5/30/2018

RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL N° 13-2018/SUNAT/310000 Prorrogan la entrada en vigencia de la

Prorrogan la entrada en vigencia de la modificación al instructivo "Declaración Aduanera de Mercancías (DAM)", DESPA-IT .00.04 (versión 2) RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 13-2018/SUNAT/310000 Callao, 28 de mayo de 2018 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 041-2010/SUNAT/A se aprobó el instructivo "Declaración Aduanera de Mercancías (DAM)", INTA-IT.00.04 (versión 2), recodificado como DESPA-IT.00.04 con Resolución de Intendencia Nacional Nº
Prorrogan la entrada en vigencia de la modificación al instructivo "Declaración Aduanera de Mercancías (DAM)", DESPA-IT .00.04 (versión 2)
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 13-2018/SUNAT/310000
Callao, 28 de mayo de 2018
CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 041-2010/SUNAT/A se aprobó el instructivo "Declaración Aduanera de Mercancías (DAM)", INTA-IT.00.04 (versión 2), recodificado como DESPA-IT.00.04 con Resolución de Intendencia Nacional
07-2017-SUNAT/5F0000;

Que, mediante Resolución de Intendencia Nacional Nº 18-2017/SUNAT/310000 se modificó el procedimiento antes indicado, estableciendo en su artículo segundo que los informes de ensayo de determinación de humedad y calidad deben ser emitidos por un laboratorio acreditado ante el INACAL según la norma técnica NTP ISO/IEC
17025; cuya fecha de entrada en vigencia se encuentra prevista para el 31 de mayo de 2018;

Que, con el fin de asegurar que los operadores de comercio exterior se encuentren en condiciones de cumplir con lo señalado en la disposición antes referida, resulta necesario prorrogar la fecha de su entrada en vigencia;

En mérito a lo dispuesto en el inciso c) del artículo 245-D del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/ SUNAT y modificatorias; y estando a la Resolución de Superintendencia Nº 190-2017/SUNAT;

SE RESUELVE:

Artículo Único. Modificación de la Resolución de Intendencia Nacional Nº 18-2017/SUNAT/310000
Modifícase el artículo 3 de la Resolución de Intendencia Nacional Nº 18-2017/SUNAT/310000, de acuerdo al texto siguiente:
"Artículo 3. Vigencia La presente resolución entra en vigencia a los treinta días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación, con excepción de lo dispuesto en el artículo 2
que entra en vigencia el 31 de diciembre de 2018."
Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALFONSO IVAN LUYO CARBAJAL
Intendente Nacional (e)
Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas

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