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RESOLUCIÓN SBS N° 1883-2018 Autorizan organización de empresa de arrendamiento financiero bajo la
5/21/2018
RESOLUCIÓN SBS N° 1883-2018 Autorizan organización de empresa de arrendamiento financiero bajo la
Autorizan organización de empresa de arrendamiento financiero bajo la denominación social de "VFS Perú S.A." RESOLUCIÓN SBS Nº 1883-2018 Lima, 9 de mayo de 2018 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por Volvo Financial Services Aktiebolag y V olvo Perú S.A., en su calidad de organizadores responsables, a través de los representantes Lee Brodeur y Ake Horberg, respectivamente para que se autorice la organización de una empresa
RESOLUCIÓN SBS Nº 1883-2018
Lima, 9 de mayo de 2018
LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE
PENSIONES
VISTA:
La solicitud presentada por Volvo Financial Services Aktiebolag y V olvo Perú S.A., en su calidad de organizadores responsables, a través de los representantes Lee Brodeur y Ake Horberg, respectivamente para que se autorice la organización de una empresa de arrendamiento financiero bajo la denominación social de "VFS PERU S.A", y;
CONSIDERANDO:
Que, Volvo Financial Services Aktiebolag accionista y organizador responsable, mediante el acuerdo denominado "Decisión de la Sociedad" (en adelante "el acuerdo"), suscrito el 18 de abril de 2017, decidió constituir una sociedad anónima en la República del Perú, con el objeto de operar de forma exclusiva como una Sociedad de Arrendamiento Financiero;
Que, en el mismo acuerdo se designó al señor Lee Brodeur, de nacionalidad estadounidense e identificado con Pasaporte de los Estados Unidos Nº 493620082, como representante de Volvo Financial Services Aktiebolag para efectos de la constitución de la mencionada sociedad de arrendamiento financiero y de los trámites administrativo correspondientes;
Que el proyecto de estatuto social de la empresa por constituirse ha sido redactado de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia;
Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas de Asesoría Jurídica de Estudios Económicos, de Riesgos y de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera;
Contando con la opinión favorable del Banco Central de Reserva del Perú;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 21º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, aprobada por Ley Nº 26702 y modificaciones (en adelante, Ley General); el Reglamento para Constitución, Reorganización y Establecimiento de Empresas y Representantes de los Sistemas Financieros y de Seguros, aprobado por Resolución SBS Nº10440-2008 (en adelante, el Reglamento); el Procedimiento Nº 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia aprobado mediante Resolución SBS Nº131-2002; y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349º de la referida Ley General;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la organización de una empresa de arrendamiento financiero bajo la denominación social de "VFS Perú S.A.", para lo cual se aprueba el proyecto de minuta presentado para tal efecto por los organizadores responsables, que se devuelve debidamente autenticado con el sello oficial de esta Superintendencia para su elevación a escritura púbica, debiendo insertarse el Certificado de Autorización al que se refiere el tercer artículo de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Para la autorización de funcionamiento de la empresa de arrendamiento financiero "VFS Perú S.A." en organización, se deberá cumplir dentro del plazo de ley, con las exigencias establecidas en el artículo 13º del Reglamento para el funcionamiento de la sociedad y otros requerimientos establecidos por esta Superintendencia, los cuales deberán ser comunicados por escrito, en una sola oportunidad, para efectos de las comprobaciones correspondientes.
Artículo Tercero.- Disponer que por Secretaría General se otorgue el correspondiente Certificado de Autorización de Organización, el que deberá ser publicado en el Diario Oficial El Peruano de acuerdo a ley.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SOCORRO HEYSEN ZEGARRA
Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
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