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RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 242-2018-MTC/03 Modifican la R.VM. N° 268-2005-MTC/03 que aprueba las
3/10/2018
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 242-2018-MTC/03 Modifican la R.VM. N° 268-2005-MTC/03 que aprueba las
Modifican la R.VM. Nº 268-2005-MTC/03 que aprueba las Disposiciones de Radiocanales (Canalizaciones) para los Servicios de Telecomunicaciones RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 242-2018-MTC/03 Lima, 9 de marzo de 2018 VISTO, Los Informes Nºs 090 y 0119-2018-MTC/26 de la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 200 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC,
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 242-2018-MTC/03
Lima, 9 de marzo de 2018
VISTO, Los Informes Nºs 090 y 0119-2018-MTC/26 de la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 200 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, dispone que toda asignación de frecuencias se realiza en base al respectivo plan de canalización, el cual será aprobado por resolución viceministerial;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 187-2005- MTC/03, se aprobó el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias - PNAF, documento técnico normativo que contiene los cuadros de atribución de frecuencias, la clasificación de usos del espectro radioeléctrico y las normas técnicas generales para la utilización del espectro radioeléctrico;
Que, por Resoluciones Viceministeriales Nºs 268-2005-MTC/03 y 890-2007-MTC/03, se aprobaron las Disposiciones de Radiocanales (Canalizaciones) para los Servicios de Telecomunicaciones, 1ª Parte y 2ª Parte, respectivamente, incorporándose la canalización de la Banda 2 500 - 2 692 MHz a la Resolución Viceministerial Nº 268-2005-MTC/03 a través de la Resolución Viceministerial Nº 516-2007-MTC/03;
Que, por Resolución Directoral Nº 280-2010-MTC/27
se declaró la restricción de la disponibilidad de frecuencias de la banda 2500 - 2692 MHz en diversas provincias del país y la restricción de la disponibilidad de frecuencias de la Banda de 2572 - 2620 MHz en todo el territorio de la
República del Perú a excepción de la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao;
Que, por Decreto Supremo Nº 041-2011-PCM, se creó la Comisión Multisectorial Permanente encargada de emitir informes técnicos especializados y recomendaciones para la planificación y gestión del espectro radioeléctrico y adecuaciones del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias - PNAF, en adelante la Comisión del PNAF, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, la Comisión del PNAF, mediante Informe Nº 001-2017-COMISIÓN_MULTISECTORIAL_DEL_PNAF, recomienda entre otros, la modificación de la Resolución Viceministerial Nº 268-2005-MTC/03 a efectos de incorporar una nueva canalización de la Banda de 2 500
- 2 692 MHz y derogar la Resolución Viceministerial Nº 516-2007-MTC/03 que incorporó la canalización vigente, tomando en cuenta las recomendaciones y tendencias internacionales, considerando una alternativa que ofrece mayor fl exibilidad y procura un uso más eficiente del espectro radioeléctrico;
Que, la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones mediante Informes Nºs 090 y 0119-2018-MTC/26, emitió opinión favorable respecto a la propuesta de la Comisión del PNAF, señalando que corresponde aprobar una nueva canalización de la Banda de 2 500 - 2 692, por ser necesaria su actualización y armonización con las recomendaciones y estándares internacionales, lo que permitirá el despliegue de nuevas tecnologías de mayor eficiencia espectral, las que proveerán diversidad de servicios convergentes y promoverán la participación de más operadores compitiendo en el mercado de las telecomunicaciones, en beneficio de los usuarios;
Que, en el marco de lo antes señalado, se debe levantar la restricción de la disponibilidad de frecuencias aprobada con Resolución Directoral Nº 280-2010-MTC/27, a fin de contar con más frecuencias disponibles en la banda 2,5 GHz;
De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, la Resolución Ministerial Nº 187-2005-MTC/03, que aprobó el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias - PNAF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación de la Resolución Viceministerial Nº 268-2005-MTC/03 que aprueba las Disposiciones de Radiocanales (Canalizaciones) para los Servicios de Telecomunicaciones (1ª Parte)
Modificar la Resolución Viceministerial Nº 268-2005-MTC/03 que aprueba las Disposiciones de Radiocanales (Canalizaciones) para los Servicios de Telecomunicaciones (1ª Parte), a fin de incorporar la canalización de la Banda de 2 500 - 2 692 MHz a nivel nacional, de acuerdo a lo siguiente:
Canalización de la Banda de 2 500 - 2 692 MHz a nivel nacional Bloque Rango de Frecuencias (MHz)
Ida Retorno
A 2 500 - 2 530 2 620 - 2 650
B 2 530 - 2 550 2 650 - 2 670
C 2 550 - 2 570 2 670 - 2 690
D 2 575 - 2 595
E 2 595 - 2 615
* Las bandas 2 570 - 2 575 MHz y 2 615 - 2 620 MHz son consideradas bandas de guarda.
** La canalización por bloques está conformada por la agrupación de subcanales de 5 MHz, conforme a la propuesta de la Comisión Multisectorial del PNAF
Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Viceministerial Nº 516-2007-MTC/03 que incorpora la canalización de la banda 2 500 - 2 692 MHz en las Disposiciones de Radiocanales (Canalizaciones)
para los Servicios de Telecomunicaciones (1ª Parte)
aprobadas por Resolución Viceministerial Nº 268-2005-MTC/03.
Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 280-2010-MTC/27 que establece la restricción de la disponibilidad de frecuencias de la banda 2500 - 2692
MHz en las provincias del país que ahí se indican y la restricción de la disponibilidad de frecuencias de la banda 2572 - 2620 MHz en todo el territorio de la República del Perú a excepción de la provincia de Lima y la provincia Constitucional del Callao.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSA VIRGINIA NAKAGAWA MORALES
Viceministra de Comunicaciones
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