Inicio
Últimas normas legales
DECRETO SUPREMO N° 003-2018-VIVIENDA que declara de Interés Nacional la realización de las XXXVIII
2/01/2018
DECRETO SUPREMO N° 003-2018-VIVIENDA que declara de Interés Nacional la realización de las XXXVIII
Decreto Supremo que declara de Interés Nacional la realización de las XXXVIII Jornadas Sudamericanas de Ingeniería Estructural - Lima 2018 DECRETO SUPREMO Nº 003-2018-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, las Jornadas Sudamericanas de Ingeniería Estructural, son reuniones de carácter científico, con desarrollo en el orden de la tecnología de la construcción y el mercado de la construcción; asimismo las citadas Jornadas congregan a las y los profesionales de la ingeniería civil más importantes;
DECRETO SUPREMO Nº 003-2018-VIVIENDA
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, las Jornadas Sudamericanas de Ingeniería Estructural, son reuniones de carácter científico, con desarrollo en el orden de la tecnología de la construcción y el mercado de la construcción; asimismo las citadas Jornadas congregan a las y los profesionales de la ingeniería civil más importantes; siendo su objeto divulgar los trabajos de investigación realizados en materia de Ingeniería Estructural en los últimos dos años a nivel mundial;
Que, en las Jornadas Sudamericanas de Ingeniería Estructural, se reúnen empresas vinculadas con la producción y comercialización de equipos para la construcción, materiales de construcción y productos de última generación;
Que, durante la realización de las XXXVII Jornadas Sudamericanas de Ingeniería Estructural, que se llevaron a cabo del 02 al 04 de noviembre del año 2016, en la ciudad de Asunción - Paraguay, se otorgó a la ciudad de Lima, República del Perú la sede de las Jornadas Sudamericanas de Ingeniería Estructural, las mismas que se llevarán a cabo del 24 al 26 de octubre de 2018;
Que, la organización del evento denominado XXXVIII
Jornadas Sudamericanas de Ingeniería Estructural - Lima 2018, se encuentra a cargo del Colegio de Ingenieros del Perú - Consejo Departamental Lima, siendo que el objetivo y la temática del mismo recae dentro de las competencias del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; cabe indicar que el desarrollo del evento permitirá contar con un nuevo espacio para la discusión de las materias vinculadas al Sector Construcción y a la exhibición de nuevas tecnologías; permitiendo congregar a profesionales de nivel sudamericano, lo que redundará en beneficios para este Sector en el desarrollo de sus funciones, así como para los actores involucrados;
Que, el citado evento se encuentra vinculado al Sector Construcción pues coadyuvará a la actualización de las normas contenidas en el Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobadas por Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA y modificatorias, entre ellas, las NTE.
E.020 Cargas, la E.030 Diseño Sismorresistente, la E.050
Suelos y Cimentaciones, la E.060 Concreto Armado, la E.070 Albañilería, la E.080 Diseño y Construcción con Tierra Reforzada, la E.090 Estructuras Metálicas y la E100 Bambú, acorde a las innovaciones tecnológicas que presenten las diversas instituciones, que participen en el evento;
Que, la actualización de las citadas nomas contenidas en el Reglamento Nacional de Edificaciones aprobadas por Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA y modificatorias contribuye a garantizar la seguridad de las personas, la calidad de vida y la protección del medio ambiente, a través de la satisfacción de las condiciones de seguridad, funcionalidad, habitabilidad y adecuación al entorno y protección del medio ambiente, lo que resulta de gran importancia, puesto que se verá refl ejado en una mayor seguridad en las construcciones al dotar de espacios adecuados para el desarrollo de las actividades humanas, buscando asegurar la salud, integridad y la vida de las personas que habitan una edificación o concurren a los espacios públicos;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 111-2012-PCM
se incorpora la Política Nacional de Gestión del Riesgo
de Desastres como Política Nacional de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, y dispone que sea de alcance para todas las entidades públicas, en todos los niveles de gobierno, señaladas en el artículo 5 del Título II de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, por lo tanto, resulta de interés nacional, se articulen esfuerzos que permitan su cumplimiento;
Que, la citada Política Nacional, considera como Objetivo 2 el fortalecimiento del desarrollo de capacidades en todas las instancias del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, para la toma de decisiones en los tres niveles de Gobierno, y el numeral 2.6 del citado Objetivo establece la obligación de promover la realización de actividades académicas para el desarrollo de capacidades y la asistencia técnica en materia de Gestión del Riesgo de Desastres, a las autoridades, funcionarias/os y especialistas responsables de la gestión técnica y administrativa de las instituciones que conforman el SINAGERD, en consecuencia, con el desarrollo de las Jornadas Sudamericanas de Ingeniería Estructural se contribuye al cumplimiento del citado objetivo;
Que, la Ley Nº 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional, tiene por objeto facilitar los trámites aduaneros y el ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional mediante Decreto Supremo por el Poder Ejecutivo, conforme a los términos establecidos en el literal d) del artículo 2 de la referida Ley;
Que, la realización de las XXXVIII Jornadas Sudamericanas de Ingeniería Estructural - Lima 2018, implica que las empresas extranjeras ingresen temporalmente al país bienes para su exposición durante el evento, así como el ingreso de las y los participantes, siendo necesario que se encuentren comprendidos en los alcances de la citada Ley Nº 29963;
Que, por lo expuesto, resulta conveniente declarar de interés nacional la realización de las XXXVIII Jornadas Sudamericanas de Ingeniería Estructural - Lima 2018, a llevarse a cabo en la ciudad de Lima, República del Perú, del 24 al 26 de octubre de 2018;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 24 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y la Ley Nº 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.- Declaración de Interés Nacional Declárase de Interés Nacional la realización de las XXXVIII Jornadas Sudamericanas de Ingeniería Estructural - Lima 2018 a llevarse a cabo en la ciudad de Lima, República del Perú, del 24 al 26 de octubre de 2018.
Artículo 2.- Financiamiento del evento El financiamiento de las XXXVIII Jornadas Sudamericanas de Ingeniería Estructural - Lima 2018
está a cargo exclusivamente del Colegio de Ingenieros del Perú, en su calidad de responsable del evento.
Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta y un días del mes de enero del año dos mil dieciocho
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
CARLOS RICARDO BRUCE MONTES DE OCA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)