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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0221-2018-JUS Crean la Comisión de Seguimiento de la Ejecución de las
5/21/2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0221-2018-JUS Crean la Comisión de Seguimiento de la Ejecución de las
Crean la Comisión de Seguimiento de la Ejecución de las Inversiones de los Pliegos Presupuestarios del Sector Justicia y Derechos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0221-2018-JUS Lima, 18 de mayo de 2018 VISTOS, el Oficio Nº 1145-2018-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 24-2018-JUS/OGPM-OPMI, de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones; y el Informe Nº 455-2018-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0221-2018-JUS
Lima, 18 de mayo de 2018
VISTOS, el Oficio Nº 1145-2018-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 24-2018-JUS/OGPM-OPMI, de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones;
y el Informe Nº 455-2018-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 2 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado aprobar la propuesta de presupuesto de las entidades de su sector y supervisar su ejecución;
Que, el artículo 35 de la Ley Nº 29158, prescribe que las comisiones son órganos que se crean para cumplir las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes, destinadas a servir de base para las decisiones de otras entidades, sin que sus conclusiones tengan efectos jurídicos frente a terceros. Dichos órganos están adscritos a una entidad pública, por lo que carecen de personería jurídica y administración propia. Asimismo, el numeral 1 del artículo 36 de la citada Ley establece que las comisiones sectoriales son de naturaleza temporal y se crean mediante resolución ministerial del titular del pliego a cuyo ámbito de competencia corresponden;
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1252, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país, derogando la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública;
Que, el numeral h) del artículo 32 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, establece que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones realiza el seguimiento de las metas de producto e indicadores de resultados previstos en el Programa Multianual de Inversiones, realizando reportes semestrales y anuales, los cuales deben publicarse en el portal institucional del Ministerio y organismos adscritos a cargo del Sector;
Que, para tal efecto, mediante Informe Nº 24-2018-JUS/OGPM-OPMI, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones señaló que con la derogatoria de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, resulta conveniente la adecuación del actual Comité de seguimiento de Proyectos de Inversión Pública del Sector Justicia y Derechos Humanos al marco normativo del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones;
Que, con Oficio Nº 1145-2018-JUS/OGPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe Nº 24-2018-JUS/OGPM-OPMI emitido por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, proponiendo la conformación y funciones de la Comisión de Seguimiento de la Ejecución de las Inversiones de los Pliegos Presupuestarios del Sector Justicia y Derechos Humanos;
Con el visado de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2017-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0054-2013-JUS, de fecha 06 de marzo de 2013, que conformó el Comité de Seguimiento de Proyectos de Inversión Pública del Sector Justicia y Derechos Humanos.
Artículo 2.- Crear la Comisión de Seguimiento de la Ejecución de las Inversiones de los Pliegos Presupuestarios del Sector Justicia y Derechos Humanos, de naturaleza temporal, con el objeto de propiciar el cumplimiento eficiente de la ejecución de las inversiones en los Pliegos Presupuestarios del Sector Justicia y Derechos Humanos.
Artículo 3.- Conformación 3.1 La Comisión estará conformada de la siguiente manera:
- El (la) Secretario (a) General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, quien lo presidirá.
- El (la) Jefe (a) de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - El (la) Responsable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector Justicia y Derechos Humanos, que actuará como Secretario (a)
Técnico (a).
- Los (las) Jefes (as) de las Oficinas de Planificación y Presupuesto, o quienes hagan sus veces, de los Pliegos Presupuestales INPE y SUNARP.
3.2 La Comisión podrá convocar, a fin de informar, a los (las) responsables de las Unidades Ejecutoras del Sector Justicia y Derechos Humanos.
3.3 Los miembros que conforman la Comisión ejercen sus funciones ad honorem.
Artículo 4.- Funciones La referida Comisión tiene como funciones las siguientes:
- Efectuar el seguimiento de la ejecución de las inversiones del presupuesto de los Pliegos del Sector Justicia y Derechos Humanos.
- Efectuar el seguimiento de los avances de ejecución física y financiera de los proyectos de inversión y de otras inversiones previstas en el Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Sector, emitiendo recomendaciones y propuestas de medidas correctivas para los pliegos presupuestarios, de ser el caso.
- Efectuar el seguimiento de los avances en la elaboración y aprobación de las fichas técnicas y los estudios de preinversión para los proyectos de inversión a cargo de las Unidades Formuladoras del Sector.
- Efectuar informes de seguimiento de inversiones de los Pliegos del Sector, con periodicidad mensual, los cuales son remitidos a los Titulares de los pliegos del sector y a los Secretarios Generales.
- Las sesiones se realizarán como mínimo una vez al mes.
Artículo 5.- Plazo de Instalación de la Comisión La Comisión debe instalarse en un plazo no mayor a siete (07) días hábiles posteriores a la aprobación de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 6.- Plan de Trabajo La Comisión aprueba su Plan de Trabajo para el año 2018 dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la aprobación de la presente Resolución. Para el año siguiente aprobará su Plan de Trabajo anual dentro de los primeros quince (15) días hábiles del mes de enero del año fiscal.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SALVADOR HERESI CHICOMA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
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