12/20/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 478-2017-EF/52 Precisan monto de importe adicional a ser depositado por

Precisan monto de importe adicional a ser depositado por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público en la cuenta del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales - FONDES RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 478-2017-EF/52 Lima, 19 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 179-2017-EF, modificado por los Decretos Supremos Nºs 255 y 355-2017-EF, se aprobó el listado de Unidades Ejecutoras de los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, integrantes
Precisan monto de importe adicional a ser depositado por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público en la cuenta del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales - FONDES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 478-2017-EF/52
Lima, 19 de diciembre de 2017
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 179-2017-EF, modificado por los Decretos Supremos Nºs 255 y 355-2017-EF, se aprobó el listado de Unidades Ejecutoras de los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, integrantes del Poder Ejecutivo, comprendidas en los alcances de la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30519, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, así como los montos de sus Saldos de Balance de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados al 31 de diciembre de 2016 que constituyen recursos del Tesoro Público, estableciéndose el procedimiento para el depósito de los mismos a la Cuenta del Tesoro Público;

Que, en el marco de lo dispuesto por el último párrafo del literal f) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el Año Fiscal 2017, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público está autorizada a depositar en la cuenta del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales - FONDES, creado por el artículo 4 de la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de gobiernos regionales y locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, los recursos del Saldo de Balance a que se refiere el Decreto Supremo Nº 179-2017-EF y sus modificatorias, que sean determinados mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, a propuesta de dicha Dirección General en coordinación con la Dirección General de Presupuesto Público;

Que, mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs 291, 346, 400, 418 y 437-2017-EF/52 se determinaron los importes a ser depositados por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público en la cuenta del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales - FONDES, con cargo a los recursos provenientes de los Saldos de Balance a que se refiere el Decreto Supremo Nº 179-2017-EF y sus modificatorias;

Que, la Dirección General de Presupuesto Público ha informado que la proyección de recursos con cargo
al Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales - FONDES asciende a S/ 336
145 849,00 (Trescientos Treinta y Seis Millones Ciento Cuarenta y Cinco Mil Ochocientos Cuarenta y Nueve y 00/100 Soles);

Que, el saldo disponible en la cuenta del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales - FONDES, asciende a S/ 21 577 613,00 (Veintiún Millones Quinientos Setenta y Siete Mil Seiscientos Trece y 00/100 Soles), por lo que resulta necesario efectuar un depósito adicional a favor de dicho Fondo por S/ 314 568
236,00 (Trescientos Catorce Millones Quinientos Sesenta y Ocho Mil Doscientos Treinta y Seis y 00/100 Soles), con cargo a los Saldos de Balance a que se refiere el Decreto Supremo Nº 179-2017-EF y sus modificatorias, a efectos de cubrir la proyección de recursos informada por la Dirección General de Presupuesto Público;

De conformidad con el último párrafo del literal f) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el Año Fiscal 2017, y el inciso n) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 117-2014-EF;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- El importe adicional a ser depositado por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas en la cuenta del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales - FONDES, creado por el artículo 4 de la Ley Nº 30458, con cargo a los recursos provenientes de los Saldos de Balance a que se refiere el Decreto Supremo Nº 179-2017-EF y sus modificatorias, asciende a la suma de S/ 314 568 236,00 (Trescientos Catorce Millones Quinientos Sesenta y Ocho Mil Doscientos Treinta y Seis y 00/100 Soles).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CLAUDIA MARÍA COOPER FORT
Ministra de Economía y Finanzas

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