12/20/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 614-2017-PRODUCE Dejan sin efecto designación de representante del sector

Dejan sin efecto designación de representante del sector privado vinculado a la cadena productiva, como miembro y Presidente del Comité Directivo conformado mediante el artículo 2 de la R.M. Nº 512-2017-PRODUCE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 614-2017-PRODUCE Lima, 19 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, el artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, señala que los CITE Públicos deben contar, entre otros, con
Dejan sin efecto designación de representante del sector privado vinculado a la cadena productiva, como miembro y Presidente del Comité Directivo conformado mediante el artículo 2 de la R.M. Nº 512-2017-PRODUCE
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 614-2017-PRODUCE
Lima, 19 de diciembre de 2017
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva
y Transferencia Tecnológica - CITE, señala que los CITE Públicos deben contar, entre otros, con un Comité Directivo; y que el Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP puede disponer que un Comité Directivo tenga bajo su ámbito más de un CITE
sobre la base de criterios de territorialidad o especialidad;

Que, el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia T ecnológica - CITE, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, establece en su artículo 19 que el Comité Directivo de los CITE
Públicos es designado por Resolución Ministerial del sector, y está conformado por un máximo de siete (07) miembros, un (01) representante del Ministerio de la Producción, un (01)
representante del ITP y representantes del sector privado vinculado a la cadena productiva; asimismo, dispone que el Ministerio de la Producción designa al presidente del Comité Directivo de los CITE Públicos, con excepción de lo dispuesto en el Título III del Decreto Legislativo Nº 1228;

Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 512-2017-PRODUCE, se conforma el Comité Directivo del Centro de Innovación Tecnológica Pesquero - CITEpesquero, Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Ilo - CITEpesquero Ilo y Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Piura - CITEpesquero Piura, el cual está integrado, entre otros, por el señor Elie Oscar Barsimantov Diez, representante del sector privado vinculado a la cadena productiva, quien lo preside;

Que, debido a la imposibilidad del señor Elie Oscar Barsimantov Diez, de asumir la presidencia del Comité Directivo señalado en el considerando precedente, es necesario emitir el acto que deje sin efecto su designación como miembro y Presidente de dicho Comité Directivo;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE
y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias;
el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; y el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dejar sin efecto la designación del señor Elie Oscar Barsimantov Diez, representante del sector privado vinculado a la cadena productiva, como miembro y Presidente del Comité Directivo conformado mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 512-2017-PRODUCE.

Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al Instituto Tecnológico de la Producción - ITP y a la persona citada en el artículo precedente, para los fines pertinentes.

Artículo 3.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN
Ministro de la Producción

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