4/11/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0125-2018-JUS Cancelan título de notario del distrito de Caravelí,

Cancelan título de notario del distrito de Caravelí, provincia de Caravelí, Distrito Notarial de Ica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0125-2018-JUS Lima, 6 de abril de 2018 VISTOS, el Informe Nº 027-2018-JUS/CN/ST, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado, el Oficio Nº 302-2018-JUS/CN, de la Presidencia del Consejo del Notariado y el Informe Nº 295-2018-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 476-2002-JUS, de fecha
Cancelan título de notario del distrito de Caravelí, provincia de Caravelí, Distrito Notarial de Ica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0125-2018-JUS
Lima, 6 de abril de 2018
VISTOS, el Informe Nº 027-2018-JUS/CN/ST, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado, el Oficio Nº 302-2018-JUS/CN, de la Presidencia del Consejo del Notariado y el Informe Nº 295-2018-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 476-2002-JUS, de fecha 16 de diciembre de 2002, se nombró como notario del distrito de Caravelí, provincia de Caravelí, Distrito Notarial de Ica, al señor abogado WILBER
ALFREDO VELARDE ROJAS;

Que, mediante carta de fecha 23 de febrero de 2013, el señor abogado WILBER ALFREDO VELARDE ROJAS
presenta ante el Colegio de Notarios de Ica, su renuncia como Notario Público del Distrito y Provincia de Caravelí;

Que, conforme a la Resolución Nº 014-2014-JD/CNI, de fecha 31 de diciembre de 2014, del Colegio de Notarios de Ica, se acepta la renuncia a la Función Notarial formulada por el señor abogado WILBER ALFREDO VELARDE ROJAS, con efectividad a partir del 31 de agosto de 2013;

Que, mediante Oficio Nº 005-2018-CNI, recibido con fecha 29 de enero de 2018, el Colegio de Notarios de Ica remitió a la Presidencia del Consejo del Notariado los documentos necesarios para realizar el trámite correspondiente al cese y cancelación de título del citado notario, entre los cuales se encuentra la carta de renuncia legalizada y las Actas de Regularización de Cierre y Recepción de los archivos notariales del Oficio Notarial;

Que, con el Oficio Nº 302-2018-JUS/CN, recibido el 22 de febrero de 2018, la Presidencia del Consejo del Notariado remitió el Informe Nº 027-2018-JUS/CN/ST, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado, en el que se da cuenta de la acotada renuncia y su aceptación por parte del Colegio de Notarios de Ica, por lo que propone la cancelación del título del mencionado notario;

Que, de acuerdo a lo establecido en el literal b) del artículo 21 del Decreto Legislativo Nº 1049, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1232, Decreto Legislativo que modifica diversos artículos y Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado; el notario cesa por causal de renuncia, por lo que habiendo operado dicha causal, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial de cancelación de título de notario;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo, que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción;

De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; el Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1232, Decreto Legislativo que modifica diversos artículos y Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Cancelar, por causal de renuncia, el título de notario del distrito de Caravelí, provincia de Caravelí, Distrito Notarial de Ica, otorgado al señor abogado WILBER ALFREDO VELARDE ROJAS, con eficacia al 31 de agosto de 2013.

Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de Ica y al interesado, para los fines que correspondan.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SALVADOR HERESI CHICOMA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos

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