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RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 046-2018-ITP/DE Modifican el Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro
4/13/2018
RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 046-2018-ITP/DE Modifican el Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro
Modifican el Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Forestal Pucallpa - CITEforestal Pucallpa INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 046-2018-ITP/DE Lima, 11 de abril de 2018 VISTO: El Informe Técnico Nº 002-2018-ITP/CITEforestal Pucallpa de fecha 31 de enero de 2018, emitido por el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Forestal Pucallpa - CITEforestal Pucallpa; el Memorando Nº 225-2018-ITP/OGRRHH
RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 046-2018-ITP/DE
Lima, 11 de abril de 2018
VISTO:
El Informe Técnico Nº 002-2018-ITP/CITEforestal Pucallpa de fecha 31 de enero de 2018, emitido por el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Forestal Pucallpa - CITEforestal Pucallpa;
el Memorando Nº 225-2018-ITP/OGRRHH de fecha 01 de marzo de 2018, emitido por la Oficina de Gestión de Recursos Humanos; el Memorando Nº 3795-2018-ITP/ OA de fecha 09 de marzo de 2018, emitido por la Oficina de Administración; el Informe Nº 121-2018-ITP/OPPM-04 de fecha 14 de marzo de 2018, emitido por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 143-2018-ITP/OAJ de fecha 19 de marzo de 2018, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 92 se crea el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP) y de conformidad con la Vigésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, se modifica su denominación por la de Instituto Tecnológico de la Producción (ITP);
Que, el ITP tiene como parte de sus recursos los provenientes de los Directamente Recaudados que se generen de la prestación de servicios, conforme lo dispone el literal d) del artículo 16 del Decreto Legislativo Nº 92; Ley de creación del ITP;
Que, de acuerdo a lo previsto por el numeral 44.2 del artículo 44 del Reglamento de Organización y Funciones del ITP (en adelante el ROF), aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, son recursos del ITP los directamente recaudados, que se generen en el marco de su competencia; siendo que el ITP tiene sus competencias establecidas de acuerdo al artículo 2 del ROF, las siguientes: en materia de investigación, desarrollo, innovación, adaptación, transformación y transferencia tecnológica, con el propósito de lograr el óptimo aprovechamiento de los recursos para contribuir al incremento de la competitividad del sector producción.
Asimismo, promueve el aprovechamiento sostenible de recursos hidrobiológicos;
Que, el artículo 45 del ROF, dispone que los ingresos propios provenientes del desarrollo de las actividades que realiza el ITP, así como los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, constituyen tasas o tarifas, según correspondan, las cuales serán determinadas en cada caso, en el marco de la legislación vigente;
Que, en ese contexto normativo por Resolución Ejecutiva Nº 066-2017-ITP/DE, publicada en el Diario
Oficial "El Peruano" el 11 de mayo de 2017, se aprueba el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Forestal Pucallpa - CITEforestal Pucallpa";
Que, el Centro de Innovación Productiva y Transferencia T ecnológica Forestal Pucallpa - CITEforestal Pucallpa, mediante el Informe Técnico Nº 002-2018-ITP/CITEforestal Pucallpa, presenta la propuesta de modificación del Tarifario de Servicios Tecnológicos del referido CITE, con la finalidad de incorporar catorce (14)
servicios tecnológicos de Certificación de Competencias Laborales;
Que, teniendo en cuenta que los servicios que propone brindar el CITEforestal Pucallpa no son prestados en exclusividad, corresponde aplicar lo señalado en el numeral 42.4 del artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, que dispone para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución de Titular del Pliego establecen los requisitos y costos correspondientes a ellos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal;
Que, asimismo corresponde aplicar lo indicado por el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, norma que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, que señala que el Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá la descripción clara y precisa de los servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago;
Que, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos mediante Memorando Nº 225-2018-ITP/OGRRHH, remite el Cuadro Nº 1 "Cuadro de Equivalencias" y el Cuadro Nº 2 "Cuadro de Mano de Obra por minuto de personal CAS del CITEforestal Pucallpa";
Que, en cumplimiento de sus funciones la Oficina de Administración mediante el Memorando Nº 3795-2018-ITP/OA, señala que efectuaron la contrastación de los montos consignados por el CITEforestal Pucallpa, en los Anexos 02 y 03 respecto de los costos Fungibles y no Fungibles" de los catorce (14) nuevos Servicios de Certificación de Competencias Laborales, verificando que los mismos se encuentran acorde con la base de datos existente en Abastecimiento;
