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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 482-2017-VIVIENDA Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo
12/28/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 482-2017-VIVIENDA Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo
Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 482-2017-VIVIENDA Lima, 27 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 482-2017-VIVIENDA
Lima, 27 de diciembre de 2017
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional;
asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana;
ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias;
Que, en el marco de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante Resolución Ministerial Nº 426-2016-VIVIENDA, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 037:
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA
Y TRES MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL
CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 6 233 715 495,00);
Que, el inciso v) del literal a) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza de manera excepcional en el presente año fiscal la realización de transferencias financieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el Fondo MIVIVIVENDA S.A.; las mismas que según el numeral 15.2 de dicho artículo se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el Diario Oficial El Peruano;
Que, el 25 de setiembre de 2017, el MVCS y el Fondo MIVIVIENDA S.A., celebran el Convenio Nº 003-2017-VIVIENDA, para la ejecución del Bono Familiar Habitacional - BFH en las modalidades de aplicación de Construcción en Sitio Propio, Mejoramiento de Vivienda y Adquisición de Vivienda Nueva; hasta por el monto de CIENTO SETENTA Y CUATRO MILLONES
NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CINCUENTA
Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 174'978 053.00); y mediante la Primera, Segunda, Tercer y Cuarta Adenda al referido Convenio, se incrementa la disponibilidad de recursos para la ejecución del BFH, hasta por la suma de
SEISCIENTOS VEINTICINCO MILLONES SETENTA Y
NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES (S/ 625'079 960.00);
Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 050, 119, 185, 244 y Nº 311-2017-VIVIENDA se autorizan las Transferencias Financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de
SEISCIENTOS VEINTICINCO MILLONES SETENTA Y
NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES (S/ 625'079 960.00), en la Fuente de Financiamiento 1:
Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del BFH;
Que, mediante la Quinta Adenda al Convenio Nº 003-2017-VIVIENDA, se incrementa la disponibilidad de recursos para financiar la ejecución del BFH en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio en TREINTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS
DOCE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE Y
00/100 SOLES (S/ 34'412 969.00); es decir, hasta la suma de SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE
MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL
NOVECIENTOS VEINTINUEVE (S/ 659'492 929.00);
Que, mediante Memorándum Nº 1622-2017-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento comunica la suscripción de la Quinta Adenda al Convenio Nº 003-2017-VIVIENDA antes referida, y propone gestionar el dispositivo legal que autoriza la Transferencia Financiera hasta por la suma de TREINTA
Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS DOCE MIL
NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 34 412 969,00), a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., en el marco de lo establecido por el artículo 15 de la Ley
Nº 30518;
Que, con Memorando Nº 2370-2017/VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hace suyo el Informe Nº 359-2017/VIVIENDA-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, a través del cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria, y propone un proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento -
Administración General, Programa Presupuestal 0059: Bono Familiar Habitacional, Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de TREINTA Y CUATRO
MILLONES CUATROCIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS
SESENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 34 412 969,00)
en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio, para lo cual, se ha suscrito la Quinta Adenda al Convenio Nº 003-2017-VIVIENDA;
precisando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva;
Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso v) del literal a), numeral 15.1 del artículo 15, de la Ley Nº 30518, resulta necesario aprobar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de TREINTA
Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS DOCE MIL
NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 34 412 969,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2017; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA
y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A.
Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento -
Administración General, hasta por la suma TREINTA
Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS DOCE MIL
NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 34 412 969,00), en la Fuente de Financiamiento 1:
Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA
S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio.
Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, Programa Presupuestal 0059: Bono Familiar Habitacional, Producto 3000129: Familias de Bajos Recursos Aptas para Acceder a Vivienda de Interés Social en Condiciones Adecuadas, en la Actividad 5004336: Asignación del Bono Familiar Habitacional para Construcción en Sitio Propio, en la Genérica del Gasto 4:
Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, bajo responsabilidad, no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos, conforme lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y el Convenio Nº 003-2017-VIVIENDA y su Quinta Adenda.
Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para lo cual se realiza la Transferencia Financiera, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, el Convenio Nº 003-2017-VIVIENDA y su Quinta Adenda.
Artículo 5.- Información El Fondo MIVIVIENDA S.A. informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de las actividades a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y lo establecido en el Convenio Nº 003-2017-VIVIENDA y su Quinta Adenda.
Artículo 6.- Publicación y Difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano" y su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS BRUCE
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
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