4/30/2018

DECRETO SUPREMO N° 006-2018-MTC Autorizan distribuir recursos públicos a favor de diversos

Autorizan distribuir recursos públicos a favor de diversos Gobiernos Regionales, con la finalidad de apoyar el cumplimiento de las funciones transferidas en materia de telecomunicaciones así como financiar la operación y mantenimiento de sistemas de telecomunicaciones DECRETO SUPREMO Nº 006-2018-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29448 se establecen disposiciones destinadas a regular transferencias de recursos a favor de los gobiernos regionales, con la finalidad de apoyar
Autorizan distribuir recursos públicos a favor de diversos Gobiernos Regionales, con la finalidad de apoyar el cumplimiento de las funciones transferidas en materia de telecomunicaciones así como financiar la operación y mantenimiento de sistemas de telecomunicaciones
DECRETO SUPREMO Nº 006-2018-MTC
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29448 se establecen disposiciones destinadas a regular transferencias de recursos a favor de los gobiernos regionales, con la finalidad de apoyar el cumplimiento de las funciones que, en materia de telecomunicaciones, han sido transferidas a los gobiernos regionales en el marco del proceso de descentralización;

Que, la Única Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 29448, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones puede modificar mediante decreto supremo, la distribución de recursos públicos que capte, con el objeto de orientar un porcentaje de los mismos al apoyo de las funciones transferidas en el marco del proceso de descentralización a los gobiernos regionales;

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, y el Texto Único Ordenado de su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, prevén que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones percibe ingresos por concepto de derechos, tasas y canon vinculados a las autorizaciones y concesiones de los servicios de telecomunicaciones que otorga;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MTC se autorizó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a distribuir un monto de los recursos directamente recaudados, a favor de los gobiernos regionales de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima,
Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali, por los años fiscales 2012 al 2016, con la finalidad de apoyar el cumplimiento de las funciones que en materia de telecomunicaciones les han sido transferidas, así como para financiar la operación y mantenimiento de sistemas de telecomunicaciones, entregados en el marco del proceso de descentralización;

Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 236- 2013-MTC/01, Nº 127-2014-MTC/01, Nº 110-2015-MTC/01 y Nº 059-2016-MTC/01, se establecieron los montos a distribuir a los mencionados gobiernos regionales para los años 2012 y 2013, 2014, 2015 y 2016, respectivamente, con la finalidad de apoyar las funciones transferidas en materia de telecomunicaciones, así como para financiar la operación y el mantenimiento de los sistemas de telecomunicaciones en el marco del proceso de descentralización;

Que, para el año 2017, mediante Decreto Supremo Nº 007-2017-MTC se autorizó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a distribuir un monto máximo de Diecisiete Millones Trescientos Noventa y Cuatro Mil Trescientos Cuarenta y Seis y 00/100 Soles (S/ 17 394
346, 00) de los recursos directamente recaudados a favor de los Gobiernos Regionales, con la finalidad de apoyar el cumplimiento de las funciones que en materia de telecomunicaciones, les han sido transferidas; así como para financiar la operación y el mantenimiento de los sistemas de telecomunicaciones;

Que, en consecuencia, la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones, Dirección General de Autorizaciones en T elecomunicaciones, Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, y la Secretaría Técnica del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL, han determinado que los Gobiernos Regionales requieren para el período 2018, la cantidad de S/ 18 263 841, 00 (Dieciocho Millones Doscientos Sesenta y Tres Mil Ochocientos Cuarenta y Uno y 00/100 Soles), para el ejercicio de las funciones transferidas; así como para financiar la operación y el mantenimiento anual de los sistemas de telecomunicaciones;

Que, en tal sentido, resulta necesario disponer una nueva distribución de los recursos que percibe el Ministerio de Transportes y Comunicaciones por los conceptos antes señalados, para el ejercicio fiscal 2018, a favor de los gobiernos regionales y para los fines indicados precedentemente;

De conformidad con el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Única Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 29448;

DECRETA:

Artículo 1.- Distribución de Recursos Públicos a favor de los Gobiernos Regionales Autorizase al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a distribuir un monto máximo de S/ 18
263 841.00 (Dieciocho Millones Doscientos Sesenta y Tres Mil Ochocientos Cuarenta y Uno y 00/100 Soles) de los recursos directamente recaudados, a favor de los gobiernos regionales de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali, por el año fiscal 2018, con la finalidad de apoyar el cumplimiento de las funciones que en materia de telecomunicaciones se ha transferido, así como para financiar la operación y el mantenimiento de los sistemas de telecomunicaciones, en el marco del proceso de descentralización.

La distribución del monto a cada gobierno regional se efectúa de acuerdo al detalle contenido en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Destino de los Recursos Distribuidos Los recursos públicos a distribuir a los gobiernos regionales según lo dispuesto en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, bajo responsabilidad, son destinados sólo a los fines para los cuales se otorga la presente autorización.

Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de abril del año dos mil dieciocho.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
EDMER TRUJILLO MORI
Ministro de Transportes y Comunicaciones
ANEXO
DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS A LOS GOBIERNOS
REGIONALES AÑO FISCAL 2018 (En Soles)
Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gobierno Regional Actividad 5001110:

Promoción y Regulación de los Servicios de Telecomunicaciones Actividad 5000942:

Mantenimiento de Equipos de Telecomunicaciones
TOTAL
Amazonas 324 703 700 208 1 024 911
Áncash 265 703 571 640 837 343
Apurímac 265 703 694 988 960 691
Arequipa 265 703 275 712 541 415
Ayacucho 265 703 937 416 1 203 119
Cajamarca 265 703 868 920 1 134 623
Callao 265 643 - 265 643
Cusco 265 703 693 682 959 385
Huancavelica 265 703 1,027 730 1 293 433
Huánuco 265 703 442 496 708 199
Ica 265 703 84 899 350 602
Junín 324 703 790 647 1 115 350
La Libertad 265 703 428 965 694 668
Lambayeque 265 703 96 499 362 202
Lima 265 703 255 570 521 273
Loreto 324 703 615 966 940 669
Madre de Dios 324 703 168 290 492 993
Moquegua 265 703 67 517 333 220
Pasco 324 703 426 704 751 407
Piura 265 703 327 686 593 389
Puno 265 703 872 112 1 137 815
San Martín 324 703 456 801 781 504
Tacna 265 703 57 622 323 325
Tumbes 265 703 85 114 350 817
Ucayali 324 703 261 143 585 846
TOTAL 7 055 515 11 208 326 18 263 841

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