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DECRETO SUPREMO N° 101-2018-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
5/15/2018
DECRETO SUPREMO N° 101-2018-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, a favor de los Pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y diversos Gobiernos Regionales DECRETO SUPREMO Nº 101-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el
DECRETO SUPREMO Nº 101-2018-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 011:
Ministerio de Salud;
Que, el literal g) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autorizó, excepcionalmente, a efectuar el nombramiento de hasta el 20% (veinte por ciento) de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud - CLAS, definidos a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1153, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado;
Que, mediante la Ley Nº 30657 se autorizó el cambio de grupo ocupacional y cambio de línea de carrera del personal de la salud del Ministerio de Salud, de sus organismos públicos, y de las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, durante el año 2017;
Que, el numeral 20.2 del artículo 20 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza al Ministerio de Salud para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 216 000 000,00 (DOSCIENTOS
DIECISEIS MILLONES Y 00/100 SOLES) con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor de sus organismos públicos y los gobiernos regionales, para el financiamiento y continuidad de las acciones de implementación en el marco del Decreto Legislativo 1153;
Que, el numeral 20.3 del artículo 20 de la Ley Nº 30693, indica que para la aplicación de lo establecido en el párrafo anterior, es requisito que las plazas se encuentren registradas en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público a cargo de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, y que cuenten con el respectivo financiamiento; asimismo, se dispone que los organismos públicos del Ministerio de Salud y los gobiernos regionales para la aplicación de lo antes señalado, quedan exonerados de lo establecido en el artículo 6 de la Ley Nº 30693;
Que, a través del Informe Nº 107-2018-OP-OGPPM/ MINSA, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud sustenta que cuenta con los recursos necesarios para efectuar una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, a favor de los pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, y veinticinco (25) Gobiernos Regionales, destinada al financiamiento durante el presente Año Fiscal, del costo diferencial de las compensaciones y entregas económicas del personal de salud nombrado en dichos pliegos durante el año 2017, a que hace referencia el literal g) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 30518, así como el cambio de grupo ocupacional y cambio de línea de carrera, autorizado mediante la Ley Nº 30657, ambas en el marco de la continuidad de las acciones de implementación del Decreto Legislativo Nº 1153, y conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 30693; en virtud de lo cual, el Ministerio de Salud con el Oficio Nº 921-2018-SG/MINSA
solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos;
Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Salud y la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Memorando Nº 368-2018-EF/53.04, remite el costo diferencial de las compensaciones y entregas económicas del personal de la salud nombrados en el año 2017 y del personal de la salud comprendido en el cambio de grupo ocupacional y cambio de línea de carrera;
Que, el numeral 20.4 del artículo 20 de la Ley Nº 30693
dispone que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional autorizadas en dicho artículo, a favor de los organismos públicos del Ministerio de Salud y los Gobiernos Regionales, se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a propuesta de este último;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MILLONES
SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS
TREINTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 154 666 938,00), para financiar el costo diferencial de las compensaciones y entregas económicas del personal de la salud nombrado en el año 2017, así como el cambio de grupo ocupacional y cambio de línea de carrera, autorizado mediante la Ley Nº 30657, en el marco de lo dispuesto en los numerales 20.2 y 20.4 del artículo 20 de la Ley Nº 30693;
De conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; y el Decreto Legislativo 1153, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO
MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL
NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 154 666 938,00), del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor de los pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y veinticinco (25)
Gobiernos Regionales, para financiar el costo diferencial de las compensaciones y entregas económicas del personal de la salud nombrado en el año 2017, así como el cambio de grupo ocupacional y cambio de línea de carrera del personal de la salud autorizado mediante la Ley Nº 30657, en el marco de la continuidad de las acciones de implementación en el marco del Decreto Legislativo 1153; conforme a lo dispuesto en la parte considerativa del presente decreto supremo, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD 5000001 : Planeamiento y Presupuesto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 154 666 938,00
--------------------- TOTAL EGRESOS 154 666 938,00
============
A LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 131 : Instituto Nacional de Salud
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 195 538,00
PLIEGO 136 : Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas -
INEN
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 1 821 444,00
SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 152 649 956,00
--------------------- TOTAL EGRESOS 154 666 938,00
============
1.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas señalada en el numeral 1.1, del presente artículo, se efectúa a nivel de pliego, de acuerdo al Anexo Nº 1: Costo diferencial de las compensaciones y entregas económicas del personal de la salud nombrado en el año 2017 y Anexo Nº 2: Costo diferencial de las compensaciones y entregas económicas del personal de la salud comprendido en el cambio de grupo ocupacional y cambio de línea de carrerea, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo y se publican en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.
Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a los que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Salud.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
DAVID ALFREDO TUESTA CÁRDENAS
Ministro de Economía y Finanzas
SILVIA ESTER PESSAH ELJAY
Ministra de Salud
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