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RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA N° 112-2017-CO-UNAB Aprueban Texto Único de Procedimientos
1/03/2018
RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA N° 112-2017-CO-UNAB Aprueban Texto Único de Procedimientos
Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Universidad Nacional de Barranca (TUPA) 2017 UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA COMISIÓN ORGANIZADORA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 112-2017-CO-UNAB Barranca, 4 de abril del 2017 VISTO: El INFORME Nº 061-2017-DIGA/UNAB/MCP de fecha 04 de abril del 2017, del Director General de Administración, sobre aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado
RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 112-2017-CO-UNAB
Barranca, 4 de abril del 2017
VISTO:
El INFORME Nº 061-2017-DIGA/UNAB/MCP de fecha 04 de abril del 2017, del Director General de Administración, sobre aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA);
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado en su Artículo 18º y el Artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establecen que las universidades tienen autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico;
Que, por Ley Nº 29553 promulgada el 06 de julio de 2010 se crea la Universidad Nacional de Barranca (UNAB), con domicilio en la ciudad de Barranca, Distrito y Provincia de Barranca, del Departamento de Lima;
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 046-2016-MINEDU, se ha reconformado la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca;
Que, el Artículo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que todas las entidades elaboran y aprueban, según el caso, su Texto Único de Procedimientos Administrativos;
Que, mediante Proveído 1501-2017 DIGA, el Director General de Administración remite al Director General de Asesoría Jurídica el proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), quien con la OPINIÓN LEGAL Nº 0048-2017-DOGAJ-UNAB, de fecha 30 de marzo del 2017, precisa que el contenido del Proyecto del TUPA cumple con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento, Decreto Legislativo Nº 1272, Decreto Legislativo Nº 1272, Decreto Legislativo que modifica la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General y Deroga la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo; Decreto Legislativo Nº 1246, Decreto Legislativo que aprueba diversas Medidas de Simplificación Administrativa;
Que, mediante Memorando Nº 042-2017-UNAB/ OGPD, de fecha 03 de abril del 2017, el Director General de Planeamiento y Desarrollo deriva al Director General de Administración el Informe Técnico del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA-2017, para su remisión a la Alta Dirección y su correspondiente aprobación en concordancia con la norma vigente;
Que, mediante el Informe Nº 061-20178-DIGA/UNAB/ MCP, de fecha 04 de abril del 2017, el Director General de Administración eleva a la Presidencia el proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA- 2017 de nuestra Casa Superior de Estudios, solicitando su aprobación vía Acto Resolutivo del Pleno de la Comisión Organizadora;
Que, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca en Sesión Extraordinaria del 04 de abril del 2017, acordó aprobar el TEXTO ÚNICO
DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA (TUPA) 2017, por los fundamentos esgrimidos en la presente Resolución;
Estando a lo expuesto en los considerandos precedentes, la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, la Ley Nº 29553, de creación de la UNAB, el Estatuto de la UNAB y la Resolución Viceministerial Nº 046-2016-MINEDU, que designa a la Dra. Inés Miriam Gárate Camacho, como Presidenta de la Comisión Organizadora de la UNAB; quien hace de Rectora de esta Casa Superior de estudios, dirige la actividad académica de la Universidad y su gestión administrativa, económica y financiera; y demás normas conexas;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- APROBAR el TEXTO ÚNICO DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA (TUPA)
2017, que en ciento sesenta y uno (161) folios forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- DEJAR SIN EFECTO legal todo Acto Resolutivo que se oponga o contradiga a la presente Resolución.
Artículo 3º.- ENCARGAR al Responsable del Portal de Transparencia para su publicación en el Portal Institucional de la Universidad Nacional de Barranca.
Artículo 4º.- NOTIFICAR la presente Resolución a las dependencias e instancias correspondientes de la Universidad Nacional de Barranca para su conocimiento, cumplimiento y fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
INÉS MIRIAM GÁRATE CAMACHO
Presidenta de la Comisión Organizadora
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