de acuerdo con los beneficiarios a ser atendidos;

Que, con Resolución Ministerial Nº 144-2016-MIMP
se aprobó los índices de distribución de los recursos del Programa Vaso de Leche para el Año Fiscal 2017;

Que, mediante Oficio Nº 0597-2017-EF/50.07, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas comunicó al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables el monto presupuestal del Programa del Vaso de Leche en el Presupuesto Inicial de Apertura del Año Fiscal 2018 de los Gobiernos Locales, que se financian con recursos ordinarios, el cual asciende a la suma de TRESCIENTOS SESENTA Y TRES
MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 363 000 000,00), por lo que solicitó la remisión de los índices de distribución;

Que, con Informe Nº 017-2017-MIMP/OGMEPGD, la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada ha señalado que su Oficina de Monitoreo y Evaluación de Políticas ha encontrado limitaciones en la calidad de las fuentes de información utilizadas para la elaboración de los índices de distribución de los recursos del Programa Vaso de Leche para el Año Fiscal 2018, sustentadas en los Informes Nº 013-2017-MIMP/OGMEPGD-OMEP y Nº 18-2017-MIMP/ OGMEPGD-OMEP-JVCH, razón por la cual propone aprobar para el Año Fiscal 2018 los índices de distribución de los recursos del Programa Vaso de Leche que fueron aplicados en el Año Fiscal 2017;

Que, en ese contexto y de acuerdo a los informes técnicos indicados en el considerando precedente, resulta necesario aprobar como índices de distribución de los recursos del Programa Vaso de Leche para el Año Fiscal 2018, aquellos aplicados en el Año Fiscal 2017;

Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27470 - Ley que establece normas complementarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche y modificatorias, el Decreto Legislativo Nº 1098 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar como índices de distribución de los recursos del Programa Vaso de Leche para el Año Fiscal 2018, los mismos que fueron aplicados en el Año Fiscal 2017, los que como Anexo forman parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución y su Anexo sean publicados en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www. mimp.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la Resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA MARÍA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

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