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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 484-2017-EF/41 Modifican el T exto Único de Procedimientos
12/28/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 484-2017-EF/41 Modifican el T exto Único de Procedimientos
Modifican el T exto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Economía y Finanzas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 484-2017-EF/41 Lima, 22 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 305-2012-EF, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el mismo que ha sido modificado por el Decreto Supremo Nº 190-2016-EF y las Resoluciones Ministeriales Nº 256-2013-EF/41, Nº 194-2014-EF/43, Nº 254-2014-EF/41,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 484-2017-EF/41
Lima, 22 de diciembre de 2017
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 305-2012-EF, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el mismo que ha sido modificado por el Decreto Supremo Nº 190-2016-EF y las Resoluciones Ministeriales Nº 256-2013-EF/41, Nº 194-2014-EF/43, Nº 254-2014-EF/41, Nº 324-2014-EF/41, Nº 389-2016-EF/41 y Nº 280-2017-EF/41;
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1353, que crea la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, fortalece el Régimen de Protección de Datos Personales y la regulación de la gestión de intereses, se establece el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública como el órgano resolutivo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que constituye la última instancia administrativa en materia de transparencia y derecho al acceso a la información pública a nivel nacional, y se modifica, entre otros, el artículo 1 1 de la Ley Nº 27806, en lo concerniente al plazo para el otorgamiento de la información, así como en lo relacionado con la autoridad ante la cual debe interponerse el recurso de apelación;
Que, el artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1353, aprobado con Decreto Supremo Nº 019-2017-JUS, establece que lo resuelto por el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública es de obligatorio cumplimiento y constituye precedente vinculante en materia de transparencia y acceso a la información pública, siempre que esta circunstancia se señale en la misma resolución, la que debe ser publicada de acuerdo a ley;
Que, de acuerdo con el literal g) del artículo 48 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del MEF, aprobado con Decreto Supremo Nº 117-2014-EF, la Oficina de Planificación y Modernización de la Gestión de la Oficina General de Planificación y Presupuesto tiene entre sus funciones formular, proponer, evaluar y actualizar los documentos normativos de gestión institucional de este Ministerio, tales como el TUPA, entre otros;
Que, en dicho contexto, la mencionada Oficina en coordinación con la Oficina de Gestión Documental y Atención al Usuario de la Oficina General de Servicios al Usuario, plantea la modificación del procedimiento
administrativo Nº 1 "Acceso a la información que produzca o posea el MEF" del TUPA del MEF, en lo concerniente a la base legal que respalda el procedimiento, al plazo para resolver, así como a la instancia de resolución del recurso de apelación y su respectivo Formulario Nº 1, en el marco de las nuevas disposiciones legales correspondientes;
Que, el numeral 43.5 del artículo 43 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, establece que toda modificación del TUPA, que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derecho de tramitación o requisitos, debe realizarse por resolución ministerial del sector;
Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar la modificación del TUPA del MEF, aprobado con Decreto Supremo Nº 305-2012-EF y sus modificatorias, en lo concerniente al procedimiento administrativo Nº 1 "Acceso a la Información que produzca o posea el MEF"; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1353, que crea la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, fortalece el Régimen de Protección de Datos Personales y la regulación de la gestión de intereses;
el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, que aprueba los lineamientos para elaboración y aprobación de TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; el Decreto Supremo Nº 117-2014-EF , Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Decreto Supremo Nº 019-2017-JUS, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1353, que crea la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, fortalece el Régimen de Protección de Datos Personales y la regulación de la gestión de intereses;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado con Decreto Supremo Nº 305-2012-EF y sus modificatorias, en lo concerniente al procedimiento administrativo Nº 1 "Acceso a la Información que produzca o posea el MEF" y el Formulario Nº 1", los mismos que quedan redactados conforme a los anexos que forman parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Publicar la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", debiendo publicar sus anexos en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www. servicioalciudadano.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CLAUDIA MARÍA COOPER FORT
Ministra de Economía y Finanzas
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