5/12/2018

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 096-2018-MINEDU Autorizan difusión en el portal institucional

Autorizan difusión en el portal institucional del proyecto de Resolución de Secretaría General que aprueba la Norma Técnica denominada "Criterios Generales de Diseño para Infraestructura Educativa", su exposición de motivos y descripción de temas RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 096-2018-MINEDU Lima, 10 de mayo de 2018 Vistos, el Expediente Nº DINOR2017-INT-0082249, el Informe Nº 001-2018-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DINOR-LEIT-JDP, Informe Nº 004-2018-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DINOR-LEIT-JDP e Informe Nº 005-2018-MINEDU/
Autorizan difusión en el portal institucional del proyecto de Resolución de Secretaría General que aprueba la Norma Técnica denominada "Criterios Generales de Diseño para Infraestructura Educativa", su exposición de motivos y descripción de temas
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 096-2018-MINEDU
Lima, 10 de mayo de 2018
Vistos, el Expediente Nº DINOR2017-INT-0082249, el Informe Nº 001-2018-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DINOR-LEIT-JDP, Informe Nº 004-2018-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DINOR-LEIT-JDP e Informe Nº 005-2018-MINEDU/ VMGI-DIGEIE-DINOR-LEIT-JDP, de la Dirección de Normatividad de Infraestructura de la Dirección General de Infraestructura Educativa, el Informe Nº 0067-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación; y el Informe Nº 371-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación establece que el Ministerio de Educación (MINEDU) es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad el definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte en concordancia con la política general de Estado;

Que, el inciso f) del artículo 13º de la mencionada Ley Nº 28044 indica que uno de los factores que interactúan para el logro de la calidad de la educación es la infraestructura, equipamiento, servicios y materiales educativos adecuados a las exigencias técnico-pedagógicas de cada lugar y a las que plantea el mundo contemporáneo, y accesibles para las personas con discapacidad;

Que, el tercer párrafo del artículo 1 de la Norma A.040:

Educación del Reglamento Nacional de Edificaciones establece que dicha norma se complementa con las que dicta el MINEDU, en concordancia con los objetivos y la Política Nacional de Educación;

Que, el literal p) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del MINEDU, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU dispone que es función de la Secretaría General del MINEDU aprobar los actos resolutivos y documentos normativos en el ámbito de su competencia, así como en aquellas materias que le hayan sido delegadas;

Que, mediante el numeral 3.5 del artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 007-2018-MINEDU se delega en el Secretario General del MINEDU, durante el Año Fiscal 2018, la facultad de emitir los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de competencia del despacho ministerial, que regulan la racionalización del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados; así como, los que regulan aspectos de infraestructura, materiales y recursos educativos, los actos de administración interna, documentos de gestión, trámites internos y otros documentos normativos de carácter interno;

Que, el literal c) del artículo 180 del ROF del MINEDU
dispone que es función de la Dirección General de Infraestructura Educativa (DIGEIE) formular, difundir y supervisar la aplicación de los documentos normativos de diseño y planeamiento arquitectónico y urbanístico para la construcción, equipamiento y mantenimiento de la infraestructura educativa, en coordinación con los órganos del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica;

Que, el artículo 184 del ROF del MINEDU dispone que la Dirección de Normatividad de Infraestructura (DINOR) de la DIGEIE es el órgano responsable de proponer, formular, difundir y supervisar la aplicación de documentos normativos y criterios técnicos de diseño y planeamiento arquitectónico y urbanístico, procedimientos para la construcción, mantenimiento y equipamiento de infraestructura educativa en todos los niveles y modalidades de la educación, con excepción de la educación superior universitaria, en concordancia con los estándares técnicos internacionales, y la normativa arquitectónica y urbanística vigente;

Que, el literal n) del numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 027-2017-EF , señala que es función de las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) revisar periódicamente las normas técnicas sectoriales y proponer su actualización, en coordinación con las Unidades Formuladoras y Unidades Ejecutoras de Inversiones;

Que, el numeral 5.3 de la Directiva Nº 023-2013-MINEDU/SG-OAJ, denominada Elaboración, aprobación y tramitación de dispositivos normativos y actos resolutivos en el Ministerio de Educación, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 0520-2013-ED, en adelante la Directiva, establece que las Normas Técnicas se definen como el Documento Normativo que describe de manera detallada la ejecución de un proceso, actividad u otras disposiciones de similar naturaleza, que permitan cumplir un fin específico, en el marco de los objetivos del Sector Educación. Pueden ser de naturaleza permanente o temporal y son de cumplimiento obligatorio para quienes así se establezca expresamente;

