12/28/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1337-2017-IN
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1337-2017-IN Lima, 27 de diciembre de 2017 VISTOS; el Mensaje con Referencia EEG2/77749/ JPA/8, de fecha 11 de diciembre de 2017, de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Madrid, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 483-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 26 de diciembre de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Oficio Nº 443-2017-DIRASINT-PNP/DIVBEC-D.R., de fecha 21 de diciembre de 2017, de la Jefatura de la División de Becas de la Dirección de Asuntos Internacionales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1337-2017-IN
Lima, 27 de diciembre de 2017
VISTOS; el Mensaje con Referencia EEG2/77749/ JPA/8, de fecha 11 de diciembre de 2017, de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Madrid, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 483-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 26 de diciembre de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Oficio Nº 443-2017-DIRASINT-PNP/DIVBEC-D.R., de fecha 21 de diciembre de 2017, de la Jefatura de la División de Becas de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, el Informe Nº 002288-2017/IN/OGAJ, de fecha 26 de diciembre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución Suprema Nº 056-2017-JUS, de fecha 29 de marzo de 2017, el Estado peruano accede a la solicitud de extradición activa del ciudadano marroquí Mimoun Belhaddad, formulada por la Primera Sala Penal para Procesos Ordinarios con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública en la modalidad de Tráfico Ilícito de Drogas (tipo agravado), en agravio del Estado peruano; y disponer su presentación por vía diplomática al Reino de España de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso;
Que, mediante Mensaje con Referencia EEG2/77749/ JPA/8, de fecha 11 de diciembre de 2017, la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Madrid hace de conocimiento de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Lima que se ha concedido la extradición activa del ciudadano marroquí Mimoun Belhaddad, motivo por el cual solicitan los nombres y planes de desplazamiento del personal policial que se va encargar de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado, desde la ciudad de Madrid - Reino de España, hacia territorio peruano;
Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 483-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 26 de diciembre de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Moisés Cárdenas Reynaga y del Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú Gustavo Chuqui Mas, propuestos por la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Lima, del 28 de diciembre de 2017 al 4 de enero de 2018, a la ciudad de Madrid - Reino de España, para que ejecuten la extradición activa antes citada;
Que, teniendo en cuenta que la duración de la comisión de servicios abarca más de un ejercicio presupuestal, el pago de viáticos correspondiente al periodo comprendido del 28 al 31 de diciembre de 2017, se efectúa con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modificatorias, mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, son asumidos por el Poder Judicial del Perú;
Que, en atención al considerando precedente, el Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú a través del Oficio Nº 8007-2017-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE, de fecha 23 de diciembre de 2017, señala que para el año 2018 se cuenta con la disponibilidad presupuestal para la cobertura de viáticos por comisión de servicios al extranjero;
Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios;
Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gastos al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano";
Con la visación de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Moisés Cárdenas Reynaga y del Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú Gustavo Chuqui Mas, del 28 de diciembre de 2017 al 4 de enero de 2018, a la ciudad de Madrid - Reino de España, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe US$ Días Pers. Total US$
Viáticos 540.00 X 3 X 2 = 3,240.00
Artículo 3º.- El otorgamiento de los viaticos por comisión de servicios se hará por los días reales y efectivos en el exterior, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.
Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, deben presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados.
Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS
Ministro del Interior
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