5/27/2018

RESOLUCIÓN DE COORDINACIÓN EJECUTIVA N° 232-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERU Otorgan subvenciones a favor

Otorgan subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas con cargo al Presupuesto Institucional 2018 de INNÓVATE PERU RESOLUCIÓN DE COORDINACIÓN EJECUTIVA Nº 232-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERU Lima, 25 de mayo de 2018 VISTOS, el Informe Nº 052-2018-PRODUCE/ INNOVATEPERU-UPEG de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, y los Memorandos Nos. 066 y 067-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERU.UM de la Unidad de Monitoreo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 157-2012-EF, se aprobó
Otorgan subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas con cargo al Presupuesto Institucional 2018 de INNÓVATE PERU
RESOLUCIÓN DE COORDINACIÓN EJECUTIVA Nº 232-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERU
Lima, 25 de mayo de 2018
VISTOS, el Informe Nº 052-2018-PRODUCE/ INNOVATEPERU-UPEG de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, y los Memorandos Nos. 066 y 067-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERU.UM de la Unidad de Monitoreo; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 157-2012-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo celebrado entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de US$ 35 000
000.00, destinada a financiar parcialmente el Proyecto "Innovación para la Competitividad"; suscribiéndose el Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE.

Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2014-PRODUCE, se creó el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad en el ámbito del Ministerio de la Producción, siendo uno de los principales brazos ejecutores del Plan Nacional de Diversificación Productiva del Ministerio de la Producción.

Que, mediante Ley Nº 30230, se creó el Fondo MIPYME por un monto de hasta S/ 600 000 000.00, de los cuales S/ 100 000 000.00 son destinados a incrementar la productividad de las MIPYME, a través de instrumentos para la difusión tecnológica, innovación empresarial, mejora de la gestión, encadenamientos productivos y acceso a mercados, a través de instrumentos de servicios no financieros con entidades públicas y privadas.

Que, la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, en su Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final, autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias financieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra, con cargo a su presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario Oficial El Peruano, regulando asimismo que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad.

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 063-2018-PRODUCE, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto.

Que, la Unidad de Monitoreo con Memorandos del visto, remite la relación de los proyectos a ser financiados con recursos del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE
"Innovación para la Competitividad" y del Fondo MIPYME, indicando que se han cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios/ contratos suscritos para la ejecución de los proyectos.

Que, la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión mediante Informe del visto, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de subvenciones a personas naturales y jurídicas privadas, por el monto de UN MILLÓN CIENTO
CUARENTA MIL CINCO Y 70/100 SOLES, (S/ 1 140
005.70) correspondiendo a la fuente de financiamiento 1. Recursos Ordinarios - RO, el monto de S/ 1 035
326.58; y, a la fuente de financiamiento 4. Donaciones y Transferencias - DyT, el monto de S/ 104 679.12;
todos con la finalidad de cofinanciar los desembolsos en el marco de: a) Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE "Innovación para la Competitividad": i) 03 Proyecto de Innovación Tecnológicas de Empresas Individuales -
PITEI; ii) 02 Proyectos de Innovaciones Tecnológicas y
de Alto Impacto - ITAI; iii) 01 Proyecto de Emprendedores Innovadores - EI; iv) 01 Proyecto de Emprendimientos Dinámicos y de Alto Impacto - EDAI; v) 01 Proyecto de Apoyo de Actividades de Extensionismo Tecnológico - ET;
y, vi) 01 Proyecto Reto Perú Resiliente I+D+ i - RPR y, b)
Fondo MIPYME: 01 proyecto del Programa de Desarrollo de Proveedores, Categoría 1 - PDP C1.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; y, las Resoluciones Ministeriales Nos. 300-2014-PRODUCE;

317-2014-PRODUCE y 063-2018-PRODUCE.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgamiento de Subvención Otorgar las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, con cargo al Presupuesto Institucional 2018 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por la suma de
UN MILLÓN CIENTO CUARENTA MIL CINCO Y 70/100
SOLES, (S/ 1 140 005.70) correspondiendo a la fuente de financiamiento 1. Recursos Ordinarios - RO, el monto de S/ 1 035 326.58; y, a la fuente de financiamiento 4.

Donaciones y Transferencias - DyT, el monto de S/ 104 679.12, destinadas a cofinanciar los desembolsos a los instrumentos indicados en la parte considerativa, en el marco de Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE
"Innovación para la Competitividad" y del Fondo MIPYME.

Artículo 2.- Acciones Administrativas La Unidad de Administración y la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, deberán efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución de Coordinación Ejecutiva, así como en la Resolución Ministerial Nº 063-2018-PRODUCE.

Artículo 3.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución de Coordinación Ejecutiva se publique en el Portal Institucional del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (www.innovateperu.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALEJANDRO AFUSO HIGA
Coordinador Ejecutivo Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.