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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 155-2018-MEM/DM Autorizan transferencia financiera a favor del Gobierno
5/04/2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 155-2018-MEM/DM Autorizan transferencia financiera a favor del Gobierno
Autorizan transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de Loreto RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 155-2018-MEM/DM Lima, 30 de abril de 2018 VISTOS: El Informe Nº 024-2018-MEM-OGP/DIR, del 19 de abril de 2018, de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 386-2018-MEM/OGJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante el literal a) de la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 155-2018-MEM/DM
Lima, 30 de abril de 2018
VISTOS: El Informe Nº 024-2018-MEM-OGP/DIR, del 19 de abril de 2018, de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 386-2018-MEM/OGJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el literal a) de la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas a efectuar transferencias financieras a favor de los
Gobiernos Regionales, cuyos recursos son destinados a financiar exclusivamente, a las Direcciones o Gerencias Regionales de Energía y Minas de dichos Gobiernos Regionales para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, así como para la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización, en el marco del proceso de descentralización, hasta por el monto de S/ 5
000 000,00 (Cinco millones y 00/100 Soles);
Que, la referida disposición señala que las transferencias financieras se financian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 Ministerio de Energía y Minas - Central; y, se autorizan mediante Resolución del Titular del Pliego, la que se publica en el diario oficial El Peruano, previa suscripción de convenios celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales;
Que, asimismo, se establece la obligación del Gobierno Regional, que recibe la referida transferencia de recursos, de informar al Ministerio de Energía y Minas sobre los avances físicos y financieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y/o a las disposiciones contenidas en el convenio y/o adenda correspondiente; quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales son transferidos;
Que, de acuerdo a lo establecido en la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, con fecha 14 de marzo de 2018 el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Loreto suscribieron el Convenio de Cooperación y Gestión entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Loreto-2018, el cual tiene por objeto fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económica y técnicamente a la Gerencia Regional de Energía y Minas o del órgano encargado de realizar las competencias y atribuciones en asuntos minero-energéticos del Gobierno Regional de Loreto, a fin que cuenten con las competencias y recursos humanos necesarios que le permitan ejercer las funciones que han sido y serán materia de transferencia, así como realizar el seguimiento del ejercicio de dichas funciones;
Que, mediante el referido Convenio de Cooperación y Gestión, el Ministerio de Energía y Minas se compromete a transferir recursos presupuestales al citado Gobierno Regional por el monto de S/ 120
000,00 (Ciento veinte mil y 00/100 soles), en el primer semestre del año 2018, para la contratación de personal profesional y especializado para que desarrolle competencias minero-energéticas y para la adquisición de equipos y bienes destinados al uso de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Loreto, conforme a lo señalado en el numeral 5.1 de la cláusula quinta del referido Convenio;
Que, mediante la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 2018-00887-001, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto informó sobre la existencia de recursos presupuestales por el monto señalado en el considerando que antecede, para los fines indicados en el convenio suscrito con el Gobierno Regional de Loreto;
Que, en ese sentido, en aplicación de lo establecido en la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, resulta necesario autorizar la transferencia financiera de recursos presupuestales del pliego Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional de Loreto;
Con el visto bueno de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General Administración; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas;
De conformidad con lo dispuesto en la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; en la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; y, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por Decreto Supremo Nº 126-2017-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización de la transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados del pliego Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional de Loreto.
Autorizar la transferencia financiera de recursos provenientes de la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados del pliego Ministerio de Energía y Minas, por el monto ascendente a S/ 120
000,00 (Ciento veinte mil y 00/100 soles), a favor del Gobierno Regional de Loreto, para ser destinados exclusivamente al fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, así como para la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización, de acuerdo al siguiente detalle:
Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes:
2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional S/ 120 000.00
Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1 de la presente Resolución se efectuará según el siguiente detalle:
AL: (En Soles)
Pliego 453 :
Unidad Ejecutora :
Unidad Ejecutora SIAF :
Cuenta :
RUC :
Gobierno Regional de Loreto 120 000,00
Nº 001 Sede Central
Nº 0861
Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
Nº 20493196902
Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Loreto correspondiente al año 2018.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FRANCISCO ISMODES MEZZANO
Ministro de Energía y Minas
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