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RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 0013-2018-GORE-ICA/GGR Precisan órganos competentes para
3/07/2018
RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 0013-2018-GORE-ICA/GGR Precisan órganos competentes para
Precisan órganos competentes para la recaudación de los fondos generados por el acceso al Área de Conservación Regional de la Laguna de Huacachina RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 0013-2018-GORE-ICA/GGR Ica, 28 de febrero de 2018 CONSIDERANDO Que, de conformidad con el artículo 192º de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales, promueven el desarrollo y economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas
RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 0013-2018-GORE-ICA/GGR
Ica, 28 de febrero de 2018
CONSIDERANDO
Que, de conformidad con el artículo 192º de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales, promueven el desarrollo y economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su
responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo;
Que, el artículo 4º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada, el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo;
Que, el artículo 30º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica, aprobado con Ordenanza Regional Nº 0012-2017-GORE-ICA, establece que la Gerencia General Regional, es el órgano de alta dirección responsable de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional de Ica, está encargada de organizar, articular, monitorear, y evaluar las acciones de los diferentes órganos y unidades orgánicas, así como, supervisar el cumplimiento de las políticas públicas regionales ;
Que, el numeral 2 del artículo 32º del citado Reglamento de Organización y Funciones, establece que es función de la Gerencia General Regional, aprobar resoluciones que tendrán aplicación regional, conforme a su competencia;
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado con Decreto Supremo Nº 126-2017-EF, señala en su artículo I como Principio Regulatorio el de Unidad de Caja, que consagra la Administración Centralizada de los fondos públicos en cada entidad u órgano, cualquiera que sea la fuente de financiamiento e independientemente de su finalidad, respetándose la titularidad y registro que corresponda ejercer a la entidad responsable de su percepción;
Que, en el literal a) del artículo 8º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado con Decreto Supremo Nº 126-2017-EF, se señala como atribuciones y responsabilidades de las unidades ejecutoras y áreas o dependencias equivalentes en las entidades, a través del Director General de Administración o quien haga sus veces, centralizar y administrar el manejo de todos los fondos percibidos o recaudados en su ámbito de competencia;
Que, asimismo, en el artículo 9º de la norma en mención, se establece como responsables de la administración de los fondos públicos en las entidades ejecutoras y dependencias equivalentes en las entidades, al Director General de Administración o quien haga sus veces y el T esorero, cuya designación debe ser acreditada ante la Dirección Nacional de Tesoro Público;
Que, de acuerdo al numeral 24.1 del artículo 24º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, que el Jefe del Area Natural Protegida es la máxima autoridad en el ámbito de su jurisdicción y dentro de sus competencias, siendo como tal el responsable de dirigir y supervisar la gestión del Area Natural Protegida;
asimismo, de acuerdo al numeral 24.2 del mismo artículo, son requisitos para ser designado Jefe de un Area Natural Protegida, contar con: título profesional, especialización o experiencia comprobada vinculada a la gestión y manejo de los recursos naturales, en particular de Áreas Naturales Protegidas;
Que, de acuerdo al numeral 30.1 del artículo 30º de la norma citada en el párrafo precedente, la administración de las Áreas de Conservación Regional está a cargo de un Jefe designado por el Gobierno Regional, el cual además establece sus funciones, debiendo reunir los mismos requisitos definidos para los Jefes de las Áreas Naturales Protegidas del SINANPE;
Que, de acuerdo al artículo 15º de la Ordenanza Regional Nº 0007-2017-GORE-ICA, "Lineamientos que regulan las actividades para el uso turístico en el Área de Conservación Regional de la Laguna de Huacachina - ACRLH", la administración del Área de Conservación Regional de la Laguna de Huacachina, está a cargo de un Jefe designado por las Gerencias competentes ya determinadas en el artículo precedente de dicha Ordenanza (Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente y Gerencia Regional de Desarrollo Económico), las mismas que determinarán el perfil del funcionario a cumplir dicho cargo;
Que, estando a lo dispuesto en la normatividad vigente y en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902 y la Ordenanza Regional
Nº 0012-2017-GORE-ICA;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Precisar que la Gerencia Regional de Administración y Finanzas, así como la Subgerencia de Tesorería, constituyen los órganos competentes conforme a Ley, para la recaudación de los fondos generados por el acceso al Área de Conservación Regional de la Laguna de Huacachina - ACRLH, de acuerdo a los considerandos de la presente Resolución. Los referidos órganos deberán ejercer dicha competencia, la cual conforme a Ley es irrenunciable, de manera inmediata, y sin dilación.
Artículo 2º.- Ordenar que la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente y la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, eleven a esta Gerencia General la propuesta de designación del Jefe del Área de Conservación Regional de la Laguna de Huacachina, dentro del plazo máximo de treinta (30)
días calendario, contados a partir de la publicación de la presente Resolución.
Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia Regional de Administración y Finanzas proceda con la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".
Artículo 4º.- Disponer que la Subgerencia de Tecnologías de la Información proceda con la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Ica (www.regionica.gob.pe).
Regístrese, publíquese y cúmplase.
CARLOS RAMON NODA YAMADA
Gerente General Regional Gerencia General Regional
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