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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 382-2017-PCM Aprueban "Guía Técnica para la Estandarización de Señales de
12/30/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 382-2017-PCM Aprueban "Guía Técnica para la Estandarización de Señales de
Aprueban "Guía Técnica para la Estandarización de Señales de Seguridad en caso de Tsunami: Costa Peruana" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 382-2017-PCM Lima, 29 de diciembre de 2017 VISTOS: El Oficio Nº 2690-2017-INDECI/5.0 del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), y el Memorando Nº 284-2017-PCM/VGT del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 382-2017-PCM
Lima, 29 de diciembre de 2017
VISTOS:
El Oficio Nº 2690-2017-INDECI/5.0 del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), y el Memorando Nº 284-2017-PCM/VGT del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres;
Que, la implementación de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres se logra mediante el planeamiento, organización, dirección y control de las actividades y acciones relacionadas con los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres (Estimación del Riesgo, Prevención del Riesgo, Reducción del Riesgo, Preparación, Respuesta, Rehabilitación y Reconstrucción), y sus respectivos subprocesos;
Que, respecto del proceso de Preparación de la Gestión del Riesgo de Desastres, el artículo 29 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, establece que está constituido por el conjunto de acciones de planeamiento, de desarrollo de capacidades, organización de la sociedad, operación eficiente de las instituciones regionales y locales encargadas de la atención y socorro, establecimiento y operación de la red nacional de alerta temprana y de gestión de recursos, entre otros, para anticiparse y responder en forma eficiente y eficaz, en caso de desastre o situación de peligro inminente, a fin de procurar una óptima respuesta en todos los niveles de gobierno y la sociedad;
Que, conforme lo dispone el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) tiene entre sus funciones, asesorar y proponer a la Presidencia del Consejo de Ministros, en su calidad de ente rector del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), la normativa que asegure procesos técnicos y administrativos que faciliten la preparación, la respuesta y la rehabilitación;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 173-2015-PCM, se aprobó los "Lineamientos para la conformación y funcionamiento de la Red Nacional de Alerta Temprana - RNAT y la Conformación, Funcionamiento y Fortalecimiento de los Sistemas de Alerta Temprana
- SAT"; documento normativo que tiene como objetivo permitir la implementación de la Red Nacional de Alerta Temprana - RNAT, facilitar la conformación y funcionamiento, así como el fortalecimiento de los Sistemas de Alerta Temprana - SAT, en los tres niveles de gobierno, organizaciones comunitarias y sector privado, como parte de los procesos de preparación y respuesta de la Gestión del Riesgo de Desastres;
Que, el propósito de los Sistemas de Alerta Temprana - SAT es monitorear, procesar y sistematizar información sobre peligros previsibles en un área específica, en coordinación con el Centro de Operaciones de Emergencia;
con la finalidad de difundir y alertar a las autoridades y a la población, sobre su proximidad, facilitando la aplicación de medidas anticipadas y una respuesta adecuada para reducir o evitar la pérdida de vidas, y daños materiales y al ambiente. En esa medida, al confirmarse la ocurrencia del peligro, los Sistemas de Alerta Temprana - SAT emiten la comunicación de ALARMA para la ejecución de los planes de contingencia y evacuación de la población a zonas seguras externas debidamente señalizadas;
Que, en el literal k) del numeral 6.1 de los "Lineamientos para la conformación y funcionamiento de la Red Nacional de Alerta Temprana - RNAT y la Conformación, Funcionamiento y Fortalecimiento de los Sistemas de Alerta Temprana - SAT", se dispone que le corresponde al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), entre otras funciones, formular manuales y demás documentos operativos que complementen las disposiciones de los Lineamientos, con la asistencia de las entidades técnico científicas;
Que, en el marco normativo señalado, mediante el Oficio Nº 2690-2017-INDECI/5.0, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) remite un proyecto de "Guía Técnica para la Estandarización de Señales de Seguridad en Caso de Tsunami: Costa Peruana"; elaborado en coordinación con la Dirección de Hidrografía y Navegación (DHN) de la Marina de Guerra del Perú;
Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI)
sustenta el proyecto de Guía Técnica en el Informe Legal Nº 100-2017-INDECI/5.0 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el Memorándum Nº 387-2017/ INDECI/10.1 con el que se remite el Informe Técnico "Guía Técnica para la estandarización de señales de seguridad en caso de Tsunami: Costa Peruana - 2017", de la Dirección de Preparación; y, en el Informe Técnico Nº 014-2017-INDECI/12.1 de la Dirección de Políticas, Planes y Normas;
Que, de acuerdo a los citados documentos, el proyecto de Guía Técnica es producto de talleres de sensibilización y validación de rutas de evacuación y zonas seguras, realizados con la participación de la población y autoridades de las siguientes regiones ubicadas en el litoral peruano:
Piura (Parachique y Puerto Rico), La Libertad (Buenos Aires, Trujillo), Lima (Carquín, Ventanilla, Márquez, Oquendo, La Punta, Magdalena del Mar, Mirafl ores, Chorrillos, Punta Hermosa, Pucusana, Asia), Ica (Tambo de Mora), Arequipa (Caleta Lomas, La Planchada, Atico, Camaná, Quilca, Mejía, Mollendo) y Tacna (Vila Vila);
Que, asimismo, se señala que la Guía Técnica es emitida en la necesidad de contar con un instrumento técnico que facilite estandarizar las señales de advertencia y seguridad en caso de tsunamis; con la finalidad que los gobiernos regionales y/o locales ubicados en la costa peruana, entre otras entidades públicas e instituciones privadas, implementen señales de seguridad en caso de tsunamis a lo largo de las rutas de evacuación y zonas seguras preestablecidas, en salvaguarda de la vida de la población ante la ocurrencia de un tsunami;
Que, la "Guía Técnica para la Estandarización de Señales de Seguridad en Caso de Tsunami: Costa Peruana" propuesta por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), reemplaza la Norma Técnica Hidrográfica "Señalización Preventiva en caso de Tsunamis" (HIDRONAV - 5150), aprobada mediante la Resolución Directoral Nº 023 MGP/DHN de fecha 10 de agosto de 2010, de la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú; emitida con anterioridad a la Ley Nº 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), y su Reglamento;
Que, mediante el Memorándum Nº 284-2017-PCM/VGT
el Viceministerio de Gobernanza T erritorial remite el Informe Nº 029-2017-PCM/DVGT-BLAS, a través del cual se emite opinión favorable sobre el proyecto de "Guía Técnica para la Estandarización de Señales de Seguridad en Caso de Tsunami: Costa Peruana", señalando que se encuentra conforme al marco normativo del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD);
Que, en consecuencia, resulta pertinente aprobar la "Guía Técnica para la Estandarización de Señales de Seguridad en Caso de Tsunami: Costa Peruana", en el marco de la Ley Nº 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, y de los "Lineamientos para la conformación y funcionamiento de la Red Nacional de Alerta Temprana -
RNAT y la Conformación, Funcionamiento y Fortalecimiento de los Sistemas de Alerta T emprana - SAT", aprobados por la Resolución Ministerial Nº 173-2015-PCM;
De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la "Guía Técnica para la Estandarización de Señales de Seguridad en Caso de Tsunami: Costa Peruana", que en Anexo forma parte integrante de la presente resolución ministerial.
Artículo 2.- Dejar sin efecto la Norma Técnica Hidrográfica "Señalización Preventiva en caso de T sunamis" (HIDRONAV - 5150), aprobada por la Resolución Directoral Nº 023 MGP/DHN de fecha 10 de agosto de 2010.
Artículo 3.- El Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), es la entidad encargada de orientar y supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la Guía Técnica, así como absolver consultas sobre los aspectos no contemplados, en el ámbito de su competencia.
Artículo 4.- El Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la Dirección de Hidrografía y Navegación (DHN) de la Marina de Guerra del Perú son las entidades encargadas de realizar la difusión masiva de la Guía Técnica, con la finalidad que se implemente por los Gobiernos Locales y/o Regionales del litoral peruano.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano".
Asimismo, difundir la presente resolución ministerial y la Guía Técnica en los portales institucionales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob. pe), del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) (www.indeci.gob.pe) y de la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú (www.dhn.
mil.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MERCEDES ROSALBA ARÁOZ FERNÁNDEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
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