3/01/2018

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 067-2018/SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 067-2018/SUNAT Lima, 27 de febrero de 2018 CONSIDERANDO: Que el Comité de Asuntos Fiscales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE viene organizando la reunión del grupo de trabajo sobre delitos fiscales y otros delitos ("task force on tax crimes and other crimes"), que se llevará a cabo en la ciudad de París, República Francesa, del 6 al 7 de marzo de 2018, evento en el cual la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 067-2018/SUNAT
Lima, 27 de febrero de 2018
CONSIDERANDO:

Que el Comité de Asuntos Fiscales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE
viene organizando la reunión del grupo de trabajo sobre delitos fiscales y otros delitos ("task force on tax crimes and other crimes"), que se llevará a cabo en la ciudad de París, República Francesa, del 6 al 7 de marzo de 2018, evento en el cual la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT ha solicitado su participación;

Que la citada reunión reunirá a expertos en impuestos, aduanas, lucha anticorrupción y contra el lavado de dinero, vigilancia y enjuiciamiento, lo cual permitirá realizar un balance entre las amenazas generadas por los delitos fiscales y los avances de las acciones para luchar contra ellos;

Que la participación de la SUNAT en el referido evento permitirá profundizar en el conocimiento sobre las habilidades requeridas para realizar investigaciones que permitan detectar y desarrollar formas de abordar los delitos impositivos y económicos de manera efectiva;

Que, por ende, dicha participación se encuentra alineada al objetivo estratégico institucional de mejorar el cumplimiento tributario y aduanero, previsto en el Plan Estratégico Institucional 2018-2020, toda vez que la información que se obtenga repercutirá en la identificación y análisis de esquemas de evasión y elusión;

Que, en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al informe técnico adjunto al Memorándum Electrónico Nº 00039-2018-700000 de fecha 21 de febrero de 2018, resulta necesario autorizar la
participación del trabajador Marco Antonio Eloy Reynoso Guzmán, Jefe (e) de la División de Análisis de Casos Especiales de la Intendencia Nacional de Estrategias y Riesgos;

Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley Nº 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT
aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las leyes anuales de presupuesto u otros dispositivos;

Que, en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT , aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú;

Que, asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29816 establece que mediante Resolución de Superintendencia la SUNAT
autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores;

Que, en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje del trabajador Marco Antonio Eloy Reynoso Guzmán, del 4 al 8 de marzo de 2018, para participar en el citado evento, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos, que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos, y;

De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N
os
27619 y 29816, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT;
y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del trabajador Marco Antonio Eloy Reynoso Guzmán, Jefe (e) de la División de Análisis de Casos Especiales de la Intendencia Nacional de Estrategias y Riesgos, del 4 al 8 de marzo de 2018, para participar en la reunión del grupo de trabajo sobre delitos fiscales y otros delitos de la OCDE, evento que se llevará a cabo en la ciudad de París, República Francesa, del 6 al 7 de marzo de 2018.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al presupuesto del 2018 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle:

Señor Marco Antonio Eloy Reynoso Guzmán Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 1 504, 88
Viáticos US$ 2 160, 00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador deberá presentar ante el titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del trabajador cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA
Superintendente Nacional

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