4/07/2018
LEY N° 30750
LEY Nº 30750 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA LA CREACIÓN DEL DISTRITO DE UDIMA, EN LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ, EN EL DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA Artículo único. Declaración de interés nacional Declárase de interés nacional y necesidad pública la creación del distrito de Udima, en la provincia de Santa Cruz, en el departamento de Cajamarca. POR
LEY Nº 30750
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL
Y NECESIDAD PÚBLICA LA CREACIÓN DEL
DISTRITO DE UDIMA, EN LA PROVINCIA DE SANTA
CRUZ, EN EL DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA
Artículo único. Declaración de interés nacional Declárase de interés nacional y necesidad pública la creación del distrito de Udima, en la provincia de Santa Cruz, en el departamento de Cajamarca.
POR TANTO:
Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión del Pleno realizada el día siete de setiembre de dos mil diecisiete, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla.
En Lima, a los seis días del mes de abril de dos mil dieciocho.
LUIS GALARRETA VELARDE
Presidente del Congreso de la República
MARIO MANTILLA MEDINA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
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