5/21/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 458-2018/MINSA Crean la Unidad Funcional del Centro de Operaciones de

Crean la Unidad Funcional del Centro de Operaciones de Emergencia Salud (COE Salud) y aprueban sus funciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 458-2018/MINSA Lima, 18 de mayo del 2018 Visto, el Expediente Nº 18-040563-001 que contiene el Informe Nº 010-2018-COE-DIGERD/MINSA y el Informe Técnico Nº 07-2018-JCH-AL-DG-DIGERD/ MINSA de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud; y el Informe Nº 109-2018-OOM-OGPPM/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y
Crean la Unidad Funcional del Centro de Operaciones de Emergencia Salud (COE Salud) y aprueban sus funciones
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 458-2018/MINSA
Lima, 18 de mayo del 2018
Visto, el Expediente Nº 18-040563-001 que contiene el Informe Nº 010-2018-COE-DIGERD/MINSA y el Informe Técnico Nº 07-2018-JCH-AL-DG-DIGERD/ MINSA de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud; y el Informe Nº 109-2018-OOM-OGPPM/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud establece que la protección de la salud es de interés público, por lo tanto es responsabilidad del Estado regularla vigilarla y promoverla;

Que, el artículo 123 de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, dispone que la Autoridad de Salud de nivel nacional actúa como la máxima autoridad normativa en materia de salud;

Que, mediante Ley Nº 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), bajo la rectoría de la Presidencia del Consejo de Ministros, como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y la preparación y atención ante situaciones de desastre, mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 059-2015/ PCM, se aprueban los "Lineamientos para la Organización y Funcionamiento de los Centro de Operaciones de Emergencia - COE", cuyo objetivo es establecer la organización, estándares y requisitos mínimos para el funcionamiento articulado de los COE en los tres niveles de gobierno;

Que, de conformidad con el artículo 91 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modificatorias, la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, encargado del planeamiento estratégico para desarrollar en el sector salud los componentes proceso y subprocesos de la Política Nacional de la Gestión del Riesgo de Desastres. Coordina con los órganos competentes del Ministerio de Salud, la atención de emergencias sanitarias que correspondan; así como la prevención y control de riesgo de desastres;

Que, mediante Informe Nº 010-2018-COE-DIGERD/ MINSA e Informe Técnico Nº 07-2018-JCH-AL-DG-DIGERD/MINSA, la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional señala que al haber entrado en vigencia la Ley Nº 29664, corresponde crear la Unidad Funcional Centro de Operaciones de Emergencia Salud COE SALUD, adecuándose a las disposiciones de la Resolución Ministerial Nº059-2015-PCM, que aprueba los "Lineamientos para la organización y funcionamiento de los centros de operaciones de emergencia;

Que, mediante Informe Nº 109-2018-OOM-OGPPM/ MINSA, la Oficina General de Planeamiento Presupuesto y Modernización señala que el Ministerio de Salud puede organizarse funcionalmente, sobre la base de su estructura orgánica del Reglamento de Organización y Funciones, siempre y cuando ello no conlleve la creación de órganos o unidades que puedan incurrir en duplicidades o superposiciones o que signifiquen el incremento de mayores recursos presupuestales, afectando o poniendo en riesgo la prestación de los servicios a sus cargo, por lo que considera viable la creación de la Unidad Funcional Centro de Operaciones de Emergencia Salud COE SALUD, dependiente de la Dirección de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud;

Que, en tal contexto, resulta necesario promulgar la creación de la Unidad del Centro de Operaciones de Emergencia (COE Salud) acorde al Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, conforme a las funciones establecidas para la Dirección de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud;

Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, del Director de la Oficina General de Planeamiento Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina General Asesoría Jurídica, del Secretario General, y de la Viceministra de Salud Pública;

De conformidad con lo dispuesto en Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Crear en la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, la Unidad Funcional del Centro de Operaciones de Emergencia Salud (COE Salud).

Artículo 2.- La Unidad del Centro de Operaciones de Emergencia (COE Salud) tiene las siguientes funciones generales:
a) Monitorear de manera permanente las 24 horas en los 365 días del año, los peligros, emergencias o desastres que puedan producir daños a la salud a nivel nacional.
b) Facilitar la gestión e intercambio de la información que permita la interacción de los esfuerzos técnicos-políticos multisectoriales e interinstitucionales, para la coordinación y operación conjunta de los actores que participan, a fin de contribuir a la oportuna toma de decisiones del Grupo de Trabajo de Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Salud, cuya máxima autoridad es el/la Ministro/a de Salud.
c) Realizar el monitoreo, seguimiento, procesamiento, consolidación y análisis de la información a través de documentos técnicos sobre peligros, emergencias o desastres a nivel nacional que puedan afectar a la salud de las personas, a sedes administrativas y establecimientos de salud; además de suministrar información a las autoridades competentes.
d) Proporcionar información relacionada con los estudios realizados por las instituciones técnico científicas y con las actividades correspondientes al Ministerio de Salud, así como información histórica y especializada a solicitud del Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COE Nacional) o de los Centro de Operaciones de Emergencia Sectoriales (COE Sectorial).

Artículo 3.- El funcionamiento de la Unidad Funcional Centro de Operaciones de Emergencia Salud (COE
Salud) de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud tiene como fuente de financiamiento el programa presupuestal 068.

Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial y su anexo en el portal institucional del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SILVIA ESTER PESSAH ELJAY
Ministra de Salud

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