1/04/2018

RESOLUCIÓN N° 2825-CU-2017 Rectifican la referencia de la Res. N° 2700-CU-2017 de la Universidad

Rectifican la referencia de la Res. Nº 2700-CU-2017 de la Universidad Nacional del Centro del Perú UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU RESOLUCIÓN Nº 2825-CU-2017 Huancayo, 30 de octubre de 2017 EL CONSEJO UNIVERSITDE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU; CONSIDERANDO: Que, el Artículo II de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, sobre Contenido-La presente Ley regula las actuaciones de la función administrativa del Estado y el procedimiento administrativo
Rectifican la referencia de la Res. Nº 2700-CU-2017 de la Universidad Nacional del Centro del Perú UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU
RESOLUCIÓN Nº 2825-CU-2017
Huancayo, 30 de octubre de 2017
EL CONSEJO UNIVERSITDE LA UNIVERSIDAD
NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo II de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, sobre Contenido-La presente Ley regula las actuaciones de la función administrativa del Estado y el procedimiento administrativo común desarrollados en las entidades;

Que, el Artículo IV de la Ley Nº 27444, sobre principios del procedimiento precisa: Principio de impulso de oficio-Las autoridades deben dirigir e impulsar de oficio el procedimiento y ordenar la realización o práctica de los actos que resulten convenientes para el esclarecimiento y resolución de las cuestiones necesarias;

Que, mediante Resolución Nº 2700-CU-2017 de fecha 05 de octubre 2017, se resuelve autorizar el Viaje del Dr.

Aníbal Cirilo Peña Rojas, para participar con la ponencia "Prediction of coagulant dose for Drinking Wáter Treatment by Artificial Neural Networks Huancayo- Perú" en el Water and Development Congess & Exibitation a realizarse en Buenos Aires-Argentina del 13 al 16 de noviembre 2017;
y se le otorga la subvención económica correspondiente;

Que, del Maestro de administrativos y docentes de la universidad, se desprende que los nombres y apellidos del docente son: ANIEVAL CIRILO PEÑA ROJAS, debiéndose hacer la corrección de la resolución;

Que, el Artículo 201º Capítulo I, de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General que dice "El error material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión"; y De conformidad al Artículo 30º inciso u) del Estatuto Universitario y a las atribuciones conferidas por las normas legales vigentes;

RESUELVE:

1º RECTIFICAR la referencia de la Resolución Nº 2700-CU-2017 de fecha 05 de octubre 2017, solo en lo que respecta al primer nombre correcto del docente beneficiario; debiendo quedar como sigue:

DICE: Dr. Aníbal Cirilo Peña Rojas DEBE DECIR: "Dr. Anieval Cirilo Peña Rojas"
2º QUEDAN vigentes los demás términos de la Resolución Nº 2700-CU-2017.

3º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Dirección General de Administración, a través de las oficinas generales, oficinas y unidades correspondientes.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

MOISÉS RONALD VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS
Rector
HUGO RÓSULO LOZANO NÚÑEZ
Secretario General

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