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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 063-2018-PRODUCE Delegan facultad para aprobar el otorgamiento de
2/20/2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 063-2018-PRODUCE Delegan facultad para aprobar el otorgamiento de
Delegan facultad para aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de los beneficiarios del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 063-2018-PRODUCE Lima, 19 de febrero de 2018 VISTOS, el Oficio Nº 006-2018-PRODUCE/ INNÓVATE PERU.CE del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando Nº 269-2018-PRODUCE/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Nº 078-2018-PRODUCE/
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 063-2018-PRODUCE
Lima, 19 de febrero de 2018
VISTOS, el Oficio Nº 006-2018-PRODUCE/ INNÓVATE PERU.CE del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad;
el Memorando Nº 269-2018-PRODUCE/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Nº 078-2018-PRODUCE/ OGPPM-OP, de la Oficina de Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo define las funciones generales y la estructura orgánica de los ministerios, precisando en el último párrafo del artículo 25, que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;
Que, el numeral 10.4 del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, señala que el Ministro ejerce las funciones que le asignan la Constitución Política del Perú y las demás leyes; puede delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función;
Que, el artículo 76 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, señala que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente;
precisando que mientras dure la delegación, no podrá el delegante ejercer la competencia que hubiese delegado, salvo los supuestos en que la ley permite la avocación;
Que, la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30630, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, con la finalidad de contribuir al incremento de la productividad, a través del impulso al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación, autoriza, durante el Año Fiscal 2018, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos del citado Programa Nacional y de las normas que regulan los fondos que éste administra, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación;
Que, asimismo, la Disposición citada en el considerando precedente, establece que las transferencias financieras y las subvenciones mencionadas a las que se refiere dicha disposición se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, la misma que se publica en el Diario Oficial El Peruano, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, y requiriéndose el informe favorable previo de su oficina de presupuesto o la que haga sus veces; asimismo, establece que la facultad para la aprobación de las indicadas subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad;
Que, con Oficio Nº 006-2018-PRODUCE/INNÓVATE
PERU.CE, el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, solicita se realicen las acciones pertinentes para la emisión de la Resolución Ministerial de delegación de facultades en el marco de lo dispuesto en la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;
Que, en el marco de lo dispuesto por la normativa señalada anteriormente, resulta pertinente delegar en el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, la facultad para aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos del citado Programa Nacional y de las normas que regulan los fondos que éste administra, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;
el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento
de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y modificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Delegación de facultad en el/la Coordinador/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad Delegar en el/la Coordinador/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, la facultad para aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos del citado Programa Nacional y de las normas que regulan los fondos que éste administra, y con cargo a su presupuesto, conforme a lo establecido en la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30630, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y con la finalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación.
Artículo 2.- De la delegación de facultad otorgada La delegación de facultad otorgada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial comprende la atribución de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para el caso concreto, a fin de garantizar la correcta transparencia en la gestión pública, así como control y participación ciudadana.
Artículo 3.- Monitoreo Las subvenciones que sean aprobadas en virtud de la facultad delegada, deberán ser informadas trimestralmente por el/la Coordinador/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad al Titular del Pliego, incluyendo la información sobre los avances físicos y financieros de las metas para los cuales fueron entregados los recursos; así como los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas.
Artículo 4.- Vigencia La presente Resolución Ministerial rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 5.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 6.- Publicación Disponer que la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LIENEKE MARIA SCHOL CALLE
Ministra de la Producción
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