4/30/2018

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 084-2018-RE Pasan a la situación de retiro a Embajador en el Servicio

Pasan a la situación de retiro a Embajador en el Servicio Diplomático de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 084-2018-RE Lima, 28 de abril de 2018 VISTOS: La solicitud de pase a la situación de retiro, a partir de la fecha de su traslado a Cancillería, presentada por el Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Rafael Eduardo Beraún Araníbar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18º, inciso e) de la Ley Nº 28091; El Informe Escalafonario (OAP) N.º 061/2018, de la
Pasan a la situación de retiro a Embajador en el Servicio Diplomático de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 084-2018-RE
Lima, 28 de abril de 2018
VISTOS:

La solicitud de pase a la situación de retiro, a partir de la fecha de su traslado a Cancillería, presentada por el Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Rafael Eduardo Beraún Araníbar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18º, inciso e) de la Ley Nº 28091;

El Informe Escalafonario (OAP) N.º 061/2018, de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos, de 17 de abril de 2018;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 18 de la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado definitivamente de la situación de actividad, entre otras causas, a su solicitud en forma escrita;

Que, el pase a la situación de retiro, a su solicitud en forma escrita, se hará efectiva mediante Resolución Suprema;

Que, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Rafael Eduardo Beraún Araníbar, no está incurso en lo establecido por el artículo 49 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 130-2003-RE;

De conformidad con la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias;
su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.º 135-2010-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro, a su solicitud en forma escrita, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Rafael Eduardo Beraún Araníbar, a partir del 10 de mayo de 2018.

Artículo 2.- Dar las gracias al Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Rafael Eduardo Beraún Araníbar, por los importantes servicios prestados a la Nación.

Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
NÉSTOR FRANCISCO POPOLIZIO BARDALES
Ministro de Relaciones Exteriores

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