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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 090-2018-TR Aprueban Plan Operativo Informático - POI 2018 del Ministerio
3/30/2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 090-2018-TR Aprueban Plan Operativo Informático - POI 2018 del Ministerio
Aprueban Plan Operativo Informático - POI 2018 del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 090-2018-TR Lima, 28 de marzo de 2018 VISTOS: El Oficio Nº 125-2018-MTPE/4/13.2 de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, el Memorándum Nº 254-2018-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 786-2018-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 090-2018-TR
Lima, 28 de marzo de 2018
VISTOS: El Oficio Nº 125-2018-MTPE/4/13.2 de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, el Memorándum Nº 254-2018-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 786-2018-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y contribuir en el fortalecimiento de un Estado moderno, descentralizado y con mayor participación del ciudadano;
Que, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, consagra el principio de servicio al ciudadano, asegurando que las actividades de las entidades del Poder Ejecutivo se realizarán con eficacia, eficiencia, simplicidad de la gestión, inclusión y equidad, así como la participación y transparencia de manera que los ciudadanos tengan acceso a la información;
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, se crea el Sistema Nacional de Informática cuyo ámbito de competencia son los mecanismos técnicos para el ordenamiento de los recursos de cómputo y de la actividad informática del Estado, y toda la documentación asociada; la operación y explotación de los bancos de datos y archivos magnéticos de información al servicio de la gestión pública; el desarrollo de planeación sistemática de procesos, métodos y técnicas, apoyadas en ciencia y técnica aplicada, que se establecen con el fin de usar, procesar y transportar información; dicho sistema está integrado, entre otros, por las Oficinas de Estadística e Informática de los Ministerios, encargadas de la producción y del servicio estadístico e informático, así como de coordinar, planear y supervisar las actividades que realizan los demás órganos estadísticos e informáticos de su sector;
Que, con Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública que tiene entre sus ejes transversales al Gobierno Electrónico, que se refiere al uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC)
en los órganos de la administración pública para mejorar la información y los servicios ofrecidos a los ciudadanos, orientar la eficacia y eficiencia de la gestión pública e incrementar sustantivamente la transparencia del sector público y la participación de los ciudadanos; de esa manera, es una herramienta fundamental para la modernización de la gestión pública, en tanto complementa y acompaña la gestión por procesos, apoya el seguimiento y la evaluación, y permite impulsar el gobierno abierto;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 19-2011- PCM, se aprueba como actividad permanente la Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático (POI) de las entidades de la administración pública, y su respectiva Guía de Elaboración;
Que, mediante documentos de vistos, la Oficina General de Estadística y Tecnología de la Información y Comunicaciones, propone para su aprobación el Plan Operativo Informático - POI 2018 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, elaborado en el marco de las disposiciones establecidas en la Guía aprobada por Resolución Ministerial Nº 19-2011-PCM, y cuenta con la opinión técnica favorable de la Oficina de Planeamiento e Inversiones y de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de conformidad con lo establecido en el inciso e) artículo 28, e inciso d) del artículo 29, respectivamente, del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR, modificado por Decreto Supremo Nº 020-2017-TR;
Que, por lo expuesto resulta pertinente aprobar el Plan Operativo Informático - POI 2018 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para los fines correspondientes;
Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Viceministerio de Trabajo, del Secretario General, de las Oficinas Generales de Estadística y Tecnología de la Información y Comunicaciones, de Planeamiento y Presupuesto, de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; y la Resolución Ministerial Nº 19-2011-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar, con efectividad al 28 de febrero de 2018, el Plan Operativo Informático - POI 2018 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el mismo que en Anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolución ministerial.
Artículo 2.- La Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones dirigirá sus esfuerzos para el logro de las metas previstas en el Plan Operativo Informático - POI 2018, siendo responsable del seguimiento y evaluación permanente del cumplimiento de los objetivos y metas consideradas en la programación del plan, de conformidad con lo previsto por la normatividad de la materia.
Artículo 3.- Publicar la presente resolución ministerial y el Anexo integrante de la misma, en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www. trabajo.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) siendo responsable de dicha acción la Jefa de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER BARREDA JARA
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
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