5/26/2018

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 113-2018/SIS Aprueban el pago de prestaciones económicas de sepelio a nivel

Aprueban el pago de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional, correspondiente al mes de mayo del 2018 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 113-2018/SIS Lima, 25 de mayo de 2018 VISTOS: el Memorando Nº 750-2018-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; y, el Informe Nº 022-2018-SIS/ GNF-SGF/MLR con Proveído Nº 288-2018-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; y, CONSIDERANDO: Que, en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley
Aprueban el pago de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional, correspondiente al mes de mayo del 2018
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 113-2018/SIS
Lima, 25 de mayo de 2018
VISTOS: el Memorando Nº 750-2018-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; y, el Informe Nº 022-2018-SIS/ GNF-SGF/MLR con Proveído Nº 288-2018-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; y,
CONSIDERANDO:

Que, en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, se establecen los principios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú;

Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1163, que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento de Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectúe el SIS
requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años renovables;

Que, mediante "Convenio de Prestación de Servicios celebrado entre el Seguro Integral de Salud y el Banco de la Nación", suscrito con fecha 30 de diciembre de 2009, el mismo que se encuentra vigente por la renovación automática del plazo por periodos anuales, acordaron que el Banco de la Nación, a través de toda su red de oficinas a nivel nacional, brinde el servicio integral de pago de subsidio por gasto de sepelio que otorga el SIS al fallecimiento de un asegurado;

Que, el Decreto Supremo Nº 007-2012-SA, que autoriza al SIS la sustitución del Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias (LPIS) por el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), precisa en su artículo 2 que los Planes Complementarios al PEAS que ofrece el SIS incluyen la Prestación Económica de Sepelio a nivel nacional;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 090-2016/ SIS, se aprueba la Directiva Administrativa Nº 001-2016-SIS/GNF-V.01 "Directiva Administrativa para el Reconocimiento de la Prestación Económica de Sepelio para los Asegurados a los Regímenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud", modificada con Resolución Jefatural Nº 133-2017/SIS, que establece las disposiciones para el reconocimiento pago y atención de la prestación económica de sepelio de los asegurados a los regímenes de financiamiento subsidiado y semicontributivo a cargo del SIS;

Que, mediante el numeral 6.2.1 de la citada Directiva, se establece el procedimiento para la programación de pagos de las Prestaciones Económicas de Sepelio aprobadas por las UDRs;

Que, de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 6.2.1.2 de la misma Directiva, mediante Memorando Nº 750-2018-SIS/OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional aprueba las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 766 y Nº 767 para el pago de las prestaciones económicas de sepelio provenientes de la aprobación remitida por las Unidades Desconcentradas Regionales a nivel nacional al 15 de marzo de 2018, con cargo a la Fuente de Financiamiento Financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados, respectivamente;

Que, asimismo, de conformidad con el numeral 6.2.1.3 de la Directiva, mediante Informe Nº 022-2018-SIS/GNF-SGF/MLR, la Gerencia de Negocios y Financiamiento -GNF, señala que para la determinación del pago de las prestaciones económicas de sepelio, aprobadas por las Unidades Desconcentradas Regionales a nivel nacional al 15 de marzo de 2018, se ha identificado un total de tres mil ciento treinta y ocho (3138) solicitudes que deben ser financiadas, por el importe equivalente a S/ 3´081,721.00 (Tres millones ochenta y un mil setecientos veintiuno y 00/100 soles), correspondientes a las solicitudes de prestaciones económicas de sepelio aprobadas por las Unidades Desconcentradas Regionales en el periodo antes mencionado; precisándose el monto de S/ 3´055,721.00 (Tres millones cincuenta y cinco mil setecientos veintiuno y 00/100 soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, y el monto de S/ 26,000.00 (Veintiséis mil con 00/100 soles)
con cargo a la Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados;

Que, el citado numeral de la Directiva, señala que la GNF proyecta la Resolución Jefatural, siendo que de conformidad con el numeral 11.8 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA y modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA, es función de la Jefa del SIS, entre otras, expedir resoluciones dentro del ámbito de su competencia;

Con el visto de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA, y en la Directiva Administrativa Nº 001-2016-SIS/GNF-V.01, aprobada por Resolución Jefatural Nº 090-2016/SIS, modificada por Resolución Jefatural Nº 133-2017/SIS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el pago de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional por la suma total de TRES MILLONES CINCUENTA y CINCO MIL
SETECIENTOS VEINTIUNO y 00/100 SOLES (S/ 3´055,721.00), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, y la suma total de VEINTISéIS
MIL y 00/100 SOLES (S/ 26,000.00), con cargo a la Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados, correspondiente a las solicitudes de prestaciones económicas de sepelio aprobadas por las Unidades Desconcentradas Regionales a nivel nacional en el calendario de mayo 2018.

Artículo 2.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano y, en coordinación con la Oficina General de Tecnología de la Información, en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE
Jefa del Seguro Integral de Salud

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