2/09/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 051-2018-MC Disponer el ingreso libre al Museo de Sitio de Pachacamac el

Disponer el ingreso libre al Museo de Sitio de Pachacamac el 15 de febrero de 2018 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 051-2018-MC Lima, 8 de febrero de 2018 VISTO, el Informe Nº 000012-2018/MSPAC/ DGM/VMPCIC/MC de la Directora del Museo de Sitio Pachacamac; el Informe Nº 000023-2018/DGM/VMPCIC/ MC de la Dirección General de Museos; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho
Disponer el ingreso libre al Museo de Sitio de Pachacamac el 15 de febrero de 2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 051-2018-MC
Lima, 8 de febrero de 2018
VISTO, el Informe Nº 000012-2018/MSPAC/ DGM/VMPCIC/MC de la Directora del Museo de Sitio Pachacamac; el Informe Nº 000023-2018/DGM/VMPCIC/ MC de la Dirección General de Museos; y,
CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la nación;

Que, en atención a lo dispuesto en el literal e) del artículo 7 de la Ley antes citada, el Ministerio de Cultura tiene como función exclusiva respecto a otros niveles de gobierno, propiciar la participación de la población, las organizaciones de la sociedad civil y las comunidades en la gestión de protección, conservación y promoción de las expresiones artísticas, las industrias culturales y el Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional;

Que, de acuerdo con el numeral 3.13 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, le corresponde fomentar y promover las artes, las expresiones y creaciones artísticas, las industrias culturales y el Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, promoviendo el acceso a estas manifestaciones culturales, las iniciativas privadas y propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional;

Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 504-2017-MC de fecha 26 de diciembre de 2017, se aprobó el Tarifario de los servicios brindados por el Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2018, el cual contiene los valores del boletaje y requisitos de ingreso, entre otros, al Museo de Sitio Pachacamac;

Que, el artículo 34 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, establece que con el objeto de promover el turismo interno, las autoridades competentes pueden establecer en determinados períodos tarifas promocionales para el ingreso a las áreas naturales protegidas o a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, las cuales deben ser comunicadas al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo o al órgano regional competente para su difusión;

Que, asimismo, el numeral 32.2 del artículo 32 del Reglamento de la Ley Nº 29408, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2010-MINCETUR, dispone que el Instituto Nacional de Cultura (hoy Ministerio de Cultura) y demás entidades públicas encargadas de la administración de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación vinculados a la actividad turística, así como las entidades encargadas de la administración de las áreas naturales de alcance nacional o regional, deben comunicar al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo las tarifas promocionales a que se refiere el artículo 34 de la Ley citada en el considerando precedente, indicando sus condiciones y periodo de vigencia;

Que, mediante Informe Nº 000012-2018/MSPAC/ DGM/VMPCIC/MC de fecha 23 de enero de 2018, la Directora del Museo de Sitio Pachacamac informa que el 15 de febrero de 2018 celebra su segundo aniversario, razón por la cual se ha preparado un programa de actividades a desarrollarse durante todo el mes de febrero, a fin de visibilizar las labores de investigación y conservación en el santuario y en el museo, así como, actividades recreativas y educativas para los visitantes;
motivo por el cual, solicita que el día jueves 15 de febrero, el ingreso sea libre;

Que, a través del Informe Nº 000023-2018/DGM/ VMPCIC/MC de fecha 05 de febrero de 2018, la Dirección General de Museos emite opinión favorable respecto a la solicitud efectuada por el Museo de Sitio de Pachacamac para facilitar el ingreso libre el 15 de febrero de 2018;

Que, bajo ese contexto y siendo atribución del Ministerio de Cultura disponer acciones para fomentar el acceso a la cultura, resulta conveniente establecer una tarifa promocional que permita el ingreso libre al Museo de Sitio de Pachacamac el 15 de febrero de 2018;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación;
su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED; la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo;
su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2010-MICETUR; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer el ingreso libre al Museo de Sitio de Pachacamac el 15 de febrero de 2018, en atención a la tarifa promocional de S/ 0,00 (Cero y 00/100 Soles), que se instituye para fomentar el acceso a la cultura, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.- La Dirección General de Museos y el Museo de Sitio de Pachacamac dispondrán las acciones correspondientes para el cumplimiento de lo establecido en la presente resolución.

Artículo 3.- Notificar la presente resolución al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, a la Dirección General de Museos y el Museo de Sitio de Pachacamac, para los fines correspondiente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALEJANDRO NEYRA
Ministro de Cultura

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