2/10/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 083-2018/MINSA Disponen renovar los encargos de puesto como Director/a de

Disponen renovar los encargos de puesto como Director/a de Hospital y Director/a de Instituto Especializado efectuados en los Órganos Desconcentrados del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 083-2018/MINSA Lima, 9 de febrero del 2018 CONSIDERANDO: Que, el artículo 82 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que: "El encargo es temporal excepcional
Disponen renovar los encargos de puesto como Director/a de Hospital y Director/a de Instituto Especializado efectuados en los Órganos Desconcentrados del Ministerio de Salud
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 083-2018/MINSA
Lima, 9 de febrero del 2018
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 82 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera
Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que: "El encargo es temporal excepcional y fundamentado (...). En ningún caso debe exceder el período presupuestal";

Que, el numeral 3.6 del Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP "Desplazamiento de Personal", aprobado por Resolución Directoral Nº 013-92-INAP-DNP , establece, entre otros, que el encargo se formaliza con resolución del Titular de la entidad;

Que, los cargos de Director/a de Hospital y de Instituto Especializado, de los diferentes Órganos Desconcentrados del Ministerio de Salud, se encuentran clasificados como Directivo Superior, conforme al Cuadro para Asignación de Personal Provisional de cada uno de ellos;

Que, a la fecha los referidos cargos directivos, vienen siendo ocupados por los profesionales encargados, conforme a los actos resolutivos emitidos por la autoridad competente, vigentes hasta el 31 de diciembre de 2017;

Que, a fin de cautelar la continuidad de la prestación de los servicios de salud y el funcionamiento de los sistemas administrativos, a cargo de Hospitales e Institutos Especializados, resulta necesario renovar, a partir del 1 de enero de 2018, los referidos encargos;

Que, conforme al numeral 17.1 del artículo 17 del TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción;

Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud, de la Secretaria General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el Decreto Legislativo Nº 1153, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA y el TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Renovar, a partir del 1 de enero de 2018, los encargos de puesto como Director/a de Hospital y Director/a de Instituto Especializado, según corresponda, efectuados en los Órganos Desconcentrados del Ministerio de Salud, a los profesionales de la salud señalados en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Notificar la presente Resolución Ministerial a los profesionales de la salud detallados en el anexo al que se refiere el artículo precedente, a los Órganos Desconcentrados y a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos de la Administración Central del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ABEL HERNÁN JORGE SALINAS RIVAS
Ministro de Salud

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