Que, mediante el Informe Nº 121-2018-ITP/OPPM-04, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, emite opinión favorable para la modificación del Tarifario de Servicios Tecnológicos del CITEforestal Pucallpa, incorporando catorce (14) servicios tecnológicos de Certificación de Competencias Laborales en el tarifario del CITEforestal Pucallpa, los mismos que cumplen con la metodología de costeo establecido por la Secretaría de Gestión Pública de la PCM;
Que, mediante el Informe Nº 143-2018-ITP/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica, opina que resulta jurídicamente viable aprobar la modificación del Tarifario de Servicios del CITEforestal Pucallpa, incorporando catorce (14) servicios tecnológicos de Certificación de Competencias Laborales al encontrarse dichos servicios dentro de las funciones del ITP y por cumplirse con los supuestos establecidos en la normatividad vigente sobre la materia;
Que, en consecuencia resulta necesario aprobar la modificación del Tarifario de Servicios del CITEforestal Pucallpa, incorporando catorce (14) servicios tecnológicos de Certificación de Competencias Laborales;
Con la visación de la Secretaria General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 92, Ley del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP), la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, que modifica su denominación por la de Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, norma que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Forestal Pucallpa - CITEforestal Pucallpa", aprobado por la Resolución Ejecutiva Nº 066-2017-ITP/DE, incluyendo catorce (14)
servicios tecnológicos de Certificación de Competencias Laborales, en virtud de los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, conforme al Anexo adjunto.
Artículo 2.- Publíquese la presente Resolución y su Anexo en el Diario Oficial "El Peruano".
Artículo 3.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) www.itp. gob.pe, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PAUL FRANCOIS KRADOLFER ZAMORA
Director Ejecutivo
Resolución Ejecutiva Nº 046-2018-ITP/DE
ANEXO
MODIFICACIÓN DEL "TARIFARIO DE SERVICIOS
TECNOLÓGICOS DEL CENTRO DE INNOVACIÓN
PRODUCTIVA Y TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA
FORESTAL PUCALLPA - CITEFORESTAL
PUCALLPA", APROBADO POR LA
{N}RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 066-2017-ITP/DE
Nº DENOMINACIÓN DEL SERVICIO Requisito Unidad de Medida Valor de Venta (soles)
% UIT
SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN
DE COMPETENCIAS LABORALES
Solicitud dirigida al Director de CITE con carácter de Declaración Jurada y obligatoria según Formulario ITP-00-FR-001
001
Monitoreo de la operación de los sistemas de secado de la madera en hornos /Simulada Servicio 103.70 2.4988
002
Monitoreo de la operación de los sistemas de secado de la madera en hornos /Real Servicio 88.20 2.1255
003
Supervisión del proceso de secado de la madera / Simulada Servicio 95.20 2.2940
004
Supervisión del proceso de secado de la madera / Real Servicio 79.70 1.9205
005
Mantenimiento básico de las herramientas de corte para aserrar madera / Simulada Servicio 125.70 3.0289
006
Mantenimiento básico de las herramientas de corte para aserrar madera / Real Servicio 84.40 2.0337
007
Mantenimiento de corte para aserrar madera / Simulada Servicio 129.60 3.1229
008
Mantenimiento de corte para aserrar madera / Real Servicio 87.80 2.1157
009
Planificación del proceso de instalación de productos maderables / Simulada Servicio 81.50 1.9639
010
Planificación del proceso de instalación de productos maderables / Real Servicio 77.60 1.8699
011
Instalación de pisos y materiales maderables para superficies / Simulada Servicio 158.90 3.8289
012
Instalación de pisos y materiales maderables para superficies / Real Servicio 81.00 1.9518
013
Instalación de productos maderables complementarios / Simulada Servicio 166.10 4.0024
014
Instalación de productos maderables complementarios / Real Servicio 79.80 1.9229 (*) El pago se hará en efectivo o en cheque. (**) El valor de venta expresado en porcentaje de la UIT no incluye el Impuesto General a las Ventas (IGV).
"El redondeo de los valores de venta expresados en soles (no incluye IGV), para efecto de su facturación y cobro, se establecerá teniendo en cuenta el primer decimal siguiente a los dos decimales de cada valor. Si el primer decimal siguiente es inferior a cinco (5), el valor permanecerá igual; si es igual o superior a cinco (5), el valor será incrementado en un centésimo."
Para los servicios brindados fuera de la provincia no incluye los gastos de transporte, hospedaje y viáticos que serán calculados de acuerdo a los costos de los mismos.
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