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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 056-2018-CONCYTEC-P Aprueban transferencias financieras y otorgamiento

Aprueban transferencias financieras y otorgamiento de subvención a favor de persona jurídica privada RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 056-2018-CONCYTEC-P Lima, 18 de abril de 2018 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 005-2018-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, el Oficio Nº 142-2018-FONDECYT -DE, del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, el Informe Nº 105-2018-CONCYTEC-OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología
Aprueban transferencias financieras y otorgamiento de subvención a favor de persona jurídica privada
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 056-2018-CONCYTEC-P
Lima, 18 de abril de 2018
VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 005-2018-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, el Oficio Nº 142-2018-FONDECYT -DE, del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, el Informe Nº 105-2018-CONCYTEC-OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 021-2018-CONCYTEC-P de fecha 14 de febrero de 2018, se aprueba la Directiva Nº 02-2018-CONCYTEC-OGPP denominada "Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones 2018, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", (en adelante, la Directiva);

Que, el Numeral 6.1 de la Directiva, dispone que el FONDECYT es responsable de la conducción y ejecución de los instrumentos financieros, que comprende entre otros, la selección de ganadores, así como la determinación de los montos cuya transferencia financiera se solicita aprobar o cuya subvención se solicita autorizar;

Que, el segundo párrafo del referido Numeral señala que el FONDECYT es responsable de verificar cada uno de los aspectos técnicos y legales que se consignen en los Informes Técnicos-Legales que remita al CONCYTEC;

Que, mediante Oficio Nº 142-2018-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, solicita la aprobación de transferencias financieras y el otorgamiento de una subvención a persona jurídica privada, del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico (S/ 225,000.00); del Instituto del Mar del Perú (S/ 209,750.00); de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 225,000.00); de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 61,250.00) y de la Universidad de Piura (S/ 225,000.00), por un monto total ascendente a S/ 946,000.00, quienes resultaron ganadores de la Convocatoria del Esquema Financiero E046-2017-01 denominado "Researcher Links Workshops Grants (Talleres)", conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 004-2018-FONDECYT-DE, por un monto total de S/ 946,000.00;

Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 005-2018-FONDECYT-UPP-UAJ-USM (en adelante el Informe Técnico Legal), mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT
determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para aprobar transferencias financieras y otorgar subvenciones a favor del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico (S/ 225,000.00); del Instituto del Mar del Perú (S/ 209,750.00); de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 225,000.00); de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 61,250.00) y de la Universidad de Piura (S/ 225,000.00), por el importe total ascendente a S/ 946,000.00, para cofinanciar proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalados en el Informe Técnico Legal.

Los citados órganos adjuntan el Certificado de Crédito Presupuestario Nº 0000000153, y copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 004-2018-FONDECYT-DE;

Que, el Numeral 4.1 del Informe Técnico Legal, señala que es viable técnica y presupuestalmente realizar las Transferencias Financieras y otorgar la subvención a persona jurídica para cofinanciar los Proyectos de las instituciones aprobadas mediante Contratos suscritos por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, asimismo, el Numeral 4.2, señala que es viable técnica y legalmente realizar las transferencias financieras y otorgar subvención a personas jurídicas para cofinanciar los proyectos de las instituciones aprobados mediante Contratos suscritos por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, señalando que para tal efecto se ha verificado el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados, establecidos en las Bases de los concursos aprobados por el FONDECYT, en los convenios y contratos suscritos por el FONDECYT, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros similares emitidos por el FONDECYT y en la normativa vigente sobre la materia. Asimismo, el Numeral 4.3 del Informe Técnico Legal, agrega que se ha verificado que la Transferencia Financiera y el otorgamiento de subvención solicitadas cuentan con los contratos correspondientes debidamente suscritos y plenamente vigentes, dentro del marco legal normativo vigente sobre la materia;

Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal Nº 005-2018-FONDECYT-UPP-15 NORMAS LEGALES
Lunes 23 de abril de 2018
El Peruano / UAJ-USM, las disposiciones contenidas en las Bases de los mencionados concursos, los citados convenios/ contratos (incluida su vigencia), y en la normativa vigente sobre la materia;

Que, mediante Informe Nº 105-2018-CONCYTEC-OGPP, la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, emitiendo opinión favorable y con la visación de la presente Resolución, ratifica la viabilidad de la presente autorización en el marco de sus competencias, concluyendo que la solicitud transferencias financieras y el otorgamiento de subvención efectuada por el FONDECYT, cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva, con la cual se cofinanciarán los proyectos en CTI señalado en el Informe Técnico Legal Nº 005-2018-FONDECYT-UPP-UAJ-USM;

Que, con Informe Nº 36-2018-CONCYTEC-OGAJ-MPT, el mismo que la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC hace suyo a través del Proveído Nº 123-2018-CONCYTEC-OGAJ, se indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 005-2018-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, y en el Informe Nº 105-2018-CONCYTEC-OGPP, se ha cumplido con lo dispuesto en la Directiva;

Con la visación de la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo del FONDECYT, de la Responsable de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y del Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;
el Decreto Supremo Nº 026-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC;
y la Resolución de Presidencia Nº 021-2018-CONCYTEC-P
que aprueba la Directiva Nº 02-2018-CONCYTEC-OGPP
"Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones 2018, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016";

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar transferencias financieras y el otorgamiento de una subvención a favor de una persona jurídica privada por la suma total de S/ 946,000.00 (Novecientos Cuarenta y Seis Mil y 00/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al detalle siguiente:

Nº Tipo de Cofinanciamiento Institución Proyecto Total desembolso autorizado
S/ 1
Transferencia Financiera Instituto Geológico Minero y Metalúrgico Strengthening Capacity for Mitigation of Huayco (Flash Food) Impacts in Perú 225,000.00
Instituto del Mar del Perú International training workshop on microplastic debris 209,750.00
Universidad Nacional Agraria La Molina Watersaving agriculture to mitigate impacts of climate change 225,000.00
Universidad Nacional Agraria La Molina Towards the production of improved seds of exportable vegetables of Peru through next-generation DNA
sequencing 61,250.00
2
Subvención a Persona Jurídica Universidad de Piura Sustainable Biomass Processing and Conversion (SUSPIRE)
225,000.00
TOTAL S/ 946,000.00
Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia del CONCYTEC.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO
Presidenta

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