Que, el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, señala que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial "El Peruano", en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, siendo que dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 2 del mencionado artículo 14 del Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, la publicación de los proyectos de normas de carácter general deben incluir: i) Referencia a la entidad pública bajo la cual se propone el proyecto de norma; ii) El documento que contiene el proyecto de norma y la exposición de motivos, así como una descripción de los temas que involucra; iii) Plazo para la recepción de los comentarios;
iv) Persona dentro de la entidad pública encargada de recibir los comentarios;

Que, mediante el Oficio Nº 127-2018-MINEDU/VMGI-DIGEIE y Oficio Nº 963-2018-MINEDU/VMGI-DIGEIE la DIGEIE traslada al Viceministerio de Gestión Institucional del MINEDU el Informe Nº 001-2018-MINEDU/ VMGI-DIGEIE-DINOR-LEIT-JDP y el Informe Nº 005-2018-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DINOR-LEIT-JDP, respectivamente, emitidos por la DINOR, a través de los cuales dicha Dirección sustenta el proyecto de norma técnica denominado "Criterios Generales de Diseño para Infraestructura Educativa", la cual plantea como objetivo uniformizar conceptos y establecer principios y criterios de análisis, diagnóstico e identificación para todo el proceso de diseño de la infraestructura educativa, ello con la finalidad de contribuir a la mejora de la calidad del servicio educativo a través de una infraestructura que responda a
los requerimientos pedagógicos vigentes, asegurando las condiciones de funcionalidad, habitabilidad y seguridad que repercuta positivamente en los logros de aprendizaje.

Asimismo, la DINOR sustenta y solicita que se autorice mediante Resolución de Secretaría General la publicación del mencionado proyecto normativo durante el plazo de quince (15) días hábiles en el Portal Electrónico Institucional del MINEDU (www.minedu.gob.pe), cumpliendo para dicho fin con los requisitos establecidos en el artículo 14 del Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;

Que, mediante el Informe Nº 004-2018-MINEDU/ VMGI-DIGEIE-DINOR-LEIT-JDP, emitido por la DINOR, suscriben de manera conjunta su conformidad respecto al proyecto normativo indicado las siguientes unidades orgánicas del MINEDU: El Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED), la Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR), la Dirección de Educación Básica Especial (DEBE) y la Dirección de Gestión de Instituciones de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística (DIGEST), ello conforme a lo requerido en el literal a) del numeral 6.4.1 de la Directiva Nº 023-2013-MINEDU/SG-OAJ
aprobada por la Resolución Ministerial Nº 0520-2013-ED;
asimismo, a través del Informe Nº 0067-2018-MINEDU/ SPE-OPEP-UPI la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación emite su opinión favorable respecto al mencionado proyecto normativo, en concordancia con lo dispuesto en el literal n) del numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 027-2017-EF;

Con el visado del Viceministro de Gestión Institucional, del Director General de la Dirección General de Infraestructura Educativa, del Director de Normatividad de Infraestructura, del Responsable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, del Director Ejecutivo del Programa Nacional de Infraestructura Educativa, del Director General de la Dirección General de Educación Básica Regular, del Director de la Dirección de Educación Básica Especial, del Director de la Dirección de Gestión de Instituciones de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística; y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 027-2017-EF; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; la Resolución Ministerial Nº 007-2018-MINEDU; y la Directiva Nº 023-2013-MINEDU/SG-OGA denominada Elaboración, aprobación y tramitación de dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación, aprobada mediante la Resolución Ministerial Nº 0520-2013-ED;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la difusión del proyecto de Resolución de Secretaría General que aprueba la Norma Técnica denominada "Criterios Generales de Diseño para Infraestructura Educativa", su Exposición de Motivos y la descripción de los temas que involucra dicho proyecto normativo, que como Anexo I forman parte de la presente Resolución, a través de su publicación en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), a efectos de recibir los comentarios que las personas o entidades interesadas formulen.

Artículo 2.- Disponer que la publicación de los documentos señalados en el artículo 1 de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Educación se realice por un plazo de quince (15)
días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Artículo 3.- Los comentarios al mencionado proyecto normativo mencionado deberán ser incorporados en el Anexo II de la presente Resolución y enviados a la sede de la Dirección General de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación, ubicada en el Jirón Carabaya Nº 650, Cercado de Lima, Lima, o en su defecto, podrán ser remitidos a la dirección electrónica: nt_infraestructura@
minedu.gob.pe. Asimismo, se designa dentro de la entidad a la señora YVETTE CHRISTINA FIGUERES LARA y al señor JOSE RAFAEL ZAMORA AYLLON, como personal encargado de recibir los mencionados comentarios.

Artículo 4.- Encargar a la Dirección General de Infraestructura Educativa el seguimiento y la supervisión de las actividades relacionadas al proceso de difusión del mencionado proyecto normativo hasta finalizar el mismo.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus anexos en el Sistema de Información Jurídica de Educación-SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JESSICA REATEGUI VELIZ
Secretaría General

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