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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 083-2018-INACAL/PE Aprueban el reordenamiento de cargos del
5/19/2018
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 083-2018-INACAL/PE Aprueban el reordenamiento de cargos del
Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del INACAL RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 083-2018-INACAL/PE Lima, 18 de mayo de 2018 VISTO: El Informe Nº 052-2018-INACAL/OA-RRHH del Equipo Funcional de Recursos Humanos, el Memorando Nº 275-2018-INACAL/OA de la Oficina de Administración, el Informe Nº 97-2018-INACAL/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 095-2018-INACAL/OAJ de la Oficina de Asesoría
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 083-2018-INACAL/PE
Lima, 18 de mayo de 2018
VISTO:
El Informe Nº 052-2018-INACAL/OA-RRHH del Equipo Funcional de Recursos Humanos, el Memorando Nº 275-2018-INACAL/OA de la Oficina de Administración, el Informe Nº 97-2018-INACAL/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 095-2018-INACAL/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; además, es el ente rector y máxima autoridad técnico - normativa del Sistema Nacional para la Calidad;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2015-PRODUCE, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, modificado por Decreto Supremo Nº 008-2015-PRODUCE, el cual determina las áreas programáticas de acción y regula las competencias, funciones y estructura orgánica del
INACAL;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 319-2015-PRODUCE, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Instituto Nacional de Calidad - INACAL;
Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, se formalizó la aprobación de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", modificada a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE;
Que, el numeral 5 del Anexo Nº 4 de la citada Directiva, señala que el reordenamiento de cargos es el procedimiento mediante el cual se puede realizar los siguientes ajustes: i) Cambios en los campos: "número de orden", ''cargo estructural", "código", "clasificación", "situación del cargo" y "cargo de confianza", y ii) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad, incluyendo el supuesto señalado en el numeral 1.3 del referido anexo;
Que, asimismo, se señala que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requiere de un nuevo proceso de aprobación, pudiendo aprobarse mediante resolución del titular de la entidad, previo informe de la oficina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la oficina de racionalización o quien haga sus veces;
Que, por otro lado, conforme a lo establecido en la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 101-2015-INACAL/PE, el Equipo Funcional de Recursos Humanos tiene entre sus funciones, la de controlar los puestos considerados en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), en coordinación con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;
Que, al amparo de lo señalado en los considerandos precedentes, mediante Informe Nº 052-2018-INACAL/OA-RRHH, el Equipo Funcional de Recursos Humanos, propone y sustenta el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del INACAL, respecto a los cargos de Jefe de la Oficina de Estudios Económicos, Jefe de la Oficina de Cooperación Internacional y Jefe de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, debido a que, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y nivel en la estructura del Instituto Nacional de Calidad, corresponde clasificarlos como Directivos Superiores de libre designación y remoción; precisando que dicha propuesta no trae consigo ninguna modificación o incremento de cargos o de presupuesto de la entidad;
Que, mediante Informe Nº 97-2018-INACAL/OPP
e Informe Nº 095-2018-INACAL/OAJ, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica, respectivamente, en el marco de sus competencias y funciones, emiten opinión favorable sobre la propuesta de reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del INACAL, por lo que resulta pertinente emitir el acto mediante el cual se aprueba el referido reordenamiento;
Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2015-PRODUCE y modificatoria; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, que formalizó la Aprobación de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE" y su modificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP
Provisional) del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano", y su anexo, en el Portal Institucional del INACAL (www.inacal.gob. pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROCÍO BARRIOS ALVARADO
Presidenta Ejecutiva
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