Inicio
Últimas normas legales
RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO N° 004-2018-APN/DIR Disponen la prepublicación de proyecto de
1/31/2018
RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO N° 004-2018-APN/DIR Disponen la prepublicación de proyecto de
Disponen la prepublicación de proyecto de modificación de la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 044-2017-APN/DIR, que aprobó la "Norma Técnica sobre Protección Portuaria" en la página web institucional RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 004-2018-APN/DIR Callao, 19 de enero de 2018 VISTOS: El Informe Técnico No. 002-2018-APN/UPS, de fecha 09 de enero de 2018 de la Unidad de Protección y Seguridad y el Informe Legal No. 048-2018-APN/UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica, de fecha 12 de enero de 2018,
RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 004-2018-APN/DIR
Callao, 19 de enero de 2018
VISTOS:
El Informe Técnico No. 002-2018-APN/UPS, de fecha 09 de enero de 2018 de la Unidad de Protección y Seguridad y el Informe Legal No. 048-2018-APN/UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica, de fecha 12 de enero de 2018, mediante los cuales se considera técnica y legalmente viable la modifica de la "Norma Técnica sobre Protección Portuaria" aprobada por RAD No. 044-2017-APN/DIR, recomendando su prepublicación;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 19 de la Ley No. 27943 - Ley del Sistema Portuario Nacional, crea la Autoridad Portuaria Nacional (APN), como Organismo Técnico Especializado encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio, y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, y financiera, y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones;
Que, el artículo 33 de la Ley del Sistema Portuario señala que las administraciones portuarias implantan sistemas de seguridad integral en los puertos bajo su administración, la seguridad del recinto y sus instalaciones y la prevención de daños al medio ambiente, conforme la legislación sobre la materia;
Que, el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de la APN, aprobado mediante Decreto Supremo No. 034-2004-MTC, establece que es una atribución y función del Directorio, aprobar y modificar otros documentos técnicos normativos de gestión institucional, propuestos por el Gerente General de la APN;
Que, según el artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la APN, el presidente del Directorio ejerce la representación oficial de la APN y suscribe en representación del Directorio las resoluciones que se emitan, sin perjuicio de las delegaciones que se acuerden;
Que, el numeral 6 de la norma señalada en el considerando anterior establece que son atribuciones y funciones del presidente del Directorio, entre otras, ejercer las facultades especiales que el Directorio le delegue.
Asimismo, que el numeral 20 del artículo 7º del mismo Reglamento señala que el Directorio de la APN puede delegar el ejercicio de sus funciones en el Presidente del Directorio o en el Gerente General;
Que, mediante Informe Técnico No. 002-2018-APN/ UPS, la Unidad de Protección y Seguridad (UPS) remite el proyecto de modificaciones a la "Norma Técnica sobre Protección Portuaria" aprobada por RAD No. 044-2017-APN/DIR. Al respecto, UPS propone modificar el numeral 6.1 del artículo 6, respecto a la designación de Oficiales de Protección de la Instalación Portuaria (OPIP´S); asimismo, se plantea la modificación del numeral 6.2 del referido artículo respecto a los cursos portuarios establecidos por la APN; adicionalmente, recomienda retirar el numeral VIII del artículo 6. Respecto al numeral 7.2 del artículo 7, se ha modificado el número total de horas semanales de trabajo de los agentes de protección portuaria. Asimismo, se requiere modificar el literal e) del numeral 15.2 del artículo 15, respecto a la carga horaria del curso del literal d), del referido artículo. Por otro lado, se recomienda la modificación del numeral 28.2 del artículo 28 de la referida norma técnica, Finalmente, se plantea la modificación del Anexo 4 respecto a los Procedimientos Contenidos en el
MAPROP;
Que, a través del Informe Legal No. 048-2018-APN/ UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ) señala que es legalmente viable la modificación de la "Norma Técnica sobre Protección Portuaria" aprobado por RAD No.
044-2017-APN/DIR y recomienda que en atención a lo establecido en el artículo 14 del Decreto Supremo No.
001-2009-JUS, las modificaciones a la referida norma deben ser prepublicadas;
Que, en la Sesión de Directorio No. 451 del martes 16 de enero de 2018, el Directorio de la APN aprobó la modificación de la Resolución de Acuerdo de Directorio No. 044-2017-APN/DIR de fecha 26 de julio de 2017, disponiéndose su prepublicación, facultando al Presidente del Directorio la emisión de la resolución que corresponda;
Que, a efectos de materializar el acuerdo adoptado por el Directorio de la APN, resulta necesario emitir el acto administrativo correspondiente, a través del cual aprueba la prepublicación de la modificación de la Resolución de Acuerdo de Directorio No 044-2017-APN/DIR de fecha 26 de julio de 2017, que aprobó la "Norma Técnica sobre Protección Portuaria";
Que, de conformidad con la Ley Nº 27943 - Ley del Sistema Portuario Nacional y su respectivo reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Portuaria Nacional, aprobado con Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC y el Acuerdo de Directorio del Visto;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el proyecto de modificación de la Resolución de Acuerdo de Directorio No. 044-2017-APN/ DIR de fecha 26 de julio de 2017, que aprobó la "Norma Técnica sobre Protección Portuaria", el mismo que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2º.- Disponer que la Unidad de Relaciones Institucionales de la Autoridad Portuaria Nacional efectúe la prepublicación del proyecto de modificación de la Resolución de Acuerdo de Directorio No. 044-2017-APN/ DIR de fecha 26 de julio de 2017 que aprobó la "Norma Técnica sobre Protección Portuaria", el mismo que se encuentra contenido en la matriz que se adjunta al presente, en el Diario Oficial "El Peruano" y en la página web de la Autoridad Portuaria Nacional, www.apn.gob. pe, a efectos de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de la ciudadanía en general, durante el plazo de treinta (30) días, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 3º.- Designar al señor Luis Elías García Lumbreras, Jefe de la Unidad de Protección y Seguridad de la Autoridad Portuaria Nacional, para que acopie y compile todas las observaciones y comentarios que realice la comunidad portuaria y personas interesadas, así como elabore la matriz correspondiente y proponga los cambios o modificaciones necesarias al proyecto de RAD señalada en el artículo 1 de la presente resolución;
en ese sentido, se habilita el correo electrónico: lgarcia@
apn.gob.pe, para que por intermedio de ello, se hagan llegar las observaciones y comentarios respectivos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDGAR PATIÑO GARRIDO
Presidente del Directorio
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)