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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 629 -2017-PRODUCE Modifican resolución ministerial en el extremo de
12/29/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 629 -2017-PRODUCE Modifican resolución ministerial en el extremo de
Modifican resolución ministerial en el extremo de autorizar transferencias financieras a favor de diversas entidades públicas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 629 -2017-PRODUCE Lima, 27 de diciembre de 2017 VISTOS: el Oficio 523-2017-PRODUCE/INNÓVATE PERU.CE del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando Nº 1673-2017-PRODUCE/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Nº 712-2017-PRODUCE/OGPPM-OP, de la Oficina de Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 629 -2017-PRODUCE
Lima, 27 de diciembre de 2017
VISTOS: el Oficio 523-2017-PRODUCE/INNÓVATE
PERU.CE del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando Nº 1673-2017-PRODUCE/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Nº 712-2017-PRODUCE/OGPPM-OP, de la Oficina de Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante la Resolución Ministerial Nº 475-2016-PRODUCE, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Pliego 038: Ministerio de la Producción correspondiente al Año Fiscal 2017;
Que, la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza para el presente Año Fiscal al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra el citado Programa, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al incremento de la productividad, a través del impulso al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación; precisando que dichas transferencias financieras y subvenciones se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción y se publican en el Diario Oficial El Peruano, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, requiriéndose el informe favorable previo de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces;
Que, la citada Disposición Complementaria Final, señala que el Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos; los que, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autoriza su transferencia u otorgamiento, según corresponda; y que mediante resolución de su titular, deberán establecerse los mecanismos para la rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a las personas naturales y jurídicas privadas, así como para la evaluación por parte del sector sobre los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas en el marco de lo señalado anteriormente;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 157-2012-EF
se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de US$ 35 000 000,00 (TREINTA Y CINCO MILLONES
CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el "Proyecto de Innovación para la Competitividad"; suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de dicho Decreto Supremo, el Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 214-2017- PRODUCE, se autorizan las transferencias financieras a favor de entidades públicas, por la suma de S/ 1 288
015,17 (UN MILLÓN DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO
MIL QUINCE Y 17/100 SOLES), correspondiendo la suma de S/ 780 355,14 a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; y, la suma de S/ 507 680,03 a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, destinados a cofinanciar diversos instrumentos en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 387-2017- PRODUCE, se autorizan las transferencias financieras a favor de entidades públicas, por la suma de S/ 1 319
873,13 (UN MILLÓN TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL
OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES Y 13/100 SOLES), correspondiendo la suma de S/ 586 203,33 a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; y, la suma de S/ 733 669,80 a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, destinados a cofinanciar diversos instrumentos en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 577-2017- PRODUCE, se autorizan las transferencias financieras a favor de entidades públicas, por la suma de S/ 3 973
281,73 (TRES MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y
TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO Y 73/100
SOLES), correspondiendo la suma de S/ 951 110,81 a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; y, la suma de S/ 3 022 170,92 a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, destinados a cofinanciar diversos instrumentos en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE;
Que, a través del Oficio Nº 523-2017-PRODUCE/ INNÓVATE PERU.CE el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad remite a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº 116-2017-PRODUCE/INNÓVATEPERU/UPEG, de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, en el cual concluye que se ha determinado que existen saldos de libre disponibilidad de las Resoluciones Ministeriales citadas en los considerandos anteriores, por la suma de S/ 101 815,99 (CIENTO UN MIL OCHOCIENTOS QUINCE
Y 99/100 SOLES), obtenidos como consecuencia de: i)
Desembolsos realizados menores a los autorizados por Resoluciones Ministeriales; y, ii) Desembolsos autorizados por Resoluciones Ministeriales reprogramadas al siguiente ejercicio;
Que, en ese sentido, el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad solicita modificar el artículo 1 y anexos únicos de las Resoluciones Ministeriales Nos. 214, 387
y 577-2017-PRODUCE, indicando los nuevos montos a ser autorizados para efectuar las transferencias financieras a favor de entidades públicas, en las fuentes de financiamiento de Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, destinadas a cofinanciar la ejecución de proyectos en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE;
Que, por Memorando Nº 1673-2017-PRODUCE/ OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe Nº 712-2017-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestal sobre la modificación del artículo 1 y anexos únicos de las Resoluciones Ministeriales Nos. 214, 387 y 577-2017-PRODUCE, a fin que las autorizaciones de las transferencias financieras a favor de entidades públicas, se ejecuten por el presupuesto total de S/ 6 479 354,04 (SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y
NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y
04/100 SOLES), correspondiendo la suma de S/ 2 225
796,98 (DOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO
MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 98/100 SOLES)
a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios;
y, la suma de S/ 4 253 557,06 (CUATRO MILLONES
DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS
CINCUENTA Y SIETE Y 06/100 SOLES) a la fuente de financiamiento de Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y modificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación de la Resolución Ministerial Nº 214-2017-PRODUCE
Modificar el artículo 1 y el Anexo Único de la Resolución Ministerial Nº 214-2017-PRODUCE, en el extremo de autorizar las transferencias financieras a favor de entidades públicas, hasta por la suma total de
S/ 1 265 695,17 (UN MILLÓN DOSCIENTOS SESENTA Y
CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 17/100
SOLES), correspondiendo el monto de S/ 758 015,14 (SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL QUINCE Y
14/100 SOLES) a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y el monto de S/ 507 680,03 (QUINIENTOS
SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y 03/100 SOLES)
a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, destinadas a financiar los desembolsos a doce (12) entidades para la ejecución de proyectos en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/ OC-PE, según el Anexo Nº 01 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Modificación de la Resolución Ministerial Nº 387-2017-PRODUCE
Modificar el artículo 1 y el Anexo Único de la Resolución Ministerial Nº 387-2017-PRODUCE, en el extremo de autorizar las transferencias financieras a favor de entidades públicas, hasta por la suma total de
S/ 1 309 019,13 (UN MILLÓN TRESCIENTOS NUEVE
MIL DIECINUEVE Y 13/100 SOLES), correspondiendo el monto de S/ 575 349,33 (QUINIENTOS SETENTA Y
CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y
33/100 SOLES) a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y el monto de S/ 733 669,80 (SETECIENTOS
TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y
NUEVE Y 80/100 SOLES) a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, destinadas a financiar los desembolsos a nueve (09)
entidades para la ejecución de proyectos en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE, según el Anexo Nº 02 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Modificación de la Resolución Ministerial Nº 577-2017-PRODUCE
Modificar el artículo 1 y el Anexo Único de la Resolución Ministerial Nº 577-2017-PRODUCE, en el extremo de autorizar las transferencias financieras a favor de entidades públicas, hasta por la suma total de
S/ 3 904 639,74 (TRES MILLONES NOVECIENTOS
CUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE
Y 74/100 SOLES), correspondiendo el monto de
S/ 892 432,51 (OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL
CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS Y 51/100 SOLES)
a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y el monto de S/ 3 012 207,23 (TRES MILLONES DOCE
MIL DOSCIENTOS SIETE Y 23/100 SOLES) a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, destinadas a financiar los desembolsos a dieciséis (16) entidades para la ejecución de proyectos en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE, según el Anexo Nº 03 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 4.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o quien haga las veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.
Artículo 5.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 6.- Publicación Disponer que los Anexos Nº 01, 02 y 03 a que se refieren los artículos 1, 2 y 3 de la presente Resolución Ministerial, se publiquen en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN
Ministro de la Producción
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