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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 092-2018-MIDIS Aprueban la Directiva que regula la operatividad del
3/30/2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 092-2018-MIDIS Aprueban la Directiva que regula la operatividad del
Aprueban la Directiva que regula la operatividad del Registro Nacional de Programas Sociales y la Directiva que regula la operatividad del Registro Nacional de Usuarios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 092-2018-MIDIS Lima, 28 de marzo de 2018 VISTOS: Los Informes Nº 076-2018-MIDIS/VMPES/DGFO y Nº 087-2018-MIDIS/VMPES/DGFO, de la Dirección General de Focalización; el Informe Nº 072-2018-MIDIS/VMPES/ DGFO-DDF, de la Dirección de Diseño de Focalización; el Informe Nº 243-2018-MIDIS/VMPES/DGFO-DOF,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 092-2018-MIDIS
Lima, 28 de marzo de 2018
VISTOS:
Los Informes Nº 076-2018-MIDIS/VMPES/DGFO y Nº 087-2018-MIDIS/VMPES/DGFO, de la Dirección General de Focalización; el Informe Nº 072-2018-MIDIS/VMPES/ DGFO-DDF, de la Dirección de Diseño de Focalización;
el Informe Nº 243-2018-MIDIS/VMPES/DGFO-DOF, de la Dirección de Operaciones de Focalización;
los Memorandos Nº 068-2018-MIDIS/VMPES y Nº 081-2018-MIDIS/VMPES, del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; los Memorandos Nº 417-2018-MIDIS/SG/OGPPM y Nº 418-2018-MIDIS/ SG/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; los Informes Nº 48-2018-MIDIS/SG/OGPPM/OM y 50-2018-MIDIS/SG/ OGPPM/OM, de la Oficina de Modernización; y, el Informe Nº 172-2018-MIDIS/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se estableció que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad;
Que, mediante la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29792 se crea el Registro Nacional de Programas Sociales y el Registro Nacional de Beneficiarios de los Programas Sociales, a nivel intergubernamental, entre otros;
Que, en concordancia con lo anterior, mediante el artículo 19 de la Ley Nº 30435, Ley que crea el Sistema Nacional de Focalización (SINAFO), se establece el Mecanismo de Intercambio de Información Social, a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, que comprende las bases de datos disponibles del
Registro Nacional de Usuarios y del Registro Nacional de Programas Sociales, entre otros;
Que, la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30435 dispone que toda referencia al Registro Nacional de Beneficiarios de los Programas Sociales, debe entenderse como efectuada al Registro Nacional de Usuarios;
Que, en ese contexto, mediante Resolución Ministerial Nº 159-2016-MIDIS, se aprobó la Directiva Nº 005-2016-MIDIS, denominada "Disposiciones que regulan la operatividad del Registro Nacional de Programas Sociales" y la Directiva Nº 006-2016-MIDIS, denominada "Disposiciones que regulan la operatividad del Registro Nacional de Usuarios";
Que, de conformidad con lo indicado en el artículo 59 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, la Dirección General de Focalización es el órgano de línea encargado de diseñar, ejecutar y hacer seguimiento del Mecanismo de Intercambio de Información Social, el cual comprende, entre otras bases de datos, al Registro Nacional de Usuarios y al Registro Nacional de Programas Sociales, los cuales se encuentran a su cargo;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal b) del artículo 62 del citado Reglamento de Organización y Funciones la Dirección de Diseño de Focalización es la unidad orgánica de la Dirección General de Focalización que tiene como función, entre otras, elaborar la estructura de datos y de operación del Mecanismo de Intercambio de Información Social (MIIS), así como los aspectos operativos que sean necesarios para su gestión.
Asimismo, el literal a) del artículo 64, establece que la Dirección de Operaciones de Focalización es la unidad orgánica de la Dirección General de Focalización que tiene como función, entre otras, generar y administrar la información del Registro Nacional de Usuarios (RNU), entre otros, bajo estándares de calidad, seguridad y confidencialidad;
Que, en el marco de dichas funciones, conforme a los documentos de Vistos, la Dirección General de Focalización, la Dirección de Diseño de Focalización y la Dirección de Operaciones de Focalización, proponen la Directiva que regula la operatividad del Registro Nacional de Usuarios y la Directiva que regula la operatividad del Registro Nacional de Programas Sociales;
Que, asimismo, mediante Memorandos Nº 417-2018-MIDIS/SG/OGPPM y Nº 418-2018-MIDIS/SG/ OGPPM y los Informes Nº 48-2018-MIDIS/SG/OGPPM/ OM y Nº 50-2018-MIDIS/SG/OGPPM/OM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Oficina de Modernización, respectivamente, emitieron opinión favorable para la aprobación de las referidas propuestas de directivas;
Que, atendiendo a lo expuesto y considerando las competencias y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, establecidas en las normas antes reseñadas, se considera pertinente aprobar la Directiva que regula la operatividad del Registro Nacional de Usuarios y la Directiva que regula la operatividad del Registro Nacional de Programas Sociales; y, derogar la Resolución Ministerial Nº 159-2016-MIDIS;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 159-2016-MIDIS, que aprueba la Directiva Nº 005-2016-MIDIS, denominada "Disposiciones que regulan la operatividad del Registro Nacional de Programas Sociales" y la Directiva Nº 006-2016-MIDIS, denominada "Disposiciones que regulan la operatividad del Registro Nacional de Usuarios".
Artículo 2.- Aprobar la Directiva Nº 005-2018-MIDIS, denominada "Directiva que regula la operatividad del Registro Nacional de Programas Sociales", cuyo texto, en Anexo 1, forma parte de la presente resolución.
Artículo 3.- Aprobar la Directiva Nº 006-2018-MIDIS, denominada "Directiva que regula la operatividad del Registro Nacional de Usuarios", cuyo texto, en Anexo 2, forma parte de la presente resolución.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución y Anexos 1 y 2 en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis. gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE ENRIQUE MELÉNDEZ CELIS
Ministro de Desarrollo e Inclusión Social